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ACTIVIDAD Nº 1Normatividad para el control de higiene en plantas y establecimientos de alimento


Enviado por   •  11 de Octubre de 2011  •  835 Palabras (4 Páginas)  •  1.420 Visitas

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ACTIVIDAD Nº 1

1. Normatividad para el control de higiene en plantas y establecimientos de alimentos.

 Mantener una buena higiene y limpieza corporal general

 Usar vestimenta de trabajo que cumpla los siguientes requisitos: De color claro, con cierres o cremalleras y/o broches en lugar de botones u otros accesorios, sin bolsillos ubicados por encima de la cintura; cuando se utiliza delantal, este debe permanecer atado al cuerpo en forma segura para evitar la contaminación del alimento y accidentes de trabajo.

 Usar calzado cerrado, de material resistente e impermeable y de tacón bajo

 Si se usan guantes, estos deben mantenerse limpios, sin roturas o desperfectos y ser tratados en el mismo cuidado higiénico de las manos sin protección. El material de los guantes, debe ser apropiado para la operación realizada.

 No utilizar anillos, aretes, joyas u otros accesorios mientras el personal realice sus labores. En caso de usar lentes, deben asegurarse a la cabeza mediante bandas, cadenas u otros medios ajustables

 Limpieza y cuidado de manos: Debe lavárse con abundante agua tibia y jabón (preferentemente líquido) y secar con toalla de un solo uso, caso contrario la misma deberá estar siempre en perfecto estado de limpieza.

 Las uñas deben estar siempre cortas y limpias para ello utilizar cepillo adecuado y jabón.

 Recogerse el cabello mediante malla, gorro u otro modo.

 No se debe fumar, comer, probar los alimentos con el dedo y/o masticar chicle, durante la preparación de los alimentos.

 Usar tapabocas preferiblemente.

 No estornudar ni toser sobre los alimentos ni en las manos, para ello cubrirse la boca con pañuelo.

 El manipulador de alimentos no debe tener ninguna enfermedad infectocontagiosa o de la piel.

2. Definición de alimento

Es todo aquel producto o sustancia que es ingerida por los seres vivos para su subsistencia, esta aporta los nutrientes necesarios para el desarrollo de los procesos biológicos en los organismos.

3. Clasificación de los alimentos según el Decreto 3075/97.

Alimento adulterado: El alimento adulterado es aquel que

 Que le han sustituido parte sus elementos constituyentes, reemplazándolos o no por otras sustancias.

 Que haya sido adicionado sustancias no autorizadas.

 Que ha sido sometido a tratamientos que disimulen u oculten sus condiciones originales.

 Que por deficiencias en su calidad normal hayan sido disimuladas u ocultadas en forma fraudulenta sus condiciones originales.

Alimento alterado: Alimento que sufre modificación o degradación, parcial o total, de sus constituyentes, por agentes físicos, químicos o biológicos.

Alimento contaminado: Alimento que contiene agentes y/o sustancias extrañas que en cantidades superiores a las permitidas a las normas, o en su defecto en normas reconocidas internacionalmente.

Alimento

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