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CONTRATOS Y GARANTIAS


Enviado por   •  22 de Abril de 2012  •  9.735 Palabras (39 Páginas)  •  1.428 Visitas

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REGULACION JURIDICA DE LAS RELACIONES PRIVADAS

CONTRATOS Y GARANTIAS

1.1.2 Conceptos y Elementos:

La palabra garantía proviene del latín garante; entre sus acepciones se encuentran “efecto de afianzar lo estipulado” y “cosa que asegura o protege contra algún riesgo o necesidad”.99 En realidad, las nociones de afianzamiento, aseguramiento y protección son indisociables del concepto de garantías individuales.

En efecto, puede decirse que las garantías individuales son “derechos públicos subjetivos consignados a favor de todo habitante de la República que dan a sus titulares la potestad de exigirlos jurídicamente a través de la verdadera garantía de los derechos públicos fundamentales del hombre que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna, esto es, la acción constitución de amparo.”

Al demandar del Estado y sus autoridades el respeto a los derechos del hombre que garantiza la Constitución, el gobernado ejerce un derecho subjetivo público; se trata de un derecho subjetivo porque es una facultad que se desprende de una norma, y es público porque se intenta contra sujetos pasivos públicos, es decir, ei Estado y sus autoridades. En este sentido, como las garantías individuales son limitaciones al poder público, su violación no puede al menos en México reclamarse en contra de particulares; la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia indicó, sobre el particular, siguiente: “La Suprema Corte ha establecido en diversas ejecutorias, la tesis de que las garantías constitucionales por su naturaleza jurídica, son, en la generalidad de los casos, limitaciones al poder público, y no limitaciones a los particulares, por lo cual éstos no pueden violar esas garantías, ya que los hechos que ejecuten y que tiendan a privar de la vida, la libertad.., encuentran su sanción en las disposiciones del derecho común; razón por la cual la sentencia que dicte condenando a un individuo por el delito de violación de garantías individuales no está arreglada a derecho y viola, en su perjuicio, las de los artículos 14 y 16 de la Constitución General”.” No obstante este criterio, es de notar que el artículo 364 del Código Penal Federal dispone que se impondrá de seis meses a tres años de prisión y de veinticinco a cien días multa,quien de alguna manera viole, con perjuicio de otro, los derechos y garantías establecidos por la Constitución Política en favor de las personas.

Sobre el mismo terna, Luis Bazdresch considera que “… las garantías son realmente una creación de la Constitución, en tanto que los derechos protegidos por esas garantías son los derechos del hombre, que no provienen de ley alguna, sino directamente de la calidad y de los atributos naturales del ser humano; esto es, hay que distinguir entre derechos humanos, que en términos generales son facultades de actuar o disfrutar, y garantías, que son los compromisos del Estado de respetar la existencia y el ejercicio de esos derechos.”

Diversos conceptos de Ganrantias

Guillermo Cabanellas de Torres estima que son un “Conjunto de declaraciones, medios y recursos con los que los textos constitucionales aseguran a todos los individuos o ciudadanos el disfrute y ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales que se les reconocen.”06

A su vez, José Padilla afirma que “Constituyen el derecho sustantivo, el derecho a proteger por el Juicio de Amparo cuando los órganos de gobierno, llamados autoridades, violan esas garantías o derechos.”

Enrique Sánchez Bringas considera que por”… garantías individuales.., en general, nos referimos a las prerrogativas alcanzadas por los hombres frente al poder público personificado en la autoridad. Son los derechos que los gobernados pueden oponer a los gobernantes con el fin de que se conduzcan de la manera dispuesta por aquellas normas del orden jurídico del Estado que protejan la vida, la integridad, la libertad, la igualdad, la seguridad jurídica y la propiedad de las personas.”

La profesora Martha Elba Izquierdo Muciño afirma que”… las garantías individuales son derechos inherentes a la persona humana en virtud de su propia naturaleza y de las cosas que el Estado reconoce, respeta y protege mediante un orden jurídico y social que permite el libre desenvolvimiento de las personas de acuerdo con su vocación.”

Por último, Felipe Tena Ramírez destaca que la parte dogmática de la Constitución “… erige como limitaciones a la autoridad ciertos (…) derechos públicos de la persona1 llamados entre nosotros garantías individuales.”

Lo anterior permite concluir que, en efecto, las garantías individuales suponen una relación jurídica de supra a subordinación que se produce entre los gobernados y las autoridades estatales. Los primeros son los sujetos activos de la relación, en tanto que los segundos participan en ella como sujetos pasivos. Los sujetos activos son los individuos, es decir, las personas físicas o morales, con independencia de sus atributos jurídicos —tales como la capacidad— o políticos —por ejemplo, no importa que no sean ciudadanos—. Por su parte, los sujetos pasivos son el Estado y sus autoridades, así como los organismos descentralizados, al realizar actos de autoridad frente a particulares.”

Elementos

1. Las relaciones de coordinación

2. las relaciones de supraordinacion

3. relaciones supra a subordinación

“1. Relación jurídica de supra a subordinación entre el gobernado (sujeto activo) y el Estado y sus autoridades (sujetos pasivos).

“2. Derecho público subjetivo que emana de dicha relación a favor del gobernado

Clases de garantía

Antes de crear una garantía, debe determinarse el modo en que va a utilizarse. Para ello es necesario utilizar una clase de garantía.

Clases de garantía

La clase de garantía especifica el tipo de garantía que se utiliza y el modo en que se utiliza. La clase de garantía se asigna a un tipo de garantía interna, que indica si la empresa del usuario del sistema es el depositario de la garantía o el garante.

En el Sistema R/3, se distinguen las siguientes clases de garantías desde el punto de vista del usuario del sistema:

Clase de garantía Tipo de garantía

Garantía

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