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CRITERIOS DE COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS ACCIONES DE AMPARO CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  15 de Marzo de 2012  •  6.626 Palabras (27 Páginas)  •  2.030 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PFG, ESTUDIOS JURÍDICO

UNIDAD CURRICULAR: REDACCION DOCUMENTAL

E INSTRUMENTAL

Sección 01-T

PROFESOR: MELVIN MAYOR

INTEGRANTES:

YRINA MUNZON

C.I. 11.028.305

CARACAS. 06 JULIO DEL 2011

INDICE

INTRODUCCION…………………………………………………………….. 3 - 4

NOCION………………………………………………………………………. 5

CONTENIDO ………………………………………………………………… 6 - 7

TIPOS DE TESTAMENTOS.ESTUDIO DE LOS MODELOS.

INVESTIGACION…………………………………………………………………… 8 - 21

VALIDEZ DE LOS TESTAMENTOS………………………………………..

INTRODUCCION

Los diversos ordenamientos jurídicos recogen las ideas de la doctrina sobre el testamento. En efecto, la susodicha doctrina refiere que la sucesión testamentaria tiene su basamento en la voluntad individual del causante, o sea, en la autonomía de la voluntad que debe respetarse, aun cuando el autor de misma hubiere fallecido. En lo que atañe a la clasificación de los testamentos, éstos pueden ser ordinarios y especiales extraordinarios.

Se entiende por testamento el patrimonio de bienes atribuidos a una persona en el presente y en el futuro. El testamento es un concepto de sucesiones que está directamente relacionado al patrimonio de una persona tras su fallecimiento y comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de la misma que no se distingue tras su muerte.

Las ley contempla dos formas distintas de disponer los bienes, sucesión de los bienes de la persona difunta que son mediante un testamento (testamentaria) y según dicte la ley legitima tal como advierte el artículo 833 del código civil de Venezuela, el cual establece o define como un acto revocable por el cual una persona dispone para después de su muerte de la totalidad o de parte de su patrimonio, o hace alguna otra ordenación según las reglas establecidas por la ley.

La importancia del derecho sucesorial es tanto social, económica como político. No deja tener cierta relación estrecha con la propiedad. Las sucesiones convierten a veces a una persona pobre en una persona rica, la cual en nuestro medio, al menos, tiene influencia social y política. Nadie niega, además, la estrecha relación entre lazos de familia y sucesión ya que es aspiración natural que los bienes del tronco quedan en familia.

NOCION DE TESTAMENTO

Legalmente, un testamento es un documento en el cual una persona dispone de sus bienes y declara o cumple deberes para después de su muerte. Este documento es un medio seguro y eficaz que permite y expresa la voluntad del testador y es solo él, quien decide el destino de sus bienes y derechos, con capacidad física y mentalmente suficiente dicta disposiciones patrimoniales o partes de sus bienes para después de su muerte. Dicho documento también admite actos de carácter no patrimonial, como pudiera ser el reconocimiento de hijos. Cuando una persona muere sin dejar testamento se dice que ha fallecido abintestato o intestada.

Si bien, generalmente el testamento es un acto jurídico en el que se hace una disposición de bienes, hay que reconocer que existen declaraciones de voluntad que no consisten en ello y que pueden ser materia de un testamento, el mismo desde el punto de vista del derecho natural, "es un acto jurídico mortis causa, unilateral y solemne, por el cual el causante dispone de sus bienes, derechos y obligaciones transferibles para después de su muerte". En cuanto a su naturaleza, es un acto jurídico sui géneris, que tiene por objeto hacer actuar la facultad natural que el hombre tiene de disponer con libertad de sus cosas y bienes patrimoniales, para cuando hubiere fallecido. En lo que respecta a su fundamento, el derecho de testar es natural pero reconocido, sancionado y amparado por los poderes públicos, ese orden dimanado de la naturaleza.

El nuestro Código Civil Venezolano, el concepto de Testamento se encuentra en el Artículo 833 el cual establece” El testamento es un acto revocable por el cual una persona dispone para después de su muerte de la totalidad o de parte de su patrimonio, o hace alguna otra ordenación, según las reglas establecidas por la Ley.

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CONTENIDO DEL TESTAMENTO

El contenido del testamento son todas aquellas disposiciones que expresa el testador mediante la manifestación de su última voluntad y el poder disponer de sus bienes inmuebles, además de abarcar otras cláusulas en las que cita a los propios herederos o aspectos relativos al cumplimiento de su voluntad, determinando condiciones que establece el legatario para que se lleve a cabo la transmisión de sus bienes, o establecer las circunstancias de los mismos dejándole a la persona designada como heredero el uso de dichos bienes al igual llamado “usufructo” que es el poder de usar y disfrutar una cosa o unos bienes sin poder venderlos.

Ahora bien, es importante entender que en el testamento no es obligatorio decir en qué se concreta la parte de los bienes de cada uno de los herederos, pero que a un heredero forzoso no se le puede dejar en porcentaje, menos de lo que por ley le corresponda, salvo que se le desherede. Por ejemplo, es frecuente, si una persona tiene hijos, que les nombre herederos

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