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Demanada De Exoneracion De Alimentos


Enviado por   •  8 de Octubre de 2014  •  1.616 Palabras (7 Páginas)  •  331 Visitas

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Sec. :

Exp. Nº :

Cuaderno : Principal

Escrito : 01

Sumilla :DEMANDA EXONERACIÓN DE ALIMENTOS

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJAMARCA.

CALIXTO TOMÁS ARCE SAAVEDRA, identificado con DNI Nº 26607047, con domicilio real Jr. Nicolás Arriola Nº 840, señalando domicilio procesal en el Jr. Apurímac N° 768, ambos de esta ciudad; ante usted respetuosamente digo:

I. RELACIÓN JURÍDICO PROCESAL. El presente Proceso lo dirijo contra Cristhian Tomás Arce Chávez, Roger Iván Chávez y Anahali Yesenia Arce Chávez, quienes serán notificados en sus domicilios reales ubicados en Jr. Nicolás Arriola Nº 840 (Cristhian Tomás) y Urb. Luis Alberto Sánchez Lotización B-12 (Roger Iván y Anahalí Yesenia) de esta ciudad.

II. PETITORIO. Que, Señor JuezSolicito que su despacho me Exonere de la Pensión Alimenticia, cuyo monto fijado en Acta de Conciliación del Expediente Nº 1991-034 asciende al 30% mensual de mis ingresos, incluido gratificaciones, a su vez solicito deje sin efecto el descuento del 30% fijado en el Expediente 1991-034, por los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO

Hechos que sustentan la pretensión

Primero: Con fecha 11 de julio de 1991 se llevó a cabo la Conciliación ante el Juzgado de Menores de Cajamarca respecto del Expediente 1991-034, en dicho Acto se determinó el pago del 30% de mis ingresos, incluyendo gratificaciones. A partir de tal fecha se ha venido descontado el porcentaje referido de los ingresos que percibo como Cesante Jubilado.

Segundo: En aquel entonces mis hijos tenían 06, 04 y 02 años de edad respectivamente, situación por la cual la Fijación de una Pensión de Alimentos se hacía necesaria por corresponder a su derecho y necesidades. No obstante, a la actualidad ya han transcurrido 21 años y, las edades actuales de mis hijos son 27, 25 y 23 años, de lo que se deduce claramente que ya cuentan con la mayoría de edad y que a su vez se encuentran, valga la redundancia en una edad donde pueden ser capaces de valerse por sí mismos, sin necesidad que yo me vea afectado en el ingreso mensual que percibo como Cesante Jubilado.

Asimismo, es preciso hacer de su conocimiento que mis hijos a la fecha ya se encuentran laborando y que ninguno de ellos se encuentra cursando estudios superiores.

Para efecto de facilitar el análisis de su Despacho detallo las fechas de nacimiento de mis tres hijos, los datos que señalo en este fundamento se puede corroborar de las Partidas adjuntadas en los Anexos 1-A, 1B y 1C.

- Cristian Tomás Arce Chávez nació el 25 de mayo de1986 (Actualmente 27 años)

- Roger Iván Arce Chávez el 23 de enero de 1988 (Actualmente 25 años) y

- Anahalí Yesenia Arce Chávez el 20 de noviembre de 1989. (Actualmente 23 años)

Tercero: Además de lo señalado es menester hacer referencia a mi edad y situación actual, puesto que como Cesante Jubilado percibo la suma aproximada de S/. 811.99 nuevos soles, hallándose esta cantidad afectada por el Descuento ascendente a S/. 409.81 nuevos soles, obteniendo así la suma final y real de S/. 402.00 (Cuatrocientos Dos con 00/100) nuevos soles, tal como se puede corroborar con mi boleta de pago la misma que se adjunta al presente como Anexo 1F.

Del Documento que adjunto como anexo “1A” (DNI), se infiere que mi fecha de nacimiento fue el 29 Diciembre de 1948, y que a la actualidad sumo la edad de 63 años. De esta forma es que me veo afectado por la cantidad real que percibo como Cesante Jubilado, pues al ser esta mínima (S/. 402.00 nuevos soles), afecta mi calidad de vida y disminuye las opciones de poder llevar una vida digna y con decoro.

Fundamentos que respaldan mi Derecho a solicitar la Exoneración de Alimentos

Primero: En estricta observancia de la Normativa vigente, el Artículo 483° del Código Civil para precisar, corresponde a mi derecho solicitar la Exoneración de la Pensión Alimentaria al haber desaparecido el Estado de necesidad que fue el hecho generador de dicha Pensión de Alimentos, tal como señalé líneas arriba mis hijos actualmente cuentan con la mayoría de edad siendo completamente independientes y capaces de valerse por sí mismos para subsistir, no siendo necesario que perdure el descuento del cual soy objeto.

Segundo: A la vez el Artículo 473° del mismo Código, señala que el mayor de dieciocho años sólo tiene derecho a Alimentos cuando no se encuentre en aptitud de atender a su subsistencia por causas de incapacidad física o mental debidamente comprobadas.

Cabe precisar que tal situación es completamente ajena a la realidad de mis hijos, puesto que los tres son personas sanas tanto física como mentalmente, no encontrándose con dificultades que menoscaben o mellen las posibilidades de desarrollarse normalmente en su vida diaria y mucho menos de no poder valerse por sí mismos para subsistir.

IV. FUNDAMENTOSJURÍDICOS

4.1. Constitución Política del Perú

- Artículo 139°, numeral 3, primer párrafo que establece como principios y derechos de la función jurisdiccional la observancia de un Debido Proceso y la Tutela Jurisdiccional.

4.2. Código Civil

- Artículo 472°: El cual define a los alimentos como aquello que resulte indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, según la situación y posibilidades de la familia.

- Artículo 472°: El cual refiere

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