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1. LEY 1430 DE 2010:


Enviado por   •  20 de Febrero de 2013  •  403 Palabras (2 Páginas)  •  755 Visitas

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1. LEY 1430 DE 2010:

• Se elimina la deducción por inversión en activos fijos productivos a partir de 2011.

• Se crea la sobretasa - contribución sector eléctrico usuarios industriales - A los contribuyentes que el Gobierno clasifique como usuarios industriales le corresponderá pagarla pero el 50% de la misma podrá se descontada directamente del impuesto que resulte a cargo por el año gravable.

• El gravamen a los movimientos financieros, más conocido como 4 x 1000 se reduce, al 2 x 1000 para los años 2014-2015 y al 1 x 1000 para los años 2016 y 2017, a partir de 2018 desaparece.

• Se modifica el impuesto al patrimonio en la determinación de la base para empresas escindidas o para las creadas como SAS.

• A partir del año 2011 se liquidaran intereses a favor del contribuyente cuando se den pagos en exceso o saldos a favor siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos en la Ley.

• Las declaraciones de rete fuente e IVA, que se venían presentando en cero, no se deben presentar. Es decir cuando la persona o entidad no retenga o no genere IVA, simplemente en ese periodo no presenta declaración. Sobre este tema se estableció un plazo de 6 meses para que las personas que tenían la obligación de presentarlas en cero (desde julio 2006 hasta diciembre 31 de 2010) y no lo hicieron, las presenten sin liquidar sanción de extemporaneidad.

• En su art. 26 esta Ley 1430, establece los MEDIOS DE PAGO PARA EFECTOS DE ACEPTACION DE COSTOS, DEDUCCIONES, PASIVOS E IMPUESTOS DESCONTABLES. Estos son: a) Depósito en cuenta bancaria; b) giros o transferencia bancaria; c) cheques girados al primer beneficiario; d) pagos con tarjeta crédito o débito; e) otro tipo de tarjeta o bono que sirvan de medio de pago. Para los pagos en efectivo se establece un gradualidad para ser aceptados y rige a partir del 2014.

• Beneficio de auditoria, se establece nuevos parámetros para los años 2011 y 2012 y es el siguiente: Si el impuesto se incrementa en 5 veces la inflación la declaración queda en firme a los 18 meses; si se incrementa 7 veces la inflación la firmeza se da a los 12 meses; si el impuesto se incrementa en 12 veces las inflación la declaración quedara en firme en 6 meses. Es decir que el beneficio se puso muy exigente. A esto se debe tener en cuenta que el impuesto del año anterior no puede ser inferior a 41 UVT.

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