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LEY MARCO DE COMERCIO EXTERIOR (7 DE 1991)


Enviado por   •  6 de Marzo de 2018  •  Ensayos  •  523 Palabras (3 Páginas)  •  264 Visitas

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LEY MARCO DE COMERCIO EXTERIOR (7 DE 1991)

En esta ley están contempladas las normas generales con las cuales debe sujetarse o regirse el gobierno colombiano para así regular todos los asuntos que aluden al comercio exterior del país.

El gobierno colombiano regula el comercio de acuerdo a unos principios los cuales tienen como fin otorgarle al comercio exterior colombiano competitividad frente a otros países; con lo cual el gobierno busca estimular las exportaciones colombianas y abrir las importaciones, brindando y amparando la producción nacional contra las prácticas desleales del comercio internacional.

Estos principios son los siguientes; Impulsar la internacionalización de la economía, Promover y fomentar el comercio exterior, estimular los procesos de integración y los acuerdos comerciales bilaterales y multilaterales, impulsar la modernización y la eficiencia de la producción local, procurar una legal y equitativa competencia a la producción local y otorgarle una protección adecuada, apoyar y facilitar la iniciativa privada y la gestión de los distintos agentes económicos, coordinar las políticas y regulaciones en materia de comercio exterior con las políticas arancelaria, monetaria, cambiaria y fiscal; adoptar, sólo transitoriamente, mecanismos que permitan a la economía colombiana superar coyunturas externas o internas adversas al interés comercial del país.

En cuanto a la apertura de las importaciones a nuestro país el gobierno regulara las zonas fronterizas con base a dichos criterio contemplados en esta Ley.

ORGANISMOS CREADOS

  1. La creación del Consejo Superior del Comercio Exterior como un organismo será asesor del gobierno colombiano en aspectos que se relacionen al comercio exterior del país, este organismo se encargara de dichas funciones en las cuales se encuentran: Fijar las tarifas arancelarias, asesorar y recomendar al gobierno nacional en las decisiones de asuntos de comercio exterior, emitir concepto sobre la celebración de tratados o convenios internacionales de comercio, determinar los trámites y requisitos que deban cumplir las importaciones, de bienes, tecnología y servicios entre otra funciones contempladas en dicha ley. En lo que concierne a aranceles variables este organismo solo atenderá los criterios objetivos que para su adecuada y automática operación fije el Ministerio de Agricultura. En cuanto a la formulación y aplicación de políticas, planes y programas le corresponderán al Ministro de Comercio Exterior, con adaptación al gobierno nacional y el Consejo Superior de Comercio Exterior.
  2. La creación del Ministerio de Comercio Exterior como un organismo tiene como fin de dirigir, coordinar, ejecutar y vigilar la política de comercio exterior, y fue creada por la presente Ley (7 del 1991).
  3. Como último organismo creado está el Banco de Comercio Exterior de Colombia como una institución financiera, la cual está vinculada al Ministerio de Comercio Exterior, y le corresponderá funciones de promoción de las exportaciones colombianas. Los proyectos de mejoramiento de instalaciones portuarias, aeroportuarias y vías terrestres necesarias para el comercio exterior y la financiación de otros programas dirigidos a las exportaciones saldrá de los recursos del Fondo de Modernización Económica, entre otras cosas que tienen como fin estimular la competitividad nacional e internacional.

En dicha ley se autoriza al gobierno nacional para celebrar contratos y efectuar apropiaciones que se requieran para dar cumplimiento a lo contemplado en dicha ley.

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