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Poder Público en la elaboración de los planes de seguridad


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2013  •  421 Palabras (2 Páginas)  •  219 Visitas

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De acuerdo al artículo 38 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación el Consejo de Defensa de la

Nación tendrá las siguientes atribuciones:

1. Asesorar al Poder Público en la elaboración de los planes de seguridad, desarrollo y defensa

integral, en los diversos ámbitos de la vida nacional.

2. Formular la política de seguridad, en armonía con los intereses y objetivos de la Nación para

garantizar los fines supremos del Estado.

3. Elaborar el concepto estratégico de la Nación, teniendo como base vinculante el contenido de

los principios fundamentales consagrados en la Constitución y las leyes de la República, con un avance

progresivo que atienda la coyuntura y en sintonía con los intereses nacionales.

4. Actualizar cuando se requiera el concepto estratégico de la Nación y sugerir lineamientos al Poder

Público para la elaboración y ejecución de los planes que de él se deriven.

5. Constituir Comités de Trabajo Interinstitucionales y de Emergencia, los cuales estarán integrados

por representantes de los distintos organismos involucrados en la problemática objeto de análisis y por

otros expertos que se consideren necesarios. Las funciones de estos Comités serán establecidas en el

Reglamento de esta Ley.

6. Fomentar la participación activa y permanente del Poder Público y de la sociedad, en los asuntos

relacionados con la seguridad de la Nación.

7. Requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas

e informaciones relacionados con la seguridad de la Nación, así como su necesario apoyo.

8. Asegurar que los sistemas de inteligencia, protección civil y demás organismos de seguridad

ciudadana del Estado e instituciones afines, remitan los datos, informaciones y estadísticas relacionadas

con la seguridad de la Nación.

9. Proponer al Presidente o Presidenta de la República intervenir aquellos órganos de seguridad del

Estado, en cualquiera de sus niveles y espacios cuando las circunstancias lo ameriten.

10. Aprobar directivas para colaborar con la

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