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Obligación Moral. Nociones insuficientes de obligación moral


Enviado por   •  7 de Octubre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  680 Palabras (3 Páginas)  •  266 Visitas

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Obligación Moral

Como plantea Einaudi Torino & Vittorio Possenti. (1994). El (re)-conocimiento de los valores morales y el consiguiente surgir de la obligación moral, este último término implica que, en virtud de su especial estatuto, los valores adelantan la pretensión de imponerse al espíritu humano, apelando y casi vinculando la libertad de la persona.

Con estas premisas podemos arriesgarnos a meditar sobre la dialéctica que se desarrolla en el proceso quizá más originario y fundamental de la experiencia moral: aquél que, comenzando con la percepción de los valores, da cabida en el sujeto al sentimiento de la obligación moral, según la cual algo se presenta a la conciencia como valioso, merecedor de consideración y de respeto, capaz de elevar una instancia hacia la libertad de la persona. (Torino & Possenti, 1994).

Latera Vari & Vittorio Possenti (1979). En el momento en que nace en la conciencia el sentimiento de la obligación, el análisis fenomenológico descubre una referencia al concepto de impuntualidad, más que al de responsabilidad, en ello se transmite a idea de que frente a los valores y a la apelación que estos elevan, el sujeto se reconoce susceptible de responsabilidad.    

Nociones insuficientes de obligación moral.

“A partir de la percepción de los valores se forma en el sujeto el sentimiento de <>”. (Torino & Possenti, 1994, p.294).

Latera Vari & Vittorio Possenti (1979). Frente a ellos, y por tanto el sentido de obligación y de responsabilidad de entenderlos como algo que es propuesto y no impuesto, y que puede ser obedecido a través de la mediación activa de la libertad. Debido a que el termino <> viene de responder parece intencionada la idea de una llamada dirigida a la libertad de un dialogo y finalmente, de una respuesta.

Latera Vari & Vittorio Possenti (1979). “El hombre puede obedecer/desobedecer a los valores, no puede proponerlos; en su indisponibilidad terminal trasluce la condición humana como creada. aceptar los valores es aceptarse como creados”.

El fundamento de la obligación Moral    

Maritain J. (1975). su plenitud de ser típica, esta palabra «debe» no tenía más que una significación metafísica (como decimos que un ojo bueno o normal «debe» poder leer las letras escritas en un cuadro a una distancia dada). La misma palabra debe empieza a tener una significación moral, es decir, a implicar una obligación moral, cuando trasponemos el umbral del mundo de los agentes libres. Para el hombre, la ley natural es una ley moral, porque el hombre la obedece o desobedece libremente, no por necesidad, y porque la conducta humana supone un orden particular y privilegiado que es irreductible al orden general del cosmos. (P.11).

Charles G. Finney. (1976) Llego a la conclusión de las conductas prácticas que considero como verdadera teoría del fundamento de la obligación moral a saber que la naturaleza y valor intrínsecos de bienestar supremo de Dios y del universo es el único fundamento de la obligación moral.

Como señala Charles G. Finney. (1976). Para terminar, comentaría que cualquier sistema de filosofía moral no define correctamente una acción moral, y la verdadera base de la obligación debe ser fundamentalmente defectuosa. Si fuera consistente, debería ser altamente perniciosa y peligrosa. Mas dejemos que sea definida clara y correctamente la acción moral, y dejemos que esté la verdadera base de la obligación clara y correctamente establecida, y dejemos que estos dos conceptos estén totalmente a la vista, y tal sistema sería de valor incalculable. Sería a través de una convicción inteligible y de fuerza en cada lector inteligente. Mas no estoy consciente de que tal sistema exista. Hasta donde sé todos son defectuosos ya sea en su definición de una acción moral, y no se centran en la intención soberana, y lo dejan ahí como si fuera el asiento del carácter moral, y que desde el cual se deriva el carácter de todas nuestras acciones, o pronto lo olvidan, y tratan los actos ejecutivos sólo como buenos o malos sin referencia a la intención soberana. Creo que han fallado en definir claramente el fundamento verdadero de la obligación y consecuentemente su definición de virtud es defectuosa.

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