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Enviado por   •  16 de Noviembre de 2013  •  1.608 Palabras (7 Páginas)  •  1.120 Visitas

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Prevenir riesgos laborales (I)

Como cualquier otro espacio de trabajo, los salones de belleza no están exentos a la hora de cumplir con la prevención de riesgos.

Como cualquier otro espacio de trabajo, los salones de belleza no están exentos a la hora de cumplir con la prevención de riesgos. Hay que aplicar una serie de medidas para evitar accidentes y problemas de salud derivados de los productos utilizados, así como preparar el local y los trabajadores ante posibles emergencias.

La experiencia en el terreno laboral nos demuestra día a día que una actuación sobre los riesgos existentes en nuestra rutina laboral diaria es importante, sobre todo si es en equipo. Es necesario protegernos de los accidentes laborales y de las enfermedades profesionales, indistintamente de quién seamos (empresario, trabajador e incluso cliente), es una cuestión ineludible.

Para llevar a cabo una operación de prevención de accidentes o riesgos en un salón de belleza es muy importante conocer primero qué se considera "riesgo". Se trata de la probabilidad de que suceda un evento, impacto o consecuencia adverso o ajeno a nuestra voluntad durante la realización de un servicio. Se entiende también como la posibilidad de que ocurra un accidente sin que pueda ser evitado o previsto a tiempo.

Conceptos

Para poder desarrollar un plan de prevención de riesgos laborales conoceremos una serie de conceptos que nos introducen el contexto en general:

• Accidente de trabajo: lesión física que sufre un trabajador como consecuencia del trabajo realizado. Una situación leve podría ser que a un trabajador que no lleva un calzado adecuado (por ejemplo un zapato descubierto) le cayeran accidentalmente los alicates de pedicura en los dedos y le causaran una herida.

• Análisis de riesgo: proceso por el cual identificamos el peligro y estimamos el riesgo. Por ejemplo, analizar una instalación eléctrica deficiente o en mal estado.

• Condición de trabajo: cualquier característica del mismo que posea una influencia significativa en la aparición de riesgos en el desarrollo de la actividad laboral, como la falta de ventilación durante la realización de uñas acrílicas.

• Deficiencia: pérdida o anomalía en la función física, psíquica o fisiológica cuya valoración sea de carácter médico, como pérdida visual o auditiva.

• Discapacidad: carencia o pérdida de habilidades humanas para realizar tareas determinadas. Puede afectar dependiendo de la gravedad: leve, si hay falta de una falange, y grave o considerable en el caso de faltar una extremidad.

• Enfermedad común: persona que sufre alteraciones en su salud y que no son consideradas como accidente o enfermedad profesional, como gripe, gastroenteritis, jaquecas, etc.

• Equipo de protección individual: indumentaria o complementos destinados a proteger la seguridad y salud del trabajador (calzado adecuado, uniforme, mascarilla, gafas protectoras y guantes).

• Ergonomía: conjunto de técnicas que tienen la finalidad de mejorar la postura durante el desarrollo de un servicio, evitando riesgos posteriores como la espalda encorvada, una flexión excesiva del cuello, movimientos reiterados de extremidades, distancia visual excesivamente próxima o permanecer jornadas prolongadas sentada/o o en bidepestación.

Medidas de prevención en salones de belleza

Todo profesional que regente un negocio debe ser consciente de que está expuesto a unos riesgos que hay que asumir. Para que las medidas aplicadas ofrezcan una garantía y sean efectivas, debemos basarnos en la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, además de que, como responsables, tenernos que informar a nuestros trabajadores sobre las medidas y señalizaciones que se van a adoptar, así como ofrecer la formación adecuada para un buen funcionamiento de las mismas.

A partir de ahí, ¿qué debemos señalizar en nuestro salón?

• Delimitación de cambios de nivel del suelo: puede darse la situación de que entre la superficie del local y cabinas de estética exista un escalón o un desnivel. Deberemos señalizarlo con dispositivos reflectantes o luminosos para que el cliente o cualquier persona física que visite nuestro salón lo pueda visualizar con antelación, evitando tropiezos o caídas innecesarias.

• Áreas de almacenamiento: se aplicarán señales de advertencia que indiquen adecuadamente la finalidad de ese apartado del local, con el fin de evitar accidentes, situaciones imprevistas o comprometidas.

• Etiquetado: los productos deberán estar debidamente precintados y etiquetados indicando si es una materia peligrosa (por ejemplo inflamable). La orden que regula el uso adecuado de los cosméticos, número de lote y fecha de envasado y caducidad es el Real decreto 1599-1997 de 17 de octubre sobre productos cosméticos.

• Equipo de protección contra incendios: deberán de ser de color rojo para que se asocien fácilmente a su color propio y deberán señalizarse con un dispositivo fluorescente que permita identificarlos en la oscuridad. Tienen que ser revisados por personal cualificado y ser reemplazados su es necesario.

• Equipo de primeros auxilios: es indispensable, tanto para trabajadores como para clientes.

Situaciones de emergencia

Es imprescindible tener bien planificada la actuación ante la situaión de un posible incendio o cualquier imprevisto de carácter grave que pueda requerir la posible evacuación de personal o clientes para que no resulte

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