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5 Postulados básicos De La Información Financiera


Enviado por   •  12 de Abril de 2014  •  1.465 Palabras (6 Páginas)  •  908 Visitas

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5. POSTULADOS BÁSICOS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA.

Para lograr que la información financiera de las organizaciones económicas cumpla con las características enunciadas antes, los encargados de preparar y verificar dicha información, tienen como marco de referencia una serie de supuestos o postulados básicos.

En este sentido, los postulados básicos de la información financiera son un conjunto de supuestos generalmente aceptados sobre los que se basa el proceso de elaboración de información financiera. En el caso de México, dichos postulados están contenidos en la NIF A-2 (NIF Norma de Información Financiera).

Anteriormente los postulados básicos de la Información Financiera eran los llamados Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. PCGA.

Los postulados básicos de la Información financiera fundamentalmente se pueden agrupar en 2 categorías:

Postulados básicos referentes a la entidad económica.

Los que captan la esencia, delimitan al ente y asumen su continuidad. Desde esa perspectiva se encuentran los siguientes: Sustancia Económica, Entidad Económica y Negocio en Marcha.

Postulados básicos contable de operaciones y eventos con Impacto en la Entidad.

Adicionalmente existe una serie de postulados básicos que establecen las bases para el reconocimiento contable de las operaciones y eventos económicos que afectan a la entidad. En esta categoría están: Devengación Contable, Asociación de Costo y gasto con ingreso, Valuación, Dualidad Económica y Consistencia.

SUSTANCIA ECONÓMICA.

El registro contable de una transacción debe basarse más en la naturaleza de la transacción o evento, más que en la forma en que se concrete.

Por ejemplo si un accionista hace una aportación temporal al negocio con el objetivo de recuperarla posteriormente, el registro contable necesariamente deberá afectar a una cuenta de deuda y no de capital, a pesar de que se haya documentado para parecer una aportación de capital.

El reflejo de la sustancia económica debe prevalecer en el reconocimiento contable, con el fin de incorporar los efectos derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad, de acuerdo con su realidad económica y no sólo en atención a su forma jurídica, cuando una y otra no coincidan.

Debe otorgarse, en consecuencia prioridad al fondo o sustancia económica sobre la forma legal. Ello es debido a que la forma legal de una operación puede tener una apariencia diferente al auténtico fondo económico de la misma y en consecuencia, no reflejar adecuadamente su incidencia en la situación económica financiera. Por ende las formalidades jurídicas deben analizarse desde un contexto adecuado, a la luz de la sustancia económica, a fin de que no la tergiversen y con ello distorsionen el reconocimiento contable.

Un ejemplo de la aplicación de este postulado se tiene cuando una entidad económica vende un activo a un tercero de tal manera que la documentación generada en la operación indica que la propiedad le ha sido transferida; sin embargo, pueden existir simultáneamente acuerdos entre las partes que aseguren a la entidad el continuar disfrutando de los beneficios económicos del activo en cuestión; en tales circunstancias, el hecho de presentar información sobre la existencia de una venta sólo con un enfoque jurídico, podría no representar adecuadamente la transacción efectuada.

ENTIDAD ECONÓMICA.

La entidad económica es aquella unidad identificable que realiza actividades económicas constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales, y financieros (conjunto integrado de las actividades económicas y recursos), conducidos y administrados por el único centro de control que toma decisiones encaminadas al cumplimiento de los fines específicos para los que fue creada.

La entidad económica se presume como una unidad identificable con personalidad independiente de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores, por lo que sólo deben incluirse en la información financiera los activos, pasivos y capital contable o patrimonio contable de este ente económico independiente.

La entidad persona moral tiene personalidad y capital contable o patrimonio contable propios distintos de los que ostentan las personas que la constituyen y administran. Por tal razón, debe presentar información financiera en la que sólo deben incluirse los activos, pasivos y el capital contable o patrimonio contable de dicha entidad.

​Este supuesto indica que las operaciones y la información financiera de la organización económica son independientes de las de sus accionistas, acreedores, deudores, patrocinadores y de cualquier otra organización.

​Esto implica que al tener la entidad sus propios recursos y sus propias obligaciones; los recursos como casas, vehículos y otras inversiones propiedad de los accionistas, así como sus gastos personales deberán

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