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Procedemiento


Enviado por   •  27 de Julio de 2011  •  655 Palabras (3 Páginas)  •  495 Visitas

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Al adulterar los balances y estados financieros, como parece haber ocurrido, los ejecutivos de La Polar habrían cometido “administración desleal” y “adulteración de balances”. Una práctica que, a diferencia de otros países, no se encuentra tipificada como delito en Chile y, por lo tanto, la ciudadanía se encuentra sin las herramientas necesarias para sancionar drásticamente esta acción según estándares internacionales. Al respecto existe en un anteproyecto de ley que sanciona estas prácticas con pena de reclusión menor en su grado medio a máximo.

El escándalo de la multitienda La Polar, que a través de un comunicado de prensa reconoció haber realizado malas prácticas crediticias en su cartera de crédito, es solamente la punta del iceberg.

El Sernac presentó hace unos días una demanda colectiva en los juzgados civiles de Santiago. A esto se suma que la primera semana de junio, este mismo organismo tenía más de dos mil reclamos contra la empresa por realizar repactaciones de deudas en forma unilateral, es decir, sin el consentimiento del cliente. Es así que estas repactaciones fantasmas hicieron que, si una persona que compraba un jeans de treinta mil pesos, terminara pagando hasta casi un millón de pesos.

Esta forma particular de hacer negocios tenía su origen en una práctica sistemática que obedecía a un desarrollo estratégico de La Polar, a través de su gerencia (comercial y financiera de créditos). Al parecer, para no tener que castigar la cartera vencida la empresa repactaba esos créditos. Así, se cree que sus ejecutivos habrían adulterado los balances y estados financieros, los que eran auditados por Price Waterhouse. Este caso sólo reventó por las denuncias ante los abusos. Y aún queda por esclarecer la verdad de todo esto.

De estos breves hechos hay algunas preguntas y retos a los que nos enfrentamos. La Polar es una empresa cuyas acciones se transan en la bolsa, de las cuales el 27% corresponde a las AFP que administran nuestros fondos previsionales y que nombraron en esta empresa a directores poco diligentes. En otras palabras, a personas de confianza que hacen mal su trabajo. Si es que se llega a probar, los ejecutivos de La Polar que habrían adulterado los balances cometen lo que se llama administración desleal y adulteración de los balances. Sin embargo, esta práctica no se encuentra tipificada como delito en Chile y, por lo tanto, la ciudadanía se encuentra sin las herramientas necesarias para sancionar drásticamente esta acción según estándares internacionales.

En nuestro país aún tenemos vigente un Código Penal de 1874 y una legislación vaga que, en esta materia, se encuentra en una zona gris. Lo digo porque existe un ante- proyecto de Código Penal de 2005, elaborado por el Foro Penal y que en su Artículo N° 336 sanciona estas prácticas con pena de reclusión menor en su grado medio a

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