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Enviado por   •  28 de Noviembre de 2014  •  1.979 Palabras (8 Páginas)  •  168 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES DE THE GUITARS S.A DE C.V

En el día de hoy, 27 de Noviembre de 2014, se reunieron en la ciudad de México Tlalnepantla Reyes Iztacala los ciudadanos Marco Rojas Martínez y Mauricio Díaz Hernández con el objeto de constituir una compañía de Sociedad Anónima de Capital Variable, como en efecto la constituyen en virtud de este documento y, la cual se regirá por las disposiciones contenidas en los Artículos que en se¬guida se determinan, redactados con suficiente amplitud para que sir¬van a la vez de Acta Constitutiva y Estatutos Sociales.

TUTULO 1.

DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION

ARTÍCULO PRIMERO

La sociedad se denominará “The Guitars S.A. de C.V”, su domicilio es calle la romana, colonia Reyes Iztacala, ciudad de México pudiendo establecer sucursales, agencias, represen¬taciones u oficinas en cualquier otro lugar del país o en el extranjero, cuando así lo decida la Junta Directiva.

ARTICULO SEGUNDO

La Compañía tendrá como principal objeto el siguiente: Comprar y vender artículos, y en general podrá dedicarse a toda actividad o negocio lícito, ya que la enumeración descrita o no limitativa de su objeto social.

ARTICU¬LO TERCERO

La sociedad comenzará su giro o ejercicio al cumplirse con las formalidades legales de su inscripción en el Registro de Co¬mercio y tendrá una duración de 70 años, contados a partir de esa fecha, pudiendo a su vencimiento prorrogarse por un lapso igual, supe¬rior o inferior, si así resolviere la Asamblea General de Socios.

TITULO 2

CUOTAS SOCIALES Y CAPITAL

ARTICULO CUARTO

El capital de la Compañía es de Trescientos mil pesos ($ 300,000) representado por Mauricio Díaz Hernández. Este capital social ha sido suscrito y pagado en su totalidad.

ARTICULO QUINTO

Cada cuota de participación con¬cede a su propietario iguales derechos y obligaciones y da derecho a un voto en las deliberaciones de las Asambleas.

TITULO 3

DE LAS ASAMBLEAS

ARTÍCULO SEXTO

La máxima autoridad y dirección de la sociedad está en manos de la Asamblea General de Socios, legalmente constitui¬da, en forma ordinaria o extraordinaria. Sus decisiones acordadas res¬petando los límites y facultades legales y estatutarias, son obligatorias para todos los socios, inclusive para los que no hubieren asistido a ella, quedando a éstos los derechos y recursos legales pertinentes.

ARTICU¬LO SEPTIMO

La Asamblea Ordinaria de Socios se reunirá cada año dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio económico y la Asamblea Extraordinaria se reunirá cuando los intereses de la Compa¬ñía así lo requieran, teniendo que ser convocada por la Junta Directi¬va a solicitud del Comisario de la Sociedad o de un número de socios que represente no menos del veinte por ciento (20%) del capital so¬cial. Ambas Asambleas, se reunirán, previa convocatoria por la prensa con cinco (5) días de anticipación por lo menos, a la fecha fijada para la reunión, no obstante será válida la Asamblea que se haya reunido sin convocatoria previa, siempre que en ella se encontrare representada la totalidad del capital social. Los socios podrán hacerse representar en la Asamblea por Apoderados constituidos por documento autenti¬cado, por telegrama o cablegrama.

ARTICULO OCTAVO

La Asamblea de Socios, Ordinaria o Extraordinaria, se considerarán válidamente constituidas para deliberar, cuando estén representadas en ella, por lo menos el setenta por ciento (70%) de las cuotas que componen el capital social y sus decisiones se considerarán válidamente adoptadas, cuando fueren aprobadas por un número de votos que represente por lo menos el setenta por ciento (70%) del capital social. Cuando a pesar de la convocatoria no concurra a la Asamblea un número de so¬cios que represente por lo menos la proporción antes señalada, se proce¬derá conforme a las Normas del Código de Comercio que rigen esta ma¬teria. No obstante, ni aún en segunda Convocatoria, podrá instalarse váli¬damente la Asamblea, si en ella no está representada por lo menos el cincuenta por ciento (50%) del capital social, requiriéndose para la validez de sus decisiones la aprobación de un número de votos que re¬presente el cincuenta por ciento (50%) del capital social. La represen¬tación y la mayoría convenida en esta cláusula se requerirán para cualquier objeto sometido a la Asamblea de Socios, inclusive los previstos por el Artículo 280 del Código de Comercio. La Asamblea de Socios será presidida por el presidente del consejo y en su ausencia por el suplente, quien se designe al efecto.

ARTÍCULO NOVENO

Son atribuciones de la Asam¬blea Ordinaria:

a) Elegir la Junta Directiva y su Suplente, el Comisario y su Suplente y fijarles sus remuneraciones.

b) Discutir y aprobar o modificar el Balance General de la compañía y el estado de Ganancias y Pérdidas con base en el Informe del Comisario.

c) Decidir con respec¬to al reparto de Dividendos y a la constitución del fondo de reservas especiales.

d) Cualesquiera otras atribuciones que la Ley le fije.

TITULO 4.

DE LA ADMINISTRACION DE LA COMPAÑIA

ARTICULO DECIMO: La Dirección de administración de la compañía corresponde a la Junta Directiva integrada por Mario Ramírez y Raúl Jiménez miembros, quienes pueden ser o no socios de la sociedad y serán elegidos por la Asamblea de Socios, la cual designará sus respectivos suplentes, quienes llenarán las faltas temporales o absolutas de sus principales.

ARTICULO DECI¬MO PRIMERO

La Junta Directiva durará 2 años en el ejercicio de sus funciones y sus miembros podrán ser reelegidos. Vencido dicho plazo la Junta Directiva vigente seguirá en ejercicio de sus funciones, hasta tanto se haga efectiva la sustitución o reelección de sus miem¬bros. Antes de iniciar el ejercicio de su función, el prescindente

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