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Actualidad Mesa Redonda


Enviado por   •  11 de Abril de 2018  •  Trabajos  •  1.148 Palabras (5 Páginas)  •  73 Visitas

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Introducción

El tema que nosotros escogimos en esta mesa redonda es la “Actitud de los Carabineros en las marchas o protestas”, la cual vamos a tomar desde diferentes puntos de vista y hablar sobre las cosas positivas y negativas de esta, ya que se podría ver desde un punto en el que los carabineros son los afectados, y otro en que los protestantes, seres inocentes, son las víctimas.

Las protestas son una forma muy común que se usa en la actualidad en busca de obtener algo o modificar una determinada situación, como por ejemplo marchas en que los estudiantes buscan educación gratuita, o trabajadores u obreros que buscan mejores sueldos participan, existiendo todo tipo de protestas con un fin, o hasta pueden ser solo marchas ideológicas.

En estos movimientos muchas veces Carabineros de Chile se ven involucrados a causa de destrozos o vandalismo, para controlar a la multitud, si es que la protesta no tiene autorización, etc.; siendo siempre parte de su trabajo el mantener el orden, a pesar de esto muchas veces los “pacos” se pasan de las manos agrediendo a civiles inocentes que no participaron en la protesta, o civiles que estaban actuando de manera ordenada y pacífica, dejando muchas veces a las personas malheridas o retenidas injustamente, por lo que se discute constantemente sobre este tema. A la vez los ciudadanos participes de estas marchas al sentir que su libertad está siendo traspasada actuando de manera violenta contra carabineros agrediéndolos de vuelta o defendiendo a otros civiles, lo que no necesariamente es verdad, ya que siempre existen “encapuchados que aprovechan estas protestas para destruir propiedad ajena o solo hacer mal.

Conclusión:

Ser oficial de la ley no es una carrera muy respetada en Chile, como en otros países como Estados Unidos, en donde las personas son mejor capacitadas para el trabajo y donde ser policía es signo de respeto, ya que constantemente se ve desprestigio en nuestros oficiales, los cuales muchas veces no cumplen con su trabajo o se ve que no tienen un verdadero compromiso con la ley, como estafas millonarias que han realizado carabineros anteriormente, o dejan libres a delincuentes sin darles la condena merecida.

Muchas veces a causa de estos desprestigios no respetamos a nuestros carabineros, insultándolos agrediéndolos siendo que ellos solo cumplen con su trabajo sin considerar si es una profesión digna o no, por participar en marchas o protestas a los carabineros no les van a pagar más o menos, generalmente los involucrados son de cargos inferiores, por lo que necesitan cumplir su deber como oficiales de la ley y el orden y controlar las protestas y/o marchas, ellos siguen un protocolo que les dice que hacer en el caso de estas protestas, ya que estas no son capaces de funcionar si no hay alguien que las esté cuidando, según podemos ver en el historial de muchos otros movimientos que no han resultado del todo bien.

Aunque los carabineros estén siguiendo instrucciones estos no pueden solo decidir cuándo intervenir y cuando no, ya que en estos movimientos todas las personas están autorizadas a participar esto es, pacíficas y sin armas donde participa gente de todas las edades que no siempre es peligrosa, por lo que hay que cambiar la forma de actuar de los policías de alguna forma para hacer cumplir la ley de manera mas justa e individualista haciendo responsable a cada persona de sus actos, porque no se puede seguir con muchas de las injusticias y agresiones que se producen en estas reuniones por parte de los oficiales que actúan de manera arbitraria cuando algo sale mal en el evento.


7. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (Código de Conducta). Adoptado por la Asamblea General en su resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979.

8. Directrices para la Aplicación Efectiva del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (Directrices). Resolución 1989/61 del Consejo Económico y Social de 24 de mayo de 1989.

9. Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (Principios Básicos). Adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.

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