ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Acusación Formal Del MP


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2013  •  1.526 Palabras (7 Páginas)  •  301 Visitas

Página 1 de 7

Causa Juzgado No. 026-2007 Of. 3°

Causa identificada en el M.P. 2600-2007

SEÑOR JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE.-

HECTOR EDUARDO BERDUCIDO MENDOZA, de generales personales ya conocidas por su digno cargo, en causa arriba identificada. Señalo como nuevo lugar para ser notificado en el Edificio del Ministerio Público situado en el Barrio Gerona, de la zona uno, de ésta Ciudad Capital. Ruego tomar nota para que se me siga notificando por ésta causa. Agencia Fiscal número ocho, Fiscalía Metropolitana.

En mi calidad de Agente Fiscal del Ministerio Público, comparezco a presentar solicitud de apertura a juicio y a plantear la formal acusación contra el Imputado de la causa, quien responde al nombre de RICARDO AUGUSTO SOLARES GALVEZ a quien se le acusa de la comisión del delito de Asesinato, en agravio de la víctima que respondía al nombre de Víctor Hugo López Mérida, por lo que para el efecto me permito;

EXPONER

I. DATOS QUE SIRVEN PARA IDENTIFICAR AL IMPUTADO:

El acusado responde al nombre de RICARDO AUGUSTO SOLARES GALVEZ de veinticinco años de edad, casado, guatemalteco, de oficio mecánico, de este domicilio y vecindad, se identifica con la cédula de vecindad número de Orden P guión diecisiete y Registro doce mil doscientos siete, extendida por el Alcalde Municipal de Sayaxché, Petén, con residencia en el Barrio Tres de Abril, San Benito, Petén. El acusado se encuentra en prisión preventiva desde el uno de diciembre del año dos mil seis, en el Centro Preventivo para Hombres de la zona dieciocho, de ésta Ciudad Capital, donde podrá ser notificado.

II. NOMBRE DEL DEFENSOR E INDICACION DEL LUGAR PARA SER NOTIFICADO:

Actúa como su defensor el Abogado DANIEL ESTUARDO ARÉVALO GOMEZ a quien se le puede notificar en su Bufete Jurídico Profesional ubicado en la cuarta calle once guión treinta de la zona uno, de ésta Ciudad.

III. RELACION CLARA, PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DEL HECHO PUNIBLE QUE SE LE ATRIBUYE Y SU CALIFICACION JURIDICA:

El Imputado, VICTOR HUGO LOPEZ MERIDA, trabajaba en el Aserradero Buenos Aires, de San Benito, Petén, lugar al que en múltiples oportunidades se hizo presente el acusado, para amenazarlo con matarlo si no dejaba de buscar a la “Candy”, sobrenombre con el que es conocida Candelaria del Rosario Solares Gálvez, hermana del imputado. El día treinta de noviembre del año dos mil seis, a la altura de la cuarta calle y segunda avenida de la zona uno, de ésta ciudad, el ahora imputado, a eso de las veinte horas, Víctor Hugo López Mérida, descendió de la camioneta en la que se transportaba de su lugar de trabajo, encontrándose con el acusado. Este se abalanzó sobre Víctor Hugo golpeándolo en diversas partes del cuerpo, desenfundando un resolver Smith-Wesson, calibre 38, le disparó, impactando el proyectil en la cabeza en la región frontal, causándole la muerte en forma instantánea.

IV. CALIFICACION JURIDICA:

El Código Penal en el artículo 132 establece lo siguiente: “Asesinato. Comete asesinato quien matare a una persona: 1) Con alevosía; 2) Por precio, recompensa, promesa, ánimo de lucro; 3) Por medio o con ocasión de inundación, incendio, veneno, explosión, desmoronamiento, derrumbe de edificio u otro artificio que pueda ocasionar gran estrago; 4) Con premeditación conocida; 5) Con ensañamiento; 6) Con impulso de perversidad brutal; 7) Para preparar, facilitar, consumar y ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o la inmunidad para sí o para sus copartícipes o por no haber obtenido el resultado que se hubiere propuesto al intentar el otro hecho punible; 8) Con fines terroristas o en desarrollo de actividades terroristas.

Al reo de asesinato se le impondrá prisión de 25 a 50 años, sin embargo, se le aplicará la pena de muerte en lugar del máximo de prisión, si por las circunstancias del hecho y de la ocasión, la manera de realizarlo y los móviles determinantes, se revelare una mayor particular peligrosidad del agente.

A quienes no se les aplique la pena de muerte por este delito, no podrá concedérsele rebaja de pena por ninguna causa”.

V. FUNDAMENTOS RESUMIDOS DE LA IMPUTACIÓN:

La Agencia Fiscal a cargo de la investigación pudo establecer que efectivamente ya existía conocimiento del Sujeto Activo del Delito de su víctima, con quien había mantenido una constante comunicación ya que pretendía que dicha persona se alejara de una persona de sexo femenino que le interesaba al victimario.

La información recabada en el lugar de trabajo de la víctima permite confirmar dicho extremo.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.1 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com