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La ley de matrimonio igualitario


Enviado por   •  16 de Abril de 2024  •  Resúmenes  •  577 Palabras (3 Páginas)  •  37 Visitas

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MAFFIA

En los últimos años en Argentina, la ley de matrimonio igualitario y la de identidad de género hicieron que se ponga en tensión el modelo de familia nuclear tradicional, conformado por padre-madre-hijos y dejando en evidencia que la familia no es una institución natural sino social y que se modifica de acuerdo al contexto socio histórico y político.

En la década del ’70 el feminismo teórico introdujo a los estudios reclamos por hacer visibles cambios sustanciales en las formas de convivencia y la diversidad de las familias existentes. 

A su vez, al interior de las familias se encierran relaciones de poder que a veces se expresan violentamente y dejan en la indefensión a los sujetos más débiles: mujeres, niñxs y ancianxs. Sin embargo, estos sujetos ahora tienen derechos reconocidos que deben ser garantizados por el Estado. Esto también estuvo vinculado a los esfuerzos del feminismo teórico y político.

En la década del ’80 la epidemia del sida dejó en evidencia las situaciones de injusticia y la falta de equidad ante la ley de personas homosexuales.

La ley de matrimonio igualitario (2010) permitió equiparar en todos los planos los derechos de las parejas heterosexuales, a los de cualquier pareja independientemente del sexo de los cónyuges. De esta manera, la constitución de nuevas familias demandó  la modificación de la ley de adopción y los derechos de filiación vinculados con el uso de TRHA. Las respuestas a estas demandas también se ven reflejadas en la modificación del capítulo de “filiación”  del Código Civil.

En cuanto a la Ley de Identidad de Género, permite el reconocimiento de identidad de género autopercibida, sin que sea necesario someterse a ningún tipo de intervención de cambio de sexo o un dictamen judicial que avale dicho cambio, así como también se corre del lugar de la patologizacion de la persona, que era sometida a diferentes estudios psicológicos y psiquiátricos. No obstante, la ley permite el acceso a todas estas intervenciones (quirúrgicas, hormonales, etc.) si la persona lo requiere (se deja de entender como obligación y se reconoce como derecho). Esta ley toca un punto central del sistema sexo/género que es la dicotomía sexual fundada en los cuerpos y los genitales (los cuerpos son propios y no del Estado). La identidad sexual es una cuestión de la identidad personal y el derecho a la identidad es un derecho básico y personalísimo. El sujeto debe  ser entendido como sujeto político y ciudadano, dueño de  su propio cuerpo, su sexualidad y su género.

Claro que la cuestión cultural sobre los cuerpos, sobre la sexualidad y sobre las identidades no se corrige con una ley, pero el consenso político legislativo es un paso notable en el progreso hacia una sociedad plural que admite la disidencia de las normas sexuales impuestas y no excluye de la ciudadanía a sujetos diversos.

En síntesis, desde la segunda mitad del siglo XX se incorporaron varios cambios en lo que respecta a las normativas y categorías tradicionales sobre la sexualidad. En los años ’60 la píldora anticonceptiva permitió separar la sexualidad de la reproducción. En los ’80 las tecnologías de reproducción asistida posibilitaron la procreación sin sexualidad. La adopción homoparental separó la sexualidad de las funciones materna y paterna y el cuidado. El matrimonio igualitario separó la heterosexualidad de la familia y la paternidad y la maternidad. La ley de identidad de género separa los cuerpos sexuados del género asignado. Queda pendiente el reconocimiento de los derechos y de las garantías de las personas intersexuales.

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