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Audiencia tutela de derechos


Enviado por   •  21 de Mayo de 2023  •  Ensayos  •  847 Palabras (4 Páginas)  •  29 Visitas

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AUDIENCIA TUTELA DE DERECHOS – PRUEBA ILICITA – CASO AGENDAS NADINE HEREDIA

PRIMERO:

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria declara infundado el pedido de tutela de derechos y desestimo el pedido de declaratoria de ilicitud de la pericia que se realizaron a los documentos.

  • La defensa técnica solicita la tutela de derechos, porque la obtención de las agendas fue de manera ilícita y que deben ser excluidas de la investigación.
  • El primer juzgado de investigación preparatoria declaro infundado y esta fue apelada y elevada una Superior Sala

SEGUNDO:

Obtención de documento:

  • En la denuncia se sostiene que Micheline Vargas León (empleada doméstica) en colaboración con Álvaro Gutiérrez Cueva (excongresista), aprovecho de su posición de empleada para poder hurtar dichas agendas.
  •  La defensa sostiene que los documentos fueron obtenidos vulnerando derechos fundamentales de los investigados.
  • Mas cabe señalar que el ministerio público no busco ilícitamente la obtención de las agendas, si no que fue un tercero quien entrego las agendas es por ello por lo que es correcta su validación en el proceso penal
  • En segundo lugar, el ministerio público no está vulnerando el derecho a la intimidad, solo busca material relacionado a ingresos millonarios para la campaña de Ollanta Humala provenientes de Venezuela y de empresas constructoras de Brasil.
  • La defensa alega el hurto de las agendas inhabilitaría su uso como prueba
  1. mas no es competencia del juez de instancia determinar si existe hurto o no
  2. No tiene cuantía para configurar el delito de hurto
  3. El hecho fue cometido por una supuesta persona que tenía consentimiento en su hogar
  4. El hecho no está corroborado con otros actos de investigación que le den consistencia
  5. La defensa no ha logrado acreditar el hurto
  6. No se tiene elementos de convicción del hecho y de cómo llegaron al congresista
  7. No se acredita que derecho fundamental fue violado

TERCERO:

Al no poder acreditar el hurto, se manejan varias hipótesis si la sustracción de las agendas fue realizada por un tercero o una persona dependiente de ellos o las agendas fueron extraviadas.

Para excluir las agendas, mínimamente se necesita datos fiables de la acreditación del hecho, es por ello por lo que la exclusión no procede debido a que no se puede probar que las mencionadas agendas fueron obtenidas de “manera ilícita”

Uso de las agendas:

Con relación a las agendas se practicaron diversos actos de investigación tales como:

Declaración de los investigados, declaración de testigos, requerimientos de informes, pericia grafo técnica y otros  

PETITORIO

 Que se confirme la resolución de fecha 18 de abril de 2017, expedida por el Primer Juzgado de Investigación

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