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Derecho internacional. Es posible la fragmentación en el sistema del Tratado Antártico y la CONVEMAR


Enviado por   •  17 de Mayo de 2024  •  Apuntes  •  987 Palabras (4 Páginas)  •  12 Visitas

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Alumno: Deborah Romina Centurión DNI  26.518.871

Materia: Las fuentes del derecho Internacional 

Comisión: 4743 ( CPO )

Fecha: 23/03/2024

Anteproyecto de investigación

Tema: VI. El análisis de las Fuentes del derecho Internacional Público desde el fenómeno de la denominada “Fragmentación”

Título: Es posible la fragmentación en el sistema del Tratado Antártico y la CONVEMAR.

Pregunta de conocimiento:

El sistema del tratado Antártico tiene áreas marinas protegidas que regulan la pesca, y la CONVEMAR tiene regulación de recursos pesqueros, ¿ son compatibles o incompatibles?  la fragmentación es aplicable a estos dos regímenes o no ? ¿en parte o en totalidad el sí o el no? ¿ la fragmentación genera nuevas fuentes entre estos regímenes?

hipótesis: Se ha llegado a la consideración de que no hay una fragmentación en el derecho internacional. Por otro lado, al hacer una investigación comparando  la convención de la CONVEMAR con el tratado Antártico con sus similitudes normativas y diferencias. Esto repercute que al ser el derecho del mar un tema transversal  a todos los países del mundo. Se han generado acuerdos entre estados soberanos, pero esto no hace a la creación de fuentes internacionales y su posterior implementación normativa.

Palabras claves.

Proceso de fragmentación en el espectro internacional – CONVEMAR – Tratado Antártico – cumplimiento y compromiso – capacidad limitada del estado argentino – áreas marítimas protegidas – conservación.

Resumen

Este trabajo de investigación pugna por llegar a poder acercarnos a un propósito de verificar regímenes que juegan un papel preponderante en los recursos de los océanos y si en base a las nuevas tendencias de vinculación entre los actores de derecho internacional hacen que haya una fragmentación. Los regímenes se aplican en conjunto o no,  generando nuevas fuentes o ampliando las ya existentes.

Por otro lado, en la actualidad el cambio climático afecta a todos por igual. Los tratados y acuerdos entre diferentes países no se llevan a cabo en una  coordinación integral para la preservación de la biodiversidad marítima y de los océanos. El tratado Antártico tiene un peso relevante en la comunidad, pero el asunto es como se esta gestionando mecanismos de protección que tengan como principio rector las fuentes del derecho internacional y si este tratado de cumplimiento y compromiso con el régimen de la CONVEMAR

Esquema Tentativa:

  1. Introducción
  2. El régimen de la CONVEMAR
  1. Implementación
  2. vinculación con las fuentes
  3. recursos pesqueros

     III. El  reconocimiento a nivel normativo del tratado de la Antártida

  1. principales clausulas
  2. enfoque desde las fuentes
  3. el impacto que genera en el contexto actual
  1. Las diferencias y compatibilidad  de ambos regímenes a la luz de la fragmentación.
  1. compatibilidad y aplicación de la fragmentación
  2. el enfoque global a la preservación del bioma marítimo.
  3. La importancia de introducir herramientas para el cambio climático

            Desarrollo:

II. CONVEMAR:

  1. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) es un instrumento multilateral jurídicamente vinculante para la conservación y la ordenación de las actividades de pesca en alta marLa CONVEMAR establece y define espacios y límites perfectamente delimitados como: aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y alta mar, normando los espacios relacionados con su jurisdicción y soberanía, así como la exploración y explotación de sus recursos pesqueros

El Convenio también proporciona el marco para el desarrollo futuro de áreas específicas del derecho del mar.

  1.  El texto de la Convención reconoce a las fuentes contenidas en el Art. 38 como “la base del derecho internacional” en los Artículos 74 y 83. Tal información indica que no sólo dichas fuentes de Derecho Internacional estarían contenidas dentro de “las demás normas de derecho”, sino que dentro de la lógica de la CONVEMAR constituirían la base del ordenamiento jurídico en cuestión hoja 7 / 22

Capítulo XII FRAGMENTACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL: DIFICULTADES DERIVADAS DE LA DIVERSIFICACIÓN Y EXPANSIÓN DEL DERECHO INTERNACIONA .  Pag 194 –

Como la mayoría de los tratadistas, la Comisión ha considerado que la cuestión tiene aspectos positivos y negativos, como lo prueba su reformulación del título del tema: «Fragmentación del derecho internacional: dificultades derivadas de la diversificación y expansión del derecho internacional».

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