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El derecho como ordenamiento normativo coactivo


Enviado por   •  19 de Mayo de 2024  •  Tareas  •  1.525 Palabras (7 Páginas)  •  26 Visitas

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INTRODUCCION

En esta relatoría, nos adentraremos en el análisis de la obra “El concepto de derecho” del escritor Norberto Bobbio destacado jurista, filósofo y politólogo italiano. nos adentraremos en el análisis de esta obra, examinando sus principales conceptos, argumentos y contribuciones al campo del derecho y la filosofía jurídica; también temas como la naturaleza del derecho, la relación entre el poder político y el orden jurídico, la importancia de la justicia y la equidad en la sociedad. Bobbio divide en cuatro partes distintas la definición del derecho: El derecho como ordenamiento normativo coactivo, Convergencia entre ordenamiento jurídico y poder estatal en la filosofía política moderna, La supremacía de la ley y poder legal y poder de derecho.

  1. EL DERECHO COMO ORDENAMIENTO NORMATIVO COACTIVO

Según Bobbio, entre los muchos significados del derecho, el más conectado con la teoría del estado es el del derecho como ordenamiento normativo, este se refiere al conjunto de normas que tienen como fin la convivencia y supervivencia de un grupo social. Estas normas buscan impedir acciones destructivas para el conjunto social y solucionar conflictos que amenacen la supervivencia del grupo. En otras palabras, el derecho como ordenamiento normativo tiene la finalidad de hacer posible la convivencia en comunidad.

Bobbio agrega que una característica específica de este tipo de derecho es que únicamente en la última instancia recurre a la fuerza física para hacer respetar las normas y hacer efectivo o eficaz el ordenamiento. Este se entiende como ordenamiento normativo coactivo.

La relación entre el derecho, entendido de esta forma, y la política es muy estrecha. Esto se debe a que es la manera en que las fuerzas políticas dominantes en la sociedad ejercen y sostienen su dominio.

Este concepto tiene su origen en el proceso de estatalización del derecho, es decir, que el derecho se convierte en una herramienta del estado y de quien detenta el poder de este. A su vez, se da la juridificación del Estado, es decir, el Estado de derecho. Esto tiene como consecuencia la reducción del derecho a derecho estatal, es decir, que el derecho solo es derecho cuando se identifica con el Estado y su facultad de ordenamiento coactivo. Por otro lado, el Estado se reduce al Estado jurídico, es decir, al ordenamiento jurídico.

Según Bobbio, ya no existe otro derecho que el derecho estatal y tampoco otro Estado que el Estado jurídico. Esta visión del derecho como ordenamiento normativo coactivo es fundamental para entender la estructura y funcionamiento de las sociedades modernas.

  1. CONVERGENCIA ENTRE ORDENAMIENTO JURIDICO Y PODER ESTATAL EN LA FILOSOFIA POLITICA MODERNA

En este capítulo, Norberto Bobbio profundiza en la convergencia entre el ordenamiento jurídico y el poder estatal en la filosofía política moderna. Según Bobbio, este proceso de convergencia es resultado de la estatalización del derecho y de la juridificación del estado.

 Por un lado, el derecho es considerado desde el punto de vista del estado o de lo que sería el poder soberano. De esto surge que, en adelante, Hobbes crea la tendencia a definir el derecho como el conjunto de las reglas establecidas e impuestas por aquel o aquellos que representan el poder soberano. Por otro lado, el estado es considerado desde el punto de vista del ordenamiento jurídico. Este proceso de convergencia entre estructuras jurídicas y poder político tuvo como consecuencia la reducción del derecho a derecho estatal y al mismo tiempo la reducción del estado al estado jurídico. Esto significa que no existe el estado si no como ordenamiento jurídico. Con dos fórmulas simples desde el momento en que nace el estado moderno como estado centralizado, se puede decir que ya no existe otro derecho como el derecho que el derecho estatal y ya no existe otro estado que el estado jurídico

La filosofía política de Hobbes, que puede ser considerada como la primera y más significativa teoría del estado moderno, representa el paso de un estado no jurídico, es decir donde no existe un derecho objetivo universalmente valido, además, la predominante imagen del derecho como ordenamiento normativo con la del Estado como un aparato para el uso de la fuerza, ha dado lugar, según Bobbio, a esta imagen del “Estado de derecho”, en la cual, ambos conceptos de derecho y Estado están estrechamente ligados

Lo mismo ocurre con la norma fundamental que también es una convención o una proposición evidente, que se expande en una serie de fuentes de las que emanan diversas normas, y que en su consideración globalizadora encuentra su unidad precisamente en derivar todas de la norma fundamental

  1. LA SUPREMACÍA DE LA LEY

Bobbio comienza estableciendo la importancia del principio de la supremacía de la ley en la organización y el funcionamiento de los sistemas jurídicos. Este principio sostiene que la ley es la norma suprema que prevalece sobre cualquier otra norma o autoridad en la sociedad, incluidas las decisiones de los funcionarios públicos y las disposiciones de los poderes legislativo y ejecutivo profundizando en los fundamentos filosóficos y políticos que respaldan la supremacía de la ley, destacando su papel crucial en la protección de los derechos individuales y en la limitación del poder estatal.

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