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El examen de derecho civil


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  Exámen  •  1.887 Palabras (8 Páginas)  •  609 Visitas

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1. Definición de contrato de depósito indicando las clases en que se divide dicho contrato.

Contrato por virtud del cual el depositario se obliga a recibir una cosa mueble o inmueble que el depositante le confía, para que la custodie y restituya cuando éste se lo pida.

Clases: Civil, mercantil, administrativo y judicial. Regular e irregular.

2. Señalar los elementos esenciales y de validez del contrato de depósito y explicarlos brevemente

ESENCIALES (solo precisa estudiar el objeto)

El objeto. Recae sobre bienes muebles e inmuebles, comprendiendo valores, documentos, títulos de crédito, o en general bienes muebles, y según sea la naturaleza civil o mercantil de este, el contrato tomara esas características)

VALIDEZ

Capacidad. Exige aptitud general para contratar y no requiere que el depositante sea propietario de la cosa; usufructuario, mandatario, poseedor, etc.

Forma. (Consensual) La formalidad es medida de seguridad de las partes, no requisito para la validez del contrato.

3. Indique la diferencia entre el secuestro judicial y convencional respectivamente

Secuestro judicial: Deposito ordenado por el juez con motivo de un litigio, para asegurar ciertos bienes, no hay acuerdo entre depositante y depositario.

Secuestro convencional: Depósito que por acuerdo de las partes litigantes se constituye a favor de un tercero, quien deberá entregar la cosa a aquél a quien se decida por sentencia ejecutoriada.

4. Señale la caracterización del contrato de mandato así como las clases de mandato existentes.

Caracterización:

a) Es generalmente principal

b) Puede ser accesorio cuando el mandato desempeña una función de garantía o de medio para cumplir una obligación preexistente.

c) Es bilateral

d) El mandato es generalmente oneroso, solo será gratuito cuando así se haya convenido expresamente.

CLASIFICACIÓN

REPRESENTATIVO. El mandatario ejecuta los actos en nombre y en cuenta del mandante.

NO REPRESENTATIVO. El mandatario ejecuta actos solo por cuenta, no a nombre del mandante.

CIVIL

MERCANTIL. Se otorga para ejecutar actos comerciales.

ONEROSO

GRATUITO

GENERAL. Para pleitos y cobranzas, para administración, el que tiene por objeto ejecutar actos de dominio.

ESPECIAL

5. Indique las obligaciones del mandante y mandatario respectivamente.

Obligaciones del mandatario

• Ejecutar el mandato personalmente, excepto cuando está facultado para sustituir el poder.

• Se sujetara a las instrucciones recibidas.

• Deberá informar al mandante durante la ejecución del mandato y al terminar

• Deberá rendir cuentas al mandante, entregando todas las sumas que hubiere recibido por el mandato, y las utilidades o cantidades que por cualquier otra causa percibiere.

• Deberá indemnizar al mandante de los daños y perjuicios que le causare por traspasar los límites del mandato.

Obligaciones del mandante

• Anticipar al mandatario los fondos necesarios para la ejecución del mandato

• Pagar al mandatario las cantidades que hubiese anticipado o suplido para la ejecución del mandato, así como sus intereses.

• Indemnizar al mandatario de los daños y perjuicios causados por la ejecución del mandato.

• Cubrir al mandatario una retribución u honorarios, cuando no se haya estipulado que el mandato sea gratuito.

6. Mencione las formas de terminación del contrato de mandato y explique de manera breve en que consiste la revocación de dicho acto jurídico.

I.- Por la revocación; Acto jurídico que deja sin efecto un acto anterior

II.- Por la renuncia del mandatario;

III.- Por la muerte del mandante o del mandatario;

IV.- Por la interdicción de uno u otro;

V.- Por el vencimiento del plazo y por la conclusión del negocio para el que fue concedido;

7. De acuerdo a nuestra legislación vigente indique los atributos que le corresponden a toda asociación.

• Es una persona jurídica.

• Nace de contrato

• Constituye una reunión que no sea enteramente transitoria, de dos o más individuos.

• Realiza un fin común que no sea preponderantemente económico y sea lícito.

8. Indique las consecuencias jurídicas que genera la personalidad en la asociación

a) Por virtud de la persona jurídica se crea un patrimonio autónomo.

b) La persona colectiva, la sociedad, puede ser acreedora o deudora de sus miembros, y a su vez acreedores y deudores de la sociedad.

c) El patrimonio autónomo corresponde a la sociedad no constituye una copropiedad; no existen los derechos de propiedad sobre partes alícuotas de conjunto de miembros o integrantes, con relación a los bienes que constituyan el patrimonio social.

d) El patrimonio de la sociedad, sirve de prenda a los acreedores.

e) * No existe compensación cuando un tercero acreedor o deudo de la PC o de la sociedad, y acreedor o deudor de unos de los socios o miembros del grupo

f) Cuando el patrimonio social está constituido exclusivamente por bienes inmuebles, los derechos de cada uno se reputan muebles, como consecuencia de que no tienen propiedad sobre las partes alícuotas, caso en el cual si deberían ser inmuebles, tal como acontece en la copropiedad.

9. Definición de asociación

Corporación de derecho privado dotada de personalidad jurídica, que se constituye mediante un contrato, por la reunión permanente de dos o más personas para realizar un fin común, lícito, posible y de naturaleza no económica, pudiendo ser político, científico, artístico o de recreo.

10. Indique lo relativo a la disolución de la asociación

Las asociaciones se disuelven por la realización de sus fines; éstos se vuelven imposibles, extinción del plazo, o acuerdo unánime de sus miembros.

11. Diga la definición de sociedad señalando el consentimiento y el objeto de la misma

Corporación privada, dotada de personalidad jurídica, que se constituye por contrato celebrado entre dos o más personas, para la realización de un fin común, lícito, posible y preponderantemente económico, mediante la aportación de bienes o industria, o de ambos, siempre y cuando no lleve a cabo una especulación comercial, ni adopte forma mercantil.

CONSENTIMIENTO.- Manifestación de la voluntad en relación con el fin que se persigue.

OBJETO.- Se caracteriza por la aportación de bienes o industria. El

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