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Caso 1 administrativo laboral


Enviado por   •  14 de Agosto de 2016  •  Apuntes  •  775 Palabras (4 Páginas)  •  183 Visitas

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Presentado por :

Derecho noche

Grupo 821

Caso 1.

¿usted como juez o jueza, aplicaría el artículo 13 de la constitución política de Colombia y el artículo 3 de la ley 1945 que establece una jornada equivalente a cuarenta y ocho(48) horas a la semana y e parágrafo 3 ídem, que prevé una remuneración para el trabajo adicional o suplementario? ¿Condenaría el Departamento de Córdoba?

En primera medida y respecto a la primera pregunta no se aplicaría  ninguna de las normas mencionadas ya que dicho trabajador, está regido por el decreto 1042 del año 1978, específicamente con el artículo 33, donde habla de la jornada laboral para los trabajadores que presten servicios de vigilancia, la cual establece que para este tipo de empleo la jornada máxima es de 66 horas semanales, por la naturaleza de su trabajo, repartidas en 12 horas diaria. Respecto a la segunda pregunta el grupo considera que no se condenaría el departamento porque el departamento le está reconociendo el pago máximo de horas extras que permite la ley  

Caso 2.

¿Usted como juez o jueza como resolvería el caso?

El sr Antonio no tiene ningún un documento administrativo que fundamente las horas dominicales o festivos y días compensatorio, que fueran firmadas por una autoridad superior  para realizar dicha labor, ni la labor cumplida, ya que el señor cumplía mas 44 horas semanales de labores, según el artículo 33; por lo tanto es la corte constitucional la competente para dirimir dicho conflicto y no un juez de la república, ya que en el tema de salarios con ajustados por el gobierno nacional por lo que debe ser negado la pretensión del sr Antonio.

Caso 3

Considera usted que  el señor Pedro Pérez tiene derecho a todo lo reclamado o solo algunos conceptos? ¿Cree usted que el trabajo suplementario requería autorización como lo exigen las normas del decreto 1042 de 1978?¿Considera que las labores inherentes al cargo y la naturaleza del cargo llevan implícito la extensión de la jornada laboral y que por ende dentro de la remuneración del celador ya van incluidos todos estos conceptos?  

Con relación a  este caso este trabajador solo tiene derecho a que le reconozcan 50 horas máximo mas el reconocimiento de los días compensatorios,  todo esto  establecido en  la norma,  (esto con relación a la primera pregunta) entonces  (esto con lo que respecta a la segunda pregunta) para que este trabajador pueda tener derecho al reconocimiento y pago de horas extras, se deberán cumplir los siguientes requisitos en concordancia con el artículo 40 del decreto 1042 de 1978 lo cual establece que este trabajador debe: 1. Estar previamente autorizado por autoridad competente,(situación que en el  siguiente caso no sucede)2. Responder a la exigencia de servicios estrictamente necesarios e indispensables para asegurar el cumplimiento de los fines de la institución. 3. No rebasar el límite de horas diarias aquí dispuesto. 4. Estar en el nivel técnico. No obstante para  el reconocimiento de los días compensatorios, se debe tener en cuenta si el trabajo es ocasional o habitual. En ningún caso las horas extras tienen carácter permanente, salvo excepción justificada por el ordenador del gasto. Y en base a la última pregunta si lleva implícito la extensión de la jornada laboral, ya que en detallada forma su función como tal es específica, y así como lo menciona el decreto tienen un máximo de horas por su labor, que es de 12 horas máximo. Con fundamento en lo anterior, no sería viable el reconocimiento de horas extras, dominicales, festivos ni compensatorios.

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