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Controlar la cobranza para la recuperacion de credito


Enviado por   •  15 de Octubre de 2012  •  Trabajos  •  450 Palabras (2 Páginas)  •  663 Visitas

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3 CONTROLAR LA COBRANZA PARA LA RECUPERACION DE CREDITO

Categoría A o “riesgo normal”

Los créditos calificados en esta categoría reflejan una estructuración y atención apropiadas.Los estados financieros de los deudores o los flujos de caja del proyecto, así como el resto deinformación crediticia indican una capacidad de pago adecuada, en términos del monto y origende los ingresos con que cuentan los deudores para atender los pagos requeridos.

Categoría B o “riesgo aceptable, superior al normal”

Los créditos calificados en esta categoría están aceptablemente atendidos y protegidos, peroexisten debilidades que pueden afectar, transitoria o permanentemente, la capacidad de pagodel deudor o los flujos de caja del proyecto, en forma tal que, de no ser corregidasoportunamente, llegarían a afectar el normal recaudo del crédito.

Categoría C o “riesgo apreciable”

Se califican en esta categoría los créditos que presentan insuficiencias en la capacidad de pagodel deudor o en los flujos de caja del proyecto y comprometen el normal recaudo de laobligación en los términos convenidos

3.1 REVISAR LA CARTERA DE CREDITO DE CLIENTES CUMPLIDOS E INCUMPLIDOS

1. Cantidad de clientes, activos e inactivos.

2. Saldo de las cuentas

3. Grados de morosidad (Cuentas al corriente, con atraso de 30 días, 60, 90 y mas días)

4. Cartera Incobrable

3.2 VERIFICAR LA CARTERA DE CREDITO EN BASE A LAS CONDICIONES DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO

El contrato de apertura de crédito es aquel en virtud del cual un sujeto llamado acreditante, se obliga a poner a disposición de otro llamado acreditado, una determinada cantidad de dinero, o bien a contraer durante ese tiempo, una obligación a su nombre; y por su parte, el acreditado se obliga a restituir ese dinero o a pagar la obligación contratada, en el término pactado (art. 291, LGTOC).

Este contrato permite la posibilidad del cobro de intereses y/o comisiones. Cuando coloquialmente se habla de un préstamo comercial, a lo que se está haciendo referencia, en términos generales, es al contrato de apertura de crédito[1].

Este tipo de contrato se divide en dos tipos: el contrato de crédito simple y el contrato de crédito en cuenta corriente.

El contrato de crédito simple tiene como principal característica que termina cuando se agota la cantidad puesta a disposición, o cuando expira el tiempo durante el cual existía obligación de ponerlo a disposición; lo que suceda primero.

El contrato en cuenta corriente es aquel en virtud del cual el término permanece invariable, pero al acreditado, conforme vaya haciendo uso del dinero puesto a su disposición, lo puede ir regresando en remesas parciales, de modo que aunque disponga de parte del monto, el límite máximo del crédito nunca se agote (art. 296,

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