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Crisis De Representatividad Y Legitimidad Del Sistema Politico Venezolano


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2011  •  5.302 Palabras (22 Páginas)  •  2.039 Visitas

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LA CRISIS REPRESENTATIVA DEL SISTEMA POLITICO VENEZOLANO

La representante de crisis del sistema político venezolano. Resumen Sobre la superficie, parece que las democracias latinoamericanas han cumplido los requisitos mínimos para ser considerados democráticos. Sin embargo, un análisis profundo revela las dificultades inherentes a este aspecto. La causa de esta dificultad está basado en el hecho de que existimos en crisis nacida de nuestro propio cuestionamiento del concepto de "representativn". Actualmente estamos en el proceso de imaginar un nuevo paradigma para el estado de Venezuela, que afirma dimensiones de its'role en la influencia de la sociedad y its'international. lt, por tanto, no es inútil debatir la conclusión de que una democracia representativa, epistemológicamente elegido como un modelo para la democracia y su sustitución utilizados para el paradigma establecido de las democracias representativas es posible cuando su pueblo, como una comunidad de personas, participa libremente, activa y responsablemente en el contexto de un Estado.

Los hombres y mujeres que tenemos fe en el ideario democrático como método de gobierno, pero también como forma de vida a la que tiene derecho el amplio espectro de pueblos que integran la gran nación latinoamericana, no nos podemos contentar hoy con ilusiones, y menos con la ilusión retoricista, fórmula ideológica que, cual ritornello, ha nublado reiteradamente la comprensión de nuestra realidad. Como nos lo recuerda Marx en un escrito dejuventud; «La exigencia de abandonar las ilusiones acerca de una situación es la exigencia de abandonar una situación que necesita de las ilusiones» (1).

Aparentemente, las democracias latinoamericanas han cumplido con los principios mínimos que le atribuye Bobbio (2) a un régimen para que pueda ser identificado como democrático: Primero, la consagración y real vigencia del derecho a participar directa o indirectamente en la toma de decisiones colectivas; Segundo, la existencia de reglas procesales a las que se someten los actores del juego democrático; y Tercero, la existencia de alternativas reales que permitan al ciudadano seleccionar libremente entre una y otra.

* Abogado. Profesor U.C.V. Ponencia del Panel "Representación y participación en el Sistema Politico venezolano". III Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Pública. Madrid, 1417 de octubre de 1998.

(1) Marx (1965), p.72.

(2) Bobbio (1986), pp. 14 y ss.

Sin embargo, cuando uno se adentra en el análisis, comienzan a surgir las dificultades. Intentemos desentrañarlas.

II. Las nuevas constituciones latinoamericanas consagran el derecho del pueblo a participar directamente en las decisiones colectivas. Los canales regulares para ello se subsumen fundamentalmente en el referéndum popular, mecanismo de democracia semidirecta (directa si la iniciativa es popular), gracias a lo cual se toma una decisión, con un sí o un no mayoritario. Lo cierto es que la tradición refrendaría en América Latina es mínima (piénsese que en Venezuela, en cerca de doscientos años de vida republicana no hemos conocido experiencias refrendarías nacionales), salvo el caso de Uruguay, que se erige como una interesante excepción que confirma nuestra tradición antirefrendaria.

Segundo; el derecho a participar indirectamente en las decisiones a través de representantes elegidos, si está consagrado unánimemente en nuestros textos constitucionales. Ello nos remite de lleno en el tema de la representación política y la democracia representativa, lo cual dado que se trata del tipo de democracia, que con sus matices, se instauró primero en Occidente, y de allí irradió su espíritu al mundo, merece el siguiente excursus.

Entre muchas ideas y argumentos, Rousseau es, entre otras cosas recordado por una sentencia urticante, que revela que las elecciones deben contextualizarse en una realidad que va mucho más allá del puro principio representativo: "El pueblo inglés cree ser libre, y se engaña mucho: no lo es sino durante la elección de los miembros del parlamento; desde el momento en que estos son elegidos, el pueblo ya es esclavo, no es nada. El uso que hace de los cortos momentos de su libertad merece bien que la pierda" (3).

Antes que todo, la representación tal como lo conocemos modernamente es un atributo de la democracia liberal (liberalismo y democracia, dos conceptos surgidos como antitéticos, que derivaron también en estrecha unión), que se define, entre otras cosas, a diferencia de la democracia directa que floreció en el siglo V a.c. en la polis ateniense, por el ejercicio indirecto del poder gracias a la elección de representantes. Dicho enfáticamente: la democracia de los antiguos es democracia directa, la democracia de los modernos (la conocida a partir de las revoluciones liberal-burguesas) es democracia representativa.

La tesis que en sus grandes rasgos pasó a exponer, consiste en que vivimos una crisis de representatividad que ha terminado por cuestionar el concepto mismo de representación. Comentaré brevemente algunos de los elementos que abonan dicha tesis:

Primero, la idea original de la representación política estuvo ligada al concepto de nación, concebida como "Comunidad de destino", expresión colectiva del interés general. Por tanto, los representantes interpretan la nación, no intereses particulares, por más noble y altruista que sea su procedencia. Hoy tal interpretación no responde efectivamente a buena parte de la realidad. Los intereses, sea de partidos o de banderías, de gremios o de movimientos, "globales", regionales o locales, valen tanto en el corazón de algunos representantes, como el otrora sacrosanto interés nacional. Segundo, consecuencia de lo anterior, el mandato del representante era libre, por consiguiente, no atado a las prescripciones que le impusieran sus representados. Burke, en su celebérrimo discurso a los electores de Bristol, el año 1774, lo subrayó con elocuentes palabras: "El Parlamento no es un congreso de embajadores que defienden intereses distintos y hostiles, intereses que cada uno de sus miembros debe someter, como agente y abogado, contra otros agentes y abogados, sino una asamblea deliberante de una nación, con un interés: el de la totalidad; donde deben guiar no los intere-ses y perjuicios locales, sino el bien general que resulta de la razón general del todo" (4). Los partidos disciplinados, herederos dilectos, aunque malagradecidos, del principio leninista del centralismo organizacional, han pervertido el mandato

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