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Derecho Administrativo


Enviado por   •  15 de Febrero de 2012  •  452 Palabras (2 Páginas)  •  505 Visitas

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DERECHO ADMINISTRATIVO

CARÁCTERÍSTICAS DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA

ORGANOS CENTRALIZADOS

1. Las facultades de decisión y mando se encuentran concentradas en los órganos superiores.

2. Su personalidad jurídica es la misma del Estado.

3. Sus facultades son dadas por la Constitución, ley o reglamento.

4. Es creada por ley

5. Tienen organización jerarquizada de la Administración, establecida de acuerdo a la Constitución y a la ley reglamentaria.

ORGANOS DESCENTRALIZADOS

1. Su creación se da a través de una ley o decreto del Legislativo, o de un decreto del Ejecutivo

2. Tienen personalidad jurídica propia, diferente de la personalidad del Estado, que es su creador.

3. Tienen patrimonio propio, que aunque originalmente pertenece al patrimonio del Estado, su manejo y aplicación se realiza de acuerdo con los fines de esta persona.

4. Son credos para la realización de actividades estratégicas o prioritarias del Estado, para la prestación de un servicio público o social, o de obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social.

5. Implica control por parte de la Administración Pública Centralizada, a través de su integración en un sector, a cargo de una dependencia.

ORGANOS DESCONCENTRADOS

1. Se presenta cuando dentro de un órgano central funciona otro órgano con alguna libertad técnica y/o administrativa.

2. El titular del órgano desconcentrado depende directamente del titular del órgano central.

3. Las unidades del órgano desconcentrado no tienen relación jerárquica respecto de las unidades del órgano central.

4. Las facultades del órgano desconcentrado, originariamente pertenecían al órgano central.

5. No cuentan con patrimonio propio.

6. No tienen personalidad jurídica propia.

ADMINISTRACION PARAESTATAL

1. Están integradas por entidades independientes de la Administración Pública Centralizada.

2. Las entidades tienen funciones específicas, de interés público

3. Se crean por un instrumento legal, ya sea del Legislativo o del Ejecutivo.

4. Tienen patrimonio propio

5. En términos generales, tienen personalidad jurídica, diferente de la del Estado.

6. Aunque no están sujetas a la jerarquía de la administración centralizada, están sujetas al control del Estado.

FIDEICOMISOS PÚBLICOS

REQUIEREN:

1. Que sean organizados de una manera análoga a los organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria.

2. Que tengan como propósito auxilia al Ejecutivo, mediante la realización de actividades prioritarias.

3. Que cuenten con comités técnicos.

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