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Derecho Procesal Civil En Roma


Enviado por   •  12 de Junio de 2015  •  465 Palabras (2 Páginas)  •  313 Visitas

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Se le denomina derecho procesal civil romano al conjunto de reglas que en la antigua Roma debían de observar los litigantes para asegurar el triunfo de sus pretensiones ante los tribunales.

Es la rama del Derecho romano dedicada al estudio del proceso judicial de la Antigua Roma.

Evolución del derecho de accion

Originalmente, la noción de acción es sinónimo de un conjunto de ritos sagrados y procedimientos ineludibles; y es durante el denominado Procedimiento Formulario del Derecho Romano, que el derecho de acción pasa a ser el propio derecho material que se exige y deduce dentro del juicio. Más adelante, en la etapa del Procedimiento Extraordinario (que se reproduce en la época del emperador Justiniano), encontramos a la siguiente definición de acción: “ el derecho de perseguir en juicio lo que a uno se le debe”.

Identifica a la acción con el derecho material que se discute en juicio, es decir, señala que ambos son equivalentes, de tal modo que quien tenía acción tenía el derecho, y no podía obtener otra cosa del órgano jurisdiccional que una resolución favorable.

Las acciones se clasificaron principalmente en acciones civiles y pretorias, arbitrarias, acciones reipersecutorias, penales y mixtas, acciones in rem y acciones in personam, acciones de buena fe y de derecho estricto, temporales y perpetuas, privadas y populares y finalmente las directas y las útiles.

Acciones civiles y pretorias

Las acciones civiles proceden del antiguo ius civile, las acciones pretorias provienen del poder jurisdiccional del pretor y comprenden tres categorías:

Acciones ficticias o con ficción: son aquellas en las que el pretor ordena al juez que juzgue, fingiendo un hecho o un derecho que no existe o se da por inexistente, aunque exista verdaderamente. La ficción jurídica sólo puede ser usada por el magistrado como medio técnico -jurídico de carácter interpretativo mientras que la jurisprudencia, en cambio, actúa en vía interpretativa y hace derecho mediante extensiones y equiparaciones analógicas, pero no puede imponer la ficción.

Acciones in fatum: fueron creadas por el pretor, desde los comienzos del siglo I A.C. para reprimir conductas dolososas, aunque estas no estuvieran comprendidas en el ius civile.

Acciones con transposición de personas: el pretor utiliza la ficción siempre para conseguir un fin justo, y es por ello que en esta clase de acciones, la condena afecta a una persona distinta de la que en principio, debía afectar.

Acciones in rem y acciones in personam

Todas estas acciones pueden ser reales (o in rem) o personales (o in personam). Las primeras sirven para reclamar cualquier cosa; en este caso la acción debe ejercitarse contra la persona que detente la cosa para que de alguna manera limite o impida el derecho real del actor. Como ejemplos de esta acción tenemos la acción reinvindicatoria.

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