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Derecho Romano


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2013  •  375 Palabras (2 Páginas)  •  333 Visitas

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Curia: Una curia, en los tiempos de la Antigua Roma, era una subdivisión del pueblo, más o menos identificada con una tribu.

Civitas: Ciudadanía. Este estatus garantizaba derechos civiles y políticos.

Comicios: Junta que tenían los antiguos romanos para tratar de los negocios públicos.

Plebiscitos: Ley que la plebe de Roma establecía separadamente de las clases superiores de la república, a propuesta de su tribuno.

Edicto: es el mandato o decreto publicado con autoridad del príncipe, magistrado, juez o autoridad administrativa que dispone la observancia de ciertas reglas en algún asunto.

Fas: el Derecho de los dioses, es decir, lo permitido y manifestado por la divinidad.

Jurisprudentia: ciencia del derecho; es el conocimiento de las cosas divinas, humanas y ciencia de lo justo e injusto, unión de derecho religioso y derecho profano.

Jus: Es la obra de la humanidad. Derecho en toda su integridad.

Jus Gentium: el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana.

Curia: Una curia, en los tiempos de la Antigua Roma, era una subdivisión del pueblo, más o menos identificada con una tribu.

Civitas: Ciudadanía. Este estatus garantizaba derechos civiles y políticos.

Comicios: Junta que tenían los antiguos romanos para tratar de los negocios públicos.

Plebiscitos: Ley que la plebe de Roma establecía separadamente de las clases superiores de la república, a propuesta de su tribuno.

Edicto: es el mandato o decreto publicado con autoridad del príncipe, magistrado, juez o autoridad administrativa que dispone la observancia de ciertas reglas en algún asunto.

Fas: el Derecho de los dioses, es decir, lo permitido y manifestado por la divinidad.

Jurisprudentia: ciencia del derecho; es el conocimiento de las cosas divinas, humanas y ciencia de lo justo e injusto, unión de derecho religioso y derecho profano.

Jus: Es la obra de la humanidad. Derecho en toda su integridad.

Jus Gentium: el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana.

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