Jurisprudencia Cazzes
Enviado por omarbersaa • 28 de Septiembre de 2013 • 255 Palabras (2 Páginas) • 882 Visitas
Registro: 2,003,563
Tesis aislada
Materia(s):Penal
Décima Época
Instancia: Primera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo: Libro XX, Mayo de 2013, Tomo 1
Tesis: 1a. CLXVI/2013 (10a.)
Página: 537
EFECTO CORRUPTOR DEL PROCESO PENAL. CONDICIONES PARA SU
ACTUALIZACIÓN Y ALCANCES.
A juicio de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la
vulneración de los derechos fundamentales del acusado en el proceso penal
puede provocar, en determinados supuestos, la invalidez de todo el proceso, así
como de sus resultados, lo cual imposibilitará al juez para pronunciarse sobre la
responsabilidad penal de una persona. Esta Primera Sala considera que el efecto
corruptor del proceso penal se actualiza cuando, en un caso concreto, concurran
las siguientes circunstancias: a) que la autoridad policial o ministerial realice
alguna conducta fuera de todo cauce constitucional y legal; b) que la conducta de
la autoridad haya provocado condiciones sugestivas en la evidencia incriminatoria
que conlleven la falta de fiabilidad de todo el material probatorio; y c) que la
conducta de la autoridad impacte en los derechos del acusado, de tal forma que
se afecte de forma total el derecho de defensa y lo deje en estado de indefensión.
Así las cosas, cuando el juez advierta la actualización de estos supuestos, deberá
decretar la invalidez del proceso y, al no haber otras pruebas que resulten
incriminatorias, decretará la libertad del acusado.
Amparo directo en revisión 517/2011. 23 de enero de 2013. Mayoría de tres votos.
Disidentes: José Ramón Cossío Díaz, quien formuló voto particular y Jorge Mario
Pardo Rebolledo; Arturo Zaldívar Lelo de Larrea formuló voto concurrente.
Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretarios: Javier Mijangos y
González y Beatriz J. Jaimes Ramos.
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