LIQUIDACION DE PENSION DE VEJEZ TALLER UNIDAD 3
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LIQUIDACION DE PENSION DE VEJEZ
TALLER UNIDAD 3
PRESENTADO POR: SANDRA SOFIA JIMENEZ OBANDO
PRESENTADO A: DRA. ROSA CECILIA ALVARADO
LEGISLACION EN SALUD
MODALIDAD VIRTUAL
ESPECIALIZACION EN AUDITORIA EN SALUD
FUNDACION UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA
2015
LIQUIDACION DE PENSION DE VEJEZ
CASO
Juan, nació el día 13 de febrero de 1952, a la fecha tiene cotizadas 1440 semanas y presenta un ingreso base de liquidación de $1.950.000. Siendo el salario mínimo para el año de $616.000.
Juan tiene derecho a la pensión de vejez?
Cuál es el valor de la mesada mensual de Juan?
Juan, nació el 13 de febrero de 1952, tiene los requisitos para estar incluido dentro del régimen de transición, por haber tenido más de 40 años de edad al 1 de Abril de 1994, además, le faltaban menos de 10 años para cumplir los requisitos de tiempo y edad, pues cumplió 60 años el 13 de Febrero de 2012, en la actualidad tiene 63 años, o sea que cumplió la edad exigida por el régimen de transición ( 60 años) antes de expirar el termino impuesto por la Ley 100 de 1993.
Lo anterior indica que se le aplica el régimen pensional que se aplicaba el 1º de Abril de 1994, esto es el acuerdo 049 de 1990, del seguro Social, (presumiendo que ha cotizado a esta entidad), que exigía para tener derecho a pensión, en su artículo 12, acreditar un mínimo de 1.000 semanas de cotización, y 60 años o más de edad, para los varones.
Estos requisitos fueron confirmados por el artículo 33 de la Ley 100 de 1993.
Igualmente se aplica el régimen de prima media con prestación contenida en los artículos 31 y 32 de la Ley 100 de 1993, que exige, también, haber cotizado como mínimo 1.000 semanas en cualquier tiempo.
Así mismo este articulo, al igual que el 36, modificaron las edades para acceder a la pensión, fijándola en 62 años para el hombre, a partir del 1º de Enero de 2014, lo que no cobija a Juan, por cuanto cumplió los requisitos de edad y tiempo de cotización en el año 2012.
De acuerdo con el artículo 34 de esta misma Ley, tiene derecho que se le liquide su pensión teniendo en cuenta hasta el 90 % de su ingreso base de liquidación, según la norma aplicable, que es el Acuerdo 049 de 1990 del Seguro Social.
Este régimen fue modificado en el acto legislativo 01 de 2005, disposición que señaló que la vigencia del régimen sería hasta el 31 de Julio de 2010 y sólo seguiría para aquellas personas que al 25 de Julio de 2005 acreditaran también 750 semanas cotizadas, además de contar con las condiciones iniciales, es decir la edad de 35, 40 o 15 años de servicio, este requisito también lo cumple Juan, por cuanto al 25 de Julio de 2005 había cotizado más de 750 semanas.
Así mismo, el acto legislativo señalo que en todo caso el régimen de transición iría hasta el 2014, es decir que las personas que eran beneficiarias de él y adicionalmente acreditaban 750 semanas cotizadas a Julio de 2005, podrán pensionarse de acuerdo a las condiciones anteriores hasta el 31 de Diciembre de aquel año. Ya dijimos que Juan cumplió sus requisitos en el 2012, antes de expirar este término.
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