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Nulidad De Matrimonio


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2013  •  511 Palabras (3 Páginas)  •  434 Visitas

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C. JUEZ EN TURNO DE PRIMERA

INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR

P R E S E N T E

VICTOR JESUS AGUIAR IBAÑEZ, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el Despacho ubicado en la calle Avenida México número 734 setecientos treinta y cuatro en la colonia San José, de esta Ciudad, autorizando bajo los términos de los artículos 65° y 66° del Código de procedimientos Civiles a las LICS. WENDY GISELLE RENTERIA MENDOZA y/o VANESSA ESPORE ZAVALA; ante usted con el debido respeto comparezco y;

E X P O N G O:

Que por mi propio derecho y en la Vía de Jurisdicción Voluntaria, por este medio vengo a promover la nulidad absoluta del matrimonio civil que celebre con la demandada C. MARCELA NUÑEZ TOVAR con fecha el día 20 de abril de 1999.

Para los efectos de que ese H. Juzgado esté en condiciones de poder resolver lo conducente a mi solicitud, me permito hacer de su conocimiento los siguientes:

H E C H O S:

A).- con fecha 20 de abril de 1999 contraje matrimonio civil con la demandado C. MARCELA NUÑEZ TOVAR, tal como lo pruebo con el acta relativa al matrimonio civil de la suscrita con el hoy demandado, misma que se anexa a la presente.

B).- La hoy demandada contrajo otro matrimonio civil, con el C. DAVID ANTONIO TORRES HARO, con fecha 08 de octubre de 2006, matrimonio que fue celebrado con posterioridad al del suscrito con la hoy demandada.

C).- Durante nuestro matrimonio procreamos tres hijos de nombre KAREN ALEJANDRA, STEPHANIE GISELLE y MANUEL ANTONIO, todos ellos de apellidos AGUIAR NUÑEZ, tal como lo acredito con las actas relativa al nacimiento de nuestros hijos, mismas que anexo a la presente.

D).- El matrimonio celebrado entre la hoy demandada la C. MARCELA NUÑEZ TOVAR y el C. DAVID ANTONIO TORRES HARO es nulo de pleno derecho, y está afectado de pleno derecho por ser posterior al celebrado por el suscrito y la demandada C. MARCELA NUÑEZ TOVAR , y además por ir contra leyes prohibitivas, la moral y las buenas costumbres y ser de interés público.

D E R E C H O

Son aplicables al presente asunto, en cuanto al fondo los artículos 8° constitucional, 512° y 513° y demás relativos al Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de Nayarit.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted ciudadano Juez atentamente:

S O L I C I T O:

PRIMERO.- Tenerme por presentado promoviendo diligencias para obtener la nulidad del matrimonio civil de la demandada, por parte de esta Autoridad Judicial..

SEGUNDO.- Dar entrada a estas diligencias y tener por exhibidos los documentos que anexo. Dando la intervención que en derecho les corresponde a los

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