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PERSONA Y HOMBRE


Enviado por   •  20 de Mayo de 2015  •  4.482 Palabras (18 Páginas)  •  234 Visitas

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PERSONA Y HOMBRE

Las personas o los sujetos del derecho son los destinatarios del derecho objetivo, “el centro de imputación de las normas jurídicas”, según Kelsen.

Son ellas, por ende, titulares de los derechos subjetivos y de las obligaciones. Han de existir en toda relación jurídica, aunque falten aparente o temporalmente (como en el caso del heredero en la herencia yacente) y serán sujetos activos si son los titulares de un derecho subjetivo o sujetos pasivos, si lo son de una obligación.

Los sujetos del derecho pueden definirse como los seres capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones.

Tanto en el derecho sustantivo como en el derecho procesal, las personas son conocidas también como partes y terceros. “Parte o partes son las personas que celebran el negocio jurídico, o el actor o demandante y demandado en el proceso. Tercero o terceros son los extraños al negocio jurídico o la proceso, o aquellos a quienes no alcanzan los efectos del uno y del otro.”

El concepto de persona o personalidad es una categoría estrictamente jurídica. Uno de los arbitrios de la técnica jurídica para hacer entrar en el derecho al ser humano, a un conjunto de seres humanos o a un conjunto de bienes, y convertirlos en titulares de derechos y obligaciones.

“Mientras tales entes (ser humano, conjunto de seres humanos, conjunto de bienes) no se revistan de esa categoría (“persona”), que es estrictamente jurídica, se reitera, no existe en el derecho sino fuera de él.”

“El hombre o el ser humano existe en la naturaleza, tanto biológica como antropológica o, según la concepción platónico-cristiana, una entidad psicosomática. En cambio, la persona natural o individual, que es el mismo miembro de la especie humana juridici zado, sólo existe en el derecho: es una categoría estrictamente jurídica, se itera. Tanto es así que hubo hombres (los esclavos) que, pese a ser individuos de la especie humana, no fueron personas o sujetos del derecho sino objetos del mismo: tuvieron la categoría jurídica de cosas, bienes u objetos.”

En el lenguaje cotidiano, la palabra persona hace referencia a un ser con poder de raciocinio que posee conciencia sobre sí mismo y que cuenta con su propia identidad. El ejemplo excluyente suele ser el hombre, aunque algunos extienden el concepto a otras especies que pueblan este planeta.

Persona jurídica (o persona moral) es un sujeto de derechos y obligaciones que existe, pero no como individuo, sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin ánimo de lucro.1

En otras palabras, una persona jurídica es todo ente con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y que no sea una persona física. Así, junto a las personas físicas existen también las personas jurídicas, que son entidades a las que el Derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia y, en consecuencia, capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercitar acciones judiciales.

Una persona es un ser capaz de vivir en sociedad y que tiene sensibilidad, además de contar con inteligencia y voluntad, aspectos típicos de la humanidad. Para la psicología, una persona es alguien específico (el concepto abarca los aspectos físicos y psíquicos del sujeto que lo definen en función de su condición de singular y único). En el ámbito del derecho, una persona es todo ente que, por sus características, está habilitado para tener derechos y asumir obligaciones.

ACEPCIONES Y CONCEPTO DE PERSONA

El término persona proviene del latín persōna, y éste probablemente del etrusco phersona (‘máscara del actor’, ‘personaje’), el cual —según el Diccionario de la lengua española— procede del griego πρóσωπον [prósôpon].1 El concepto de persona es un concepto principalmente filosófico, que expresa la singularidad de cada individuo de la especie humana en contraposición al concepto filosófico de “naturaleza humana” que expresa lo común que hay en ellos.

El significado actual de persona tiene su origen en las controversias cristológicas de los siglos IV y V. En el transcurso del debate entre las diferentes escuelas teológicas, se desarrollaron conceptos hasta entonces no conocidos. Se trataba de disponer de herramientas de pensamiento filosófico, sobre las que mantener un debate intelectual honesto y riguroso acerca de los dogmas referidos al Λóγος (Logos: “Palabra”), y que permitiesen esclarecer sus diferencias o similitudes con Dios Padre. Para ello la filosofía tomó prestado del teatro griego el término πρόσωπον [prósôpon], y lo convirtió en un término filosófico, definiendo al Λóγος (Logos) como Persona divina. Por afinidad, el concepto fue posteriormente aplicado al Espíritu Santo, a los ángeles y a los hombres.

Clasificación de las personas

PERSONAS:

Naturales:

Es todo ser humano o individuo que hace y obtiene la capacidad legal en la sociedad si importar edad, sexo o religión, por ejemplo: Sócrates.

Jurídicas:

Es un ente ficticio que obtiene la capacidad legal porque la ley le asigna poder para contratar y contraer obligaciones con representación de una persona natural.

Sociedad de Hecho:

Surge de un acuerdo entre dos o más personas que se obligan a aportar dinero, trabajo u otro tipo de bienes para explotar una actividad comercial, con el ánimo de repartir las utilidades entre sí. Como no se constituyen legalmente no son personas jurídicas así que los derechos y obligaciones contraídos se consideran a cargo o a favor de los socios.

PERSONA JURÍDICA:

Regular:

Son aquellas que se constituyen dentro de las formalidades de la ley y se ciñen a todos los requisitos para su organización, funcionamiento, operación y resultados del negocio.

Irregular:

Es aquella empresa que funciona sin el cumplimiento o el lleno de los requisitos que exige la ley.

PERSONA REGULAR:

De Derecho Público:

Se dividen en:

Entes Territoriales:

Es la estructura político-administrativa del estado. Ejemplo: nación, departamento, distrito, municipios

Entidades Descentralizadas:

Son aquellas que siendo del estado mantienen una estructura independiente como empresa. Ejemplo: colegios, empresas industriales y comerciales del estado.

De Derecho Privado: Se dividen en:

Asociaciones o corporaciones:

En ellas el objeto social o la función es lo más importante (sin ánimo de lucro) por ejemplo: fundaciones.

Sociedades:

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