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Política Criminal En Ecuador


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  2.738 Palabras (11 Páginas)  •  434 Visitas

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Política Criminal

Historia

La expresión política criminal se emplea desde el siglo XVIII en varios sentidos y bajo concepciones, de muy difuso contenido que le han llevado a perder su carácter semántico (modelo de política criminal). En nuestros días, predomina un concepto que le asigna la función de establecer un estándar (deber ser), para configurar la legislación y jurisprudencia penal, con el objeto de propender a la eficaz protección de la sociedad.

La expresión política criminal (Kriminalpolitik) como lo menciona Zaffaroni no es específica, ya que su origen se atribuye a diversos autores, entre ellos a Feuerbach, Kleinschrod, y Hender doctrinarios alemanes. Sin embargo algunos autores como Lozano Tovar determinan que fue Beccaria el primero en visualizar la política Criminal en su Tratado de los Delitos y las Penas en el capitulo referente a “Cómo evitar los delitos”, pues a pesar de no proporcionar el término formal, ya contemplaba la función de ésta.

Por otro lado reconocía Jiménez de Asúa que es muy difícil saber quién empleó por primera vez el término de Política criminal, recordando la “Sociología Criminal” de Ferri, indica que el autor italiano señala a Feuerbach como quien habría empleado en 1799. Sin embargo, Asua establece que “cinco años antes ya la había definido Gallus Aloys kleinschrod”. Pese a ello Jiménez es partidario de poner el punto de arranque de la Política criminal un poco antes, cuando ya se había establecido la idea de reformar el Derecho Penal. En la obra de Marques de Beccaria admite que, la política criminal fue italiana por origen y se hizo alemana por adopción.

En este enfoque, citare a Franz Von Liszt como el auténtico iniciador, desde el punto de vista científico, de la disciplina político- criminal, para el autor alemán, la misma puede ser concebida como “el contenido sistemático de principios, según las cuales el Estado ha de emprender la lucha contra el crimen, por medio de la pena y de sus instituciones penales”. Tanto la Dogmática como la Política Criminal han evolucionado notablemente desde su nacimiento, allá y por el segundo tercio del siglo xix, hasta el momento presente. Pero, si bien la primera ha mantenido más o menos su objeto de estudio, la norma jurídico-penal, esto no ha ocurrido en la segunda. A lo largo del siglo XIX, primero en los tiempos de Feuerbach y después con el mismo Von Liszt, el ámbito político- criminal venia referido al conjunto de estrategias de las que disponía el estado para reaccionar frente al fenómeno criminal, evidentemente tratándose de la época del nacimiento del estado liberal, el poder público solo interviene cuando el comportamiento violan las reglas del juego que la propia ciudadanía había instaurado y que pone en peligro la integridad de sus miembros. Así se contempla la Política Criminal como ese abanico de métodos de los que dispone el poder público con la pretensión de hacer frente al crimen. Para el que se considera el fundador de la política criminal, al poder público le correspondería llevar al cabo una misión de defensa de la sociedad frente al hecho delictivo, previniéndolo y reprimiéndolo, este pensamiento es propio de la ideología del intervencionismo que se extendía por toda Europa.

De lo dicho hasta aquí, se puede deducir que en el estado liberal se comienza a concebir la política Criminal como método y estrategia que el poder público ha de emplear como reacción frente al delito, con el nacimiento del estado intervencionista, esa misión se amplían y no solo cubre la reacción del poder público ante la criminalidad sino que también afecta la función de prevención del ilícito penal. Pero, por la experiencia histórica, se contempla este cometido de la política Criminal como susceptible de abuso en esa tarea de buscar la paz social, y se encuentra en el Derecho penal el freno a toda actividad de menosprecio de los derechos de los ciudadanos so pretexto de mantener un fuerte grado de seguridad ciudadana.

La política criminal como parte de la política general o social del Estado, ha sido considerada desde dos diferentes puntos de vista conforme al alcance de su contenido, por lo que algunos autores la definen como un arte por considerarla una rama de la política general y manifestación de poder, y otros como una ciencia por tratarse de una disciplina de observación, de un conjunto de conocimientos, o bien de “una rama del saber y sector del conocimiento cuyo objeto es el fenómeno criminal y la legislación que lo contempla.

La política criminal tiene que ser real y por tanto utiliza metodología y técnicas propias al estudio de los fenómenos sociales, necesariamente tendrán que llegar a la conclusión que el principio de igualdad en que se funda el Estado no es una realidad, sino sólo un programa. Esto es, que hay discriminación, que se da una desigualdad distribución de la criminalización, del poder de definir lo criminal, por tanto no solo de bienes e ingresos. Luego, un primer aspecto a considerar es la necesidad de redistribuir el poder de criminalización, de modo entonces de ir descendiendo las cuotas de discriminación. A su vez ello significa que tal redistribución ha de abarcar todo el sistema criminal, las leyes, la policía, el proceso, etc.

No puede partir desconociéndola y convirtiendo a las personas en meros instrumentos o sujetos a tutela. De ahí que el punto de partida no puede ser una separación entre buenos y malos, entre determinados al crimen y otros que no, sino de una relación libre de las personas con el sistema. Desde esta perspectiva lo fundamental es la relación entre la persona y el Estado, en el sentido que el Estado está al servicio de la persona y para su felicidad, es el reconocimiento de la persona como ente autónomo y por eso mismo de sus derechos y garantías.

Relación de la política criminal con otras ciencias

NOCION DE POLITICA CRIMINAL.

Se llama así a la manera como la colectividad reacciona organizadamente, frente a las acciones delictuosas que amenazan su cohesión o su desarrollo armónico.

Por esto, se ha considerado que la política criminal se presenta bajo dos aspectos:

1º Como una disciplina o un método de observación de la reacción anticriminal.

2º Como un arte o estrategia de lucha contra la delincuencia; elaborada a partir de los datos y enseñanzas aportados por la observación objetiva.

Principales

Política criminal, criminología derecho penal material, el procesal penal, y el derecho penitenciario o de ejecución de penas.

La Política Criminal en cuanto disciplina que suministra a los poderes públicos las opciones científicas concretas más adecuadas para el eficaz control del crimen, ha servido de puente entre el Derecho Penal

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