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Realización de Trámites aduaneros en materia administrativos


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2012  •  Monografía  •  3.116 Palabras (13 Páginas)  •  534 Visitas

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4.3.7 Realización de Trámites aduaneros en materia administrativos

En la actualidad el marco legal que da sustento y conforma la base del Sistema Aduanero en México, es precisamente las disposiciones legales, partiendo de la principal que es nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 73, fracción Vll y XXlX que nos habla sobre la facultad que el congreso de la unión de imponer contribuciones de carácter federal, al igual que establecer contribuciones al comercio exterior y articulo 89, fracciones X y Xll, que marca que el Ejecutivo Federal, dirija la política exterior y los tratados internacionales que suscriba México.

Se podría definir a una aduana como “un órgano de la administración Pública establecido por el Ejecutivo federal, autorizado para permite con las limitaciones y prohibiciones que las layes fijan mercancías de comercio exterior, percibiendo los impuestos que generen y regulando la economía mundial”.

Las principales funciones de la aduana son:

-Aplicar los programas de actividades referentes a la legislación que regula y gravar la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y medios de transporte, el despacho aduanero y los hechos o actos que de este se deriven, o de la entrada o salida.

-Recibir de los particulares y, en su caso, requerir los avisos, declaraciones, manifestaciones y demás documentos que conformen a las disposicioenes legales aplicables deben presentarse ante la misma.

- Exigir y vigilar el cumplimiento de las disposiciones que rigen el comercio exterior; resolver las solicitudes de autorización que conforme a la ley deban formularse durante el despacho

Las aduanas han tomado una importancia relevante para la vida fiscal de nuestro país es este sentido los contribuyentes deben estar más consientes de sus actos de aduanas para evitar así graves repercusiones fiscales.

Los primordiales trámites aduaneros son:

Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Tributo local que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas y que deben satisfacer, obligatoriamente, tanto las sociedades como los empresarios y profesionales

individuales.

Declaración Censal.

Declaración censal de comienzo, modificación y cese de actividad, que han de presentar, a efectos fiscales, los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y que grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios efectuadas por empresas y profesionales.

El titular de la importación deberá liquidar el IVA a la importación a la llegada de las mercancías a la aduana, este viene representado porcentualmente y está en función del tipo de mercancía y la fase de elaboración de la misma.

Entregas Intracomunitarias.

Con el objeto que una operación económica iniciada en un Estado miembro y terminada en otro, no tribute dos veces, o deje de tributar en ambos Estados, las entregas intracomunitarias están exentas en el país de entrega (país vendedor) cuando:

• La transmisión la realice un sujeto activo.

• La adquisición en el otro Estado miembro se efectúe por otro sujeto pasivo o por una persona jurídica aunque no actúe como sujeto pasivo del impuesto.

• La mercancía se traslade efectivamente de un Estado miembro a otro.

• Ambos sujetos pasivos están identificados a efectos del IVA. El adquiriente debe tener un número de identificación a efectos del IVA y proporcionárselo al vendedor para que éste pueda aplicar la exención.

Clasificación de la mercancía en el arancel de aduanas.

La clasificación arancelaria de una mercancía consiste en la asignación de uno de los códigos de la nomenclatura del Arancel de Aduanas.

El Arancel de aduanas está integrado por la nomenclatura arancelaria de la Comunidad Europea (Nomenclatura Combinada) y la tarifa arancelaria (gravamen asignado a cada partida y subpartida).

La identificación y clasificación de la mercancía se hace con ocho dígitos. Sobre la base de esta nomenclatura, la Comisión de la Comunidad Europea ha elaborado el Arancel Integrado de las Comunidades Europeas (TARIC), que incluye subdivisiones complementarias necesarias para designar aquellas mercancías objeto de medidas específicas.

El código numérico del TARIC es de diez dígitos. La nomenclatura combinada de ocho dígitos se utiliza para cumplimentar el INTRASTAT y el TARIC de diez dígitos, para cumplimentar el DUA.

Las tarifas arancelarias.

Las tarifas arancelarias varían en función del origen de las mercancías y son los derechos de aduanas, comúnmente conocidos como aranceles, impuestos que debe pagar el importador para tener derecho a importar una mercancía, ("ad valorem", específicos, compuestos y mixtos), las exacciones de efectos equivalentes y las exacciones reguladoras agrícolas. El arancel viene representado porcentualmente o por una cantidad fija en función del tipo de producto y país de

origen.

El titular de la operación deberá liquidar los derechos arancelarios, los impuestos especiales y el IVA a la importación a la llegada de las mercancías a la aduana de importación Los documentos que debe presentar el importador para verificar el origen de la mercancía y determinar la tarifa arancelaria a aplicar en la aduana de importación son:

• Certificado de origen: para aquellos países considerados como terceros por el Arancel de Aduanas Comunitario (TARIC)

• Certificado modelo A (formulario A) para los países acogidos al Sistema de Preferencias generalizadas.

• Documento modelo EUR1. Para los países con Acuerdos Preferenciales.

Documento Único Aduanero (DUA).

Es el documento administrativo que se utiliza para el cumplimento de las formalidades aduaneras necesarias en las operaciones de intercambio de mercancías tales como la exportación, importación o tránsito. Además sirve de base a la declaración tributaria consiguiente y constituye un soporte de información sobre la mercancía, su origen, etc.

Consta de nueve ejemplares y es necesario para la declaración ante los servicios de aduanas de los siguientes grupos de operaciones:

Documento INTRASTAT.

La puesta en práctica de gran parte de las normas necesarias para la consecución del Mercado Interior el 1 de Enero de 1993, supuso la supresión de la mayor parte de los trámites, documentos y controles relacionados con los intercambios de bienes entre Estados miembros de la UE. No obstante, para obtener información sobre el comercio entre ellos, se estableció un nuevo método de recogida de

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