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Sociedad Anonima


Enviado por   •  27 de Mayo de 2014  •  16.234 Palabras (65 Páginas)  •  163 Visitas

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CURSO:

CONSTITUCION DE SOCIEDADES

PROFESORA:

GIANINA PEIRANO ALVA

CICLO:

3° CICLO MOD .1 Y 2

INTEGRANTES:

• RAMIREZ GUTIEEREZ LILIANA CECLIA

• CUICAPUZA

• BARBUDO

2014

DEDICATORIA

DEDICAMOS NUESTRO TRABAJO A DIOS . QUIENQUIEN FUE NUESTRO APOYO .

CUANDO ESTABAMOS A PUNTO DE CAER Y QUIEN HIZO . POSIBLE QUE LO LOGREMOS Y A TODOS . NOSOTROS POR EL ESFUERZO Y EL EMPEÑO QUE . LE PUSIMOS PARA TEMINARLO TAMBIEN A . NUESTRAS MADRES QUE NOS COMPRENDIERON, . Y NOS MOTIVARON.

INTRODUCCION

La sociedad es el conjunto de individuos que actúan acorde a lograr un desarrollo tecnológico, sociopolítico y económico destinándolo a la subsistencia e interactuando entre sí, cooperativamente ,para formar un grupo o una comunidad .Sociedad en conceptos económicos es un sinónimo de empresa o corporación ,y especialmente en contexto jurídico y económico ,de figura o persona jurídica .

Bueno es este trabajo que hemos elaborado detallamos todo lo que es la sociedad y los pasos para su constitución.

A fin de crear una sociedad en Perú, es necesario efectuar primero una búsqueda de la denominación social elegida en los REGISTROS PUBLICOS.

¿QUE ES LA SOCIEDAD?

Si bien la LEY GENERAL DE SOCIEDAD no acoge una definición de lo que debe entenderse por sociedad, no existe mayores discrepancias en admitir que la sociedad nace de un contrato cuya finalidad es dar forma jurídica a una organización económica aplicada al desarrollo de actividades empresariales.

El acto funcional de las sociedades es un contrato con prestaciones plurilaterales autónomas no son reciprocas

¿QUE SE ENTIENDE POR CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD?

Por constitución se entiende el proceso funcional de la sociedad que en el marco de la ley general de sociedades se inicia con el contrato de sociedades o pacto social y culmina con la inscripción de la escritura pública de constitución en el registro público.

¿QUIENES PUEDEN CONSTITUIR UNA SOCIEDAD?

Cualquier persona natural que goce del pleno ejercicio de sus derechos civiles y que este legalmente y que no esté legalmente impedido por razón del cargo o de la función pública que desempeñe, está en la capacidad de constituir una sociedad.

¿CUALES SON LAS CARACTERISTICAS QUE DISTINGUEN A LA SOCIEDAD ANONIMA DEL RESTO DE TIPOS SOCIALES REGULARES POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES?

• No admite el aporte de servicios, solamente dinero bienes y derechos de crédito.

• La responsabilidad de los socios por las deudas sociales limita al aporte entregado o comprendido.

• Tiene una denominación social, no una razón social.

• El capital social está dividido en títulos nomientaturas denominadas acciones.

• Las acciones se representan mediante documentos o mediante anotación en cuenta. En el primer caso, la participación de los socios en el copiar y el reconocimiento de sus condiciones.

• Pueden existir diversas clases de acciones, con diversos contenidos de derecho y obligaciones.

• Las acciones son libremente transmisible ,salvo que el estatuto a los convenios para societarios limites lo prohíban la regularización de actos de disposición

¿QUE OCURRE SI LA SOCIEDAD NO LLEGA A CONSTITUIRSE?

Si la sociedad anónima no llega a constituirse en los plazos fijados por la ley societaria incurre en irregularidad, con las consecuencias jurídicas sencilladas en el artículo 424.

COMENTARIO DEL GRUPO

LIBRO SEGUNDO

SOCIEDAD ANONIMA

SECCION PRIMERA

DISPOSICIONES GENERALES

TITULO UNICO

ARTÍCULO 50°.- DENOMINACION

La sociedad anónima puede adoptar cualquier denominación, pero debe figurar necesariamente la indicación “sociedad anónima “ o las siglas “S.A” .Cuando se trata de sociedades cuyas actividades solo pueden desarrollarse ,de acuerdo con la ley, por sociedades anónimas , el uso de la indicación o de las siglas es facultativo.

ARTÍCULO 51°.- CAPITAL Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS

En la sociedad anónima el capital está representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los accionistas, quienes no responden personalmente de las deudas sociales .No se admite el aporte de servicios en la sociedad anónima.

ARTÍCULO 52°.-SUSCRIPCION Y PAGO DEL CAPITAL

Para que se constituya la sociedad es necesario que tenga su capital suscrito totalmente y cada acción suscrita pagada por lo menos en una cuarta parte.

ARTICULO 52°-A.-DERECHO DEL ACCIONISTA A INFORMACION FUERA DE JUNTA

Las sociedades anónimas deberán proporcionarse en cualquier oportunidad ,a solicitud escrita de accionistas que representan al menos el cinco por ciento (5%) del capital pagado de la sociedad, información respecto de la sociedad y sus operaciones ,siempre que no se trate de hechos reservados o de asuntos cuya divulgación pueda

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