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DERECHO CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  22 de Marzo de 2014  •  1.561 Palabras (7 Páginas)  •  321 Visitas

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CAPÍTULO 2

RÉGIMEN OBLIGATORIO

 Regímenes que comprende la ley del IMSS

a) Régimen obligatorio

b) Régimen voluntario

 Régimen obligatorio comprende:

 Los seguros

 Riesgos de trabajo

 Enfermedades y maternidad

 Invalidez y vida

 Retiro y vejez

 Guarderías

 Cesantía en edad avanzada

 Quienes se integran a este seguro obligatorio:

Trabajadores eventuales y permanentes, todos con la condición que se dé la relación de trabajo considerando

Remuneración → relación de trabajo

Pago

 Sujetos de Aseguramiento

Sujetos de aseguramiento en el régimen voluntario:

 Los trabajadores independientes

 No asalariados

 Domésticos

 Obligaciones de los patrones:

 Registrar al trabajador → tiene 5 días para darlo de alta

 Dar aviso de las modificaciones → salarios, bajas

 Deberá conservar los libros, registros como nóminas durante 5 años

 Permitir visitas domiciliarias que practique el Instituto

 Otra obligación patronal

Si tu empresa ha tenido un promedio anal de más de 300 trabajadores ¿entérate?

El patrón tendrá que dictaminar sus obligaciones fiscales ante el IMSS por un contador público autorizado y calificado, a cambio no será visitado por el IMSS

 Según IMSS el salario se integra:

 Pago en efectivo

 Premios, primas

 Vales

 Gratificación

 Comisiones

 Lo que no se considera salario:

 Instrumentos de trabajo

 Ahorros

 Uniforme

¿Con qué salario me doy de alta?

A) En el que se tenga al momento de la afiliación

B) Hay un límite superior que será a 25 veces el salario mínimo general que se rige el Distrito Federal y el mínimo será el de ley.

Para efectos del IMSS el patrón que carácter tiene (fiscal):

El Patrón es un retenedor.

CAPÍTULO 4

EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO

 El la determina

 El las entera (de entregar)

 Seguro de riesgo de trabajo:

A) Accidentes → concepto

B) Enfermedades

C) Exposición

D) Ejercicio del trabajo

A) Accidentes de trabajo → lesiones, perturbaciones, muerte en ejercicio de trabajo pueden ser inmediata o posterior

B) Enfermedades pueden ser:

 Físicas

 Mentales

Enfermedades de trabajo, los que no son:

 Estado de embriagues

 Algún narcótico, droga salvo por el médico

 Lesiones intencionales

 Por una riña

Nota: el patrón avisará al IMSS de los accidentes, de lo contrario multas, a fin de quedar relegado de la obligación.

 Los que producen los riesgos de trabajo:

Incapacidades:

 Temporales

 Permanente parcial

 Muerte

 Permanente total

En caso de sufrir un riesgo → viene de incapacidad

Habrá prestaciones en especie:

A) asistencia médica

B) quirúrgica

C) hospitalización

D) aparatos, prótesis

E) farmacia

F) rehabilitación

En dinero:

100% salario

Se tendrá hasta 52 semanas hasta ver que se decide, cuál será su situación

Si hay una IPT (incapacidad permanente total) el asegurado recibe una pensión mensual al doble de salario del que se está cotizando en el momento del accidente.

 Prima de riesgo de trabajo → Revisión Anual

La idea es permanecer en ella puede disminuir o aumentar, puede objetarla.

Esta depende de los accidentes.

Aumenta un 1% con respecto a lo anterior.

 Como se clasifican las empresas:

 Actividad

 Rama industria

 Peligros

 Se agrupan

¿Cuándo se fincan los capitales constitutivos?

 Patrón

 No aseguramiento

 Empleados

 Riesgos de trabajo

 Accidentes

Se integran:

 Atención médica

 Hospitalización

 Medicina

 Operaciones

 Prótesis

 Gastos funerarios

CAPÍTULO 5

ENFERMEDADES Y MATERNIDAD

¿A quiénes ampara este seguro?

 Asegurado (a) → esposa (o)

 Concubina → sin son varias a ninguna amparan

 Hijos de asegurados / pensionados

 Padre / Madre

 Enfermedades → a partir del 4° día

Cuando se inician:

 IMSS lo certifique

 Se señale fecha de parto y subsidio

Requisitos:

 Sujetarse al tratamiento

 Médico, quirúrgico hospitalización

Responsabilidad del patrón (en caso de incumplimiento)

 Daños y perjuicios

 Asegurados

 Instituto

 Familiares

 Enfermedades → a partir del 4° día de incapacidad

Da asistencia médica hasta por 52 semanas, ¿si sigue enfermo? Otras 52 semanas.

 Prestaciones en caso de maternidad

 Asistencia médica obstetricia

 Ayuda en especie por 6 meses para lactancia

 Una canastilla

 De las prestaciones en dinero enfermedades:

A partir del 4° día hasta por 52 semanas si continúa enfermo

Enfermedad

 Requisitos para el subsidio:

1) Tener 4 semanas cubiertas (pagadas) antes de la enfermedad

2) Trabajadores eventuales ellos deberán tener 6 semanas

Enfermedades

Porcentaje. 60% del SDI

 Se suspende el pago:

 Enfermo incumple

 Indicaciones

 Hospitalización

 Suspensión – tratamiento

 Sin autorización

Maternidad: Subsidio: 100%

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