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Derecho Agrario


Enviado por   •  3 de Febrero de 2014  •  8.359 Palabras (34 Páginas)  •  362 Visitas

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Universidad Fermin Toro

Escuela de Derecho

Docente: Keydis Pérez Ojeda

Guía de Derecho Agrario

Evolución del Derecho Agrario en Venezuela

El Derecho Agrario Venezolano ha evolucionado tras un proceso lento y difícil, porque ha sido un derecho, que durante largo tiempo permaneció encerrado.

El Derecho Agrario es un derecho que renace después de haber sido sepultado por la corriente civilista, de los siglos XVIII y XIX, pues así es considerado por muchos estudiosos del derecho, ya que en los estudios de Derecho Administrativo Especial se contemplaban algunos temas acerca de las leyes agrarias, e incluso se analizaban temas de Derecho Rural.

La Ley de las XII Tablas

En el Derecho Romano se denominó a la Ley de las Doce Tablas como el primer

código agrario del mundo, incluso en esta época existían unos contratos agrarios especiales llamados “COLONATOS” que se celebraban para el desarrollo de las tierras públicas rurales.

Edad Media

Nace el concepto de Villa o Distrito Rural.

SIGLO XIX

En este siglo se frótale la clase terrateniente sin que se produzcan cambios estructurales en la economía, la cual continuaba descansando en el régimen latifundista y el Código Napoleónico estaba destinado a regir a las sociedades rurales, por lo tanto se veía al Derecho Agrario como un derecho estático, pues se le conceptuaba como el derecho de la agricultura con lo cual simplemente se estaban postulando normas destinadas a regular las labores agrícolas en los predios.

Año 1936

En este año se reúne un grupo de hombres con la intención de buscar una solución democrática al problema agrario. Buscando una base ideológica para trabajar “Con y para” los campesinos ante la precaria situación de la producción agrícola.

Ley de Reforma Agraria de 1945

En 1945 fue promulgada la primera Ley Agraria cuyo objeto fundamental fue la transformación de la estructura agraria del país mediante la adecuada incorporación del campesino al proceso de producción agropecuaria, la adjudicación de tierras en forma gratuita, así como el mejoramiento de las condiciones de vida de la población campesina. En fin se buscó orientar la actividad agraria en el aspecto que resultara antilatifundista, asumiendo el Estado todas las decisiones en cuanto a esta materia.

Ley Agraria de 1948

Presentó la innovación de la Inexpropiabilidad basada en un criterio de productividad.

Estatuto Agrario de 1949:

La Inexpropiabilidad basada en un criterio de productividad contemplada en la anterior Ley Agraria perdió su vigencia al ser remplazada por el Estatuto Agrario del 28 de junio de 1949, pronunciado por la Junta Militar constituyendo un paso retrógrado en el proceso agrario.

Ley de Reforma Agraria de 1960:

En 1960, Venezuela comienza a tomar un impulso e interés por el estudio de la materia jurídico-agraria, con la promulgación de esta ley agraria. Esta ley fue redactada bajándose en los principios de:

- la función social.

- Dotación local.

- Mejor tenencia.

- Protección de los Recursos Naturales Renovables.

Con lo que se quería obtener del Derecho Agrario un derecho de naturaleza eminentemente social, conservacionista y normativo.

Dicha Ley tenía por objeto:

- La transformación de la estructura agraria del país.

- La incorporación de su población rural al desarrollo económico, social y político de la Nación, mediante la sustitución del sistema latifundista.

- La distribución equitativa de la riqueza.

Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2001)

Fue promulgada el 13 de Noviembre de 2001 y entró en vigencia el 10 de Diciembre de ese mismo año. En la cual resaltaban los siguientes aspectos:

1.- Tiene por objeto establecer las Bases del Desarrollo, Rural, Integral y Sustentable y la eliminación del Latifundio como sistema contrario al interés social y a la armonía en el campo.

2.- Procura una justa distribución de la riqueza y una planificación estratégica, democrática y participativa en cuanto a la tenencia de la tierra y desarrollo de toda la actividad agraria.

3.- Procura el aseguramiento de la Biodiversidad, la vigencia efectiva de los derechos de protección ambiental y agroalimentario de las presentes y futuras generaciones.

4.- Contempla los principios de Seguridad Alimentaria y de Función Social de las Tierras.

5.- Rige lo referente a la producción agraria, afectación al uso de las tierras, adjudicación de las tierras.

6.- Establece los Niveles Básicos de Productividad Agraria en: Fincas Ociosas e Incultas, Fincas Mejorables y Fincas Productivas.

7.- Persigue la incorporación del campesino al proceso productivo del país, otorgándoles garantías y beneficios.

8.- Se crean 3 Institutos Agrarios en sustitución del Instituto Agrario Nacional: Instituto Nacional de Tierras, Corporación Venezolana Agraria e Instituto Nacional de Desarrollo Rural.

9.- Regula la jurisdicción agraria tanto en lo referente a la jurisdicción ordinaria agraria, como a la jurisdicción contenciosa administrativa en materia agraria.

10.- Aparece la figura de las poligonales Rurales como zonas estratégicas para la aplicación de los planes de desarrollo agrario y sustentable.

Ley de Tierras y Desarrollo Agrario del 18 de Mayo de 2005

Tiene el mismo objeto que la Ley anterior. Fueron modificados los

siguientes aspectos:

1.- Definición de latifundio, articulo 7 de la Ley.

2.- Obligación de inscribirse en el Registro Agrario.

3.- Se suprime el término de Poligonales Rurales por el de tierras con

vocación de uso agrario.

LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO (2010)

1.- Se modifica el artículo 1, en la forma siguiente: “Artículo 1 La presente Ley tiene por objeto establecer las bases del desarrollo rural integral y sustentable; entendido éste como el medio fundamental para el desarrollo humano y crecimiento económico del sector agrario dentro de una justa distribución de la riqueza y una planificación estratégica, democrática y participativa, eliminando el latifundio y la tercerización como sistemas contrarios a la justicia, la igualdad, al interés general y a la paz social en el campo, asegurando la biodiversidad, la seguridad agroalimentaria y la vigencia efectiva de los derechos de protección ambiental y agroalimentario de la presente y futuras generaciones.”

2.- Se usa el término de tierras con vocación de uso agrícola.

3.- En cuanto a los niveles básicos de productividad agraria:

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