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MARCO HISTORICO


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  Tesis  •  1.077 Palabras (5 Páginas)  •  194 Visitas

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1 MARCO HISTORICO

Recopilando los temas precedentes en cuanto a la dinámica del derecho en general y del derecho Procesal Penal en particular, corresponde sintetizar que la presencia del recurso tiene data antiquísima perdida en la penumbra del pasado lejano, pero con información de haberse utilizado desde las lejanas culturas greco – romanas mediante la aplicación del sistema procesal acusatorio, para fortalecerse como medio legal de revisión durante el Derecho Romano tardío, consolidando las estructuras imperiales y jurisdiccionales como un poder delegado por el emperador, con opción a recuperarlo a través de mecanismos funcionales que gestaban la idea de control del Estado sobre las resoluciones de sus jueces, que era el espíritu, por ejemplo, del recurso en el efecto devolutivo como expresión de devolverse al soberano la autoridad, para después uniformarse en la Europa continental y transferirse al continente americano, que el artículo 8 de la convención Americana de los Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, que entre las garantías judiciales preconiza que “Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas….h ) de recurrir del fallo ante juez o tribunal Superior” Posteriormente se amplía ese derecho al contenido de otras normas internacionales como la declaración Americana de los Derechos y Deberes de Hombre en su art. 25 en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, Previstos en sus arts. 2 inc. 3, 9 inc. 4 y 14 inc. 5, la convención para la Protección de los Derechos y Libertades Fundamentales en sus arts. 5. 4-1 y 13, así como el protocolo N° 7 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales en sus arts. 2.1 y 2.2 que proyectan la decisión de hacer el recurso la regla y; y la excepción de permitirse solo la excepción de permitirse solo lo autorizado por la ley.

En el caso nuestro, la historia jurídica nativa nos revela que durante la época incaica no se conocía la posibilidad y menos el derecho del recurso o de acudir contra un fallo en el reclamo ante la autoridad superior; implantándose tal mecanismo recién con la llegada y conquista de los españoles, que entre sus normas impuestas a los conquistados reconocía el derecho al recurso, por lo que inicialmente las reales audiencias cumplían con esa función para ser transferidas a los virreyes, cuyas resoluciones de segunda instancia eran objetos del recurso de Nulidad y Casación ante el concejo supremo de Indias Instalado en la península Ibérica, que por la distancia, la dificultad y el riesgo de los viajes marítimos conducía a la inevitable retardación de justicia, si acaso las naves que transportaban los expedientes no eran hundidos en el trayecto por los corsarios o los piratas en busca de las riquezas que dichas naves portaban. Una vez instaurada la República, el primer ensayo de recurso legalizado se tiene en el código de procederes Santa Cruz de 1833 que mediante su título IV instituyo el recurso de apelación en el procedimiento criminal, para mantenerse en el resto de las codificaciones sucesivas, naturalmente con diferentes enfoques, modalidades y alcances, hasta epilogar con la Ley 1970 que en el campo de la impugnación, reconoce el derecho al recurso, pero no en la modalidad de la doble instancia como era la regla imperante en los otros compilados adjetivos, sino en la versión de un recurso de control de legalidad, dejando la apreciación de los hechos y la valoración

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