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NORMAS Mexicanas


Enviado por   •  9 de Febrero de 2015  •  498 Palabras (2 Páginas)  •  277 Visitas

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NORMA Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental, agua para uso y consumo humano-Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización.

CARACTERISTICA LÍMITE PERMISIBLE

Color 20 unidades de color verdadero en la escala de platino-cobalto. Olor y sabor Agradable (se aceptarán aquellos que sean tolerables para la mayoría de los consumidores, siempre que no sean resultados de condiciones objetables desde el punto de vista biológico o químico). Turbiedad 5 unidades de turbiedad nefelométricas (UTN) o su equivalente en otro método.

Límites permisibles de características químicas

• Aluminio 0.20

• Arsénico 0.05

• Bario 0.70

• Cadmio 0.005

• Cianuros (como CN-) 0.07

• Cloro residual libre 0.2-1.50

• Cloruros (como Cl-) 250.00

• Cobre 2.00

• Cromo total 0.05

• Dureza total (como CaCO3) 500.00

• Fenoles o compuestos fenólicos 0.001

• Fierro 0.30

• Fluoruros (como F-) 1.50

• Manganeso 0.15

• Mercurio 0.001

• Nitratos (como N) 10.00

• Nitritos (como N) 0.05

• Nitrógeno amoniacal (como N) 0.50

• pH (potencial de hidrógeno) en unidades de pH 6.5-8.5 • Plaguicidas en microgramos/l: Aldrín

• y dieldrín (separados o combinados) 0.03

• Clordano (total de isómeros) 0.30

• DDT (total de isómeros) 1.00

• Gamma-HCH (lindano) 2.00

• Hexaclorobenceno 0.01

• Heptacloro y epóxido de heptacloro 0.03

• Metoxicloro 20.00

• 2,4 - D 50.00

• Plomo 0.025

• Sodio 200.00

• Sólidos disueltos totales 1000.00

• Sulfatos (como SO4=) 400.00

• Sustancias activas al azul de metileno (SAAM) 0.50

• Trihalometanos totales 0.20

• Zinc 5.00

Los límites se expresan en mg/l, excepto cuando se indique otra unidad.

Los límites permisibles de metales se refieren a su concentración total en el agua, la cual incluye los suspendidos y los disueltos. La potabilización del agua proveniente de una fuente en particular, debe fundamentarse en estudios de calidad y pruebas de tratabilidad a nivel de laboratorio para asegurar su efectividad. Se deben aplicar los tratamientos específicos siguientes o los que resulten de las pruebas de tratabilidad, cuando los contaminantes biológicos, las características físicas y los constituyentes químicos del agua enlistados a continuación, excedan los límites permisibles establecidos.

NORMA Oficial Mexicana NOM-179-SSA1-1998, Vigilancia y evaluación del control de calidad del agua para uso y consumo humano, distribuida por sistemas de abastecimiento público.

En sistemas de abastecimiento de localidades con una población de 50 000 habitantes o menor,

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