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Unidad 3 Marco Legal


Enviado por   •  18 de Marzo de 2015  •  18.167 Palabras (73 Páginas)  •  831 Visitas

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trabajo observaremos un poco del derecho mercantil como es una pequeña introducción de que es este derecho, a continuación continuamos desarrollando las características como que son los actos de comercio, los requisitos para ser comerciante, las obligaciones que esto con lleva, los auxiliares del comercio. Las sociedades mercantiles en donde se lleva a cabo el comercio la clasificación de estas y las características de cada una de estas tres sociedades, y por último y nada menos importante la liquidación de la sociedad dentro de los diferentes aspectos como es la fusión, transformación entre otros.

El comercio, como fenómeno económico y social, se presentas en todas las épocas y lugares. Por ello aún en los pueblos más antiguos pueden encontrarse normas aplicables al comercio, o más bien, a algunas de las relaciones e instituciones a que aquella actividad da origen. Así sucede en los sistemas jurídicos de Babilonia, Egipto, Grecia, Fenicia, Cartago, etc.

Sin embargo, en esos sistemas jurídicos no existió un Derecho especial o autónomo, propio de la materia mercantil. Es decir, no existió un Derecho Mercantil como hoy lo entendemos, sino tan sólo normas aisladas relativas a determinados actos o relaciones comerciales.

Entre esas normas los autores hacen especial mención de las llamadas "Leyes rodias" (de la isla de Rodas), que en realidad constituyeron una recopilación de un conjunto de usos sobre el comercio marítimo. Esas "leyes" han alcanzado fama a través de su incorporación al derecho romano.

La completa transformación política y económica a que fue sometido el territorio ocupado por el antiguo imperio azteca a consecuencia de la conquista de los españoles, así como los posteriores cambios sociales y económicos que bajo el gobierno nacional e independiente de México han tenido lugar, han borrado completamente las huellas de aquella antigua civilización indígena, cuyo estudio, bajo el aspecto económico y mercantil, no puede tener más aliciente que el de una simple curiosidad histórica y no el de un punto de partida necesario para explicar el estado económico actual de nuestra patria. Los historiadores de aquellos remotos tiempos nos dice, que a pesar de que la propiedad territorial estaba casi toda ella vinculada en manos del soberano autócrata, de la nobleza guerrera y de la nobleza sacerdotal, de manera que el común del pueblo apenas poseía a manera de enfiteusis (Cesión perpetua o por largo tiempo del dominio útil de un inmueble, mediante el pago anual de canon) y recargada de tributos las tierras no monopolizadas por los grandes señores; a pesar de todo esto, la agricultura, la industria manual y la industria minera alimentaban centros de tráfico al grado que los mercaderes del imperio de Moctezuma formaban un gremio o clase llamado pochtecatl, perfectamente organizado con sus ordenanzas propias y gozando de muchas franquicias e inmunidades. Los pochtecas cumpliendo su intento principal de comerciantes llevaban lienzos, joyas, los productos de la industria azteca y esclavos, para traer de retorno los artefactos de las otras naciones, las producciones raras y curiosas buscadas en el Imperio azteca para la comodidad o la moda de los ricos y de los nobles.

3- EL DERECHO COMERCIAL Y LAS SOCIEDADES MERCANTILES.

3.1 INTRODUCCIÓN AL DERECHO COMERCIAL.

Según la opinión general, resulta imposible delimitar la materia mercantil en los sistemas jurídicos de la Antigüedad, toda vez que estos carecieron de normas que regularan en forma especial al comercio y los comerciantes. Es cierto y evidente, que los sistemas vigentes en ese estadio histórico, regularon cuando menos en embrión muchas de las instituciones o actos que hoy consideramos como de comercio; pero también lo es que las condiciones políticas, económicas y culturales de la época no hicieron sentir la necesidad de la existencia de una rama especial para regularlos, de tal manera que tales actos constituían una especie indiferenciada en la totalidad de los actos jurídicos. Las normas reguladoras de los actos considerados ahora como de comercio carecían de autonomía y se encontraban dentro del ámbito de las normas jurídicas generales o, cuando más dentro del Derecho Privado.

Edad Antigua.

El comercio, como fenómeno económico y social, se presentas en todas las épocas y lugares. Por ello aún en los pueblos más antiguos pueden encontrarse normas aplicables al comercio, o más bien, a algunas de las relaciones e instituciones a que aquella actividad da origen. Así sucede en los sistemas jurídicos de Babilonia, Egipto, Grecia, Fenicia, Cartago, etc.

Sin embargo, en esos sistemas jurídicos no existió un Derecho especial o autónomo, propio de la materia mercantil. Es decir, no existió un Derecho Mercantil como hoy lo entendemos, sino tan sólo normas aisladas relativas a determinados actos o relaciones comerciales.

Entre esas normas los autores hacen especial mención de las llamadas "Leyes rodias" de la isla de Rodas, que en realidad constituyeron una recopilación de un conjunto de usos sobre el comercio marítimo. Esas "leyes" han alcanzado fama a través de su incorporación al derecho romano.

Derecho Romano.

Tampoco puede hablarse de la existencia de un derecho mercantil –especial o autónomo- en el sistema jurídico de Roma. Roma no conoció un Derecho Mercantil como una rama distinta y separada en el tronco único del Derecho Privado civil, entre otras razones, porque a través de la actividad del pretor fue posible adaptar ese Derecho a las necesidades del tráfico comercial.

Edad Media.

El Derecho Mercantil como Derecho especial y distinto del común, nace en la Edad Media, y es de origen consuetudinario.

El auge del comercio en esa época, el gran desarrollo del cambio y del crédito, fueron entre otras las causas que originaron la multiplicación de las relaciones mercantiles, que el Derecho común era incapaz de regular en las condiciones exigidas por las nuevas situaciones y necesidades del comercio.

El nacimiento del Derecho Mercantil como tal, está ligado íntimamente a la actividad de los gremios o corporaciones de mercaderes que se organizan en las ciudades comerciales medievales para la mejor defensa de los intereses comunes de la clase. Las corporaciones perfectamente organizadas, no solo estaban regidas por sus estatutos escritos, que en su mayor parte recogían practicas mercantiles, sino que además instituyeron tribunales de mercaderes (jurisdicción consular), que resolvían las cuestiones surgidas entre los asociados, administrando justicia según usos o costumbres del comercio.

Es así que, en el seno de los gremios y corporaciones, principalmente en las florecientes ciudades medievales

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