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Filosofia Del Derecho Del Trabajo


Enviado por   •  10 de Marzo de 2015  •  4.567 Palabras (19 Páginas)  •  557 Visitas

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FILOSOFÍA DEL DERECHO DEL TRABAJO

Es necesario referirse al aspecto sustantivo y adjetivo de las disciplinas con las que el derecho del trabajo se relaciona, en virtud de ello se analizaran diversos conceptos que probablemente son exclusivos de otras materias.

ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

6.1. Realiza las lecturas que se presentan en la unidad.

6.2. Elabora un ensayo donde analices el fin y objeto razón de ser del derecho del trabajo.

6.3 Elabora un cuadro donde esquematices los elementos del derecho protector y la razón del proteccionismo laboral de los trabajadores del siglo XIX.

OBJETIVOS PARTICULARES:

Analizar el fin y objeto razón de ser del Derecho del Trabajo, los principios que rigen a la materia, reconociendo que el Derecho protector fue la bandera del proletariado durante el siglo XIX y la razón del proteccionismo laboral a los trabajadores.

CONTENIDOS

VI. FILOSOFÍA DEL DERECHO DEL TRABAJO

6.1. Definición.

6.2. Parte nuclear.

6.3. Derecho individual.

6.4. Derecho protector de mujeres y menores.

6.5. Previsión social.

6.6. Envoltura

6.6.1. Derecho colectivo

6.6.2. Autoridades

6.6.3. Derecho Procesal

UNIDAD VI

FILOSOFÍA DEL DERECHO DEL TRABAJO

Fichas bibliográficas de los documentos

Documento Ficha

5.B. De Buen, Lozano Néstor,

Derecho del Trabajo (Tomo I y II)

9ª. Edición.

Ed. Porrúa,

México 1990 y 1996.

6.1. Definición.

6.2. Parte nuclear.

6.3. Derecho individual.

6.4. Derecho protector de mujeres y menores.

6.5. Previsión social.

6.6. Envoltura

6.6.1. Derecho colectivo

6.6.2. Autoridades

6.6.3. Derecho Procesal

5.B. De Buen, Lozano Néstor,

Derecho del Trabajo (Tomo I y II)

9ª. Edición.

Ed. Porrúa,

México 1990 y 1996.

EL TRABAJO DE LAS MUJERES

1. El problema de la igualdad jurídica de los sexos.-2. La evo¬lución del derecho laboral mexicano.-

3. El régimen legal a pro¬pósito del trabajo de las mujeres.

1. EL PROBLEMA DE LA IGUALDAD JURIDICA DE LOS SEXOS

Tema apasionante, tratado a veces más en función de sentimientos y emociones que con estricto apego a criterios objetivos de valuación, el problema de la igualdad jurídica del hombre y la mujer sigue sien¬do actual. Nuestro derecho, producto de un sentimiento social ya arraigado, no ha sido ajeno a estos conflictos. Por ello ha intentado, a veces erróneamente, en ocasiones con mejor criterio, establecer nor¬mas que superen la arraigada costumbre de mantener a la mujer en un plano de inferioridad jurídica. A la vista de la reforma a los artícu¬los 4º, 5º y 123 constitucionales, en sus apartados "A" y "B que decla¬raron la igualdad de ambos sexos ante la ley (DO del 31 de diciem¬bre de 1974), el tema hace indispensable un tratamiento especial.

José Castán Tobeñas, el ilustre civilista español, en uno de sus inolvidables discursos pronunciados como Presidente del Tribunal Su¬premo, en ocasión de la ceremonia anual de apertura de los Tribu¬nales (15 de septiembre de 1954), trató el tema de "Los derechos de la mujer y la solución judicial de los conflictos conyugales" (Insti¬tuto Editorial Reus, Madrid, 1954). De manera particular, en el primer capítulo de su trabajo: "La condición social y jurídica de la mujer" hizo un minucioso estudio de los diversos criterios, tanto en favor como en contra de la igualdad jurídica de los sexos que a lo largo .de los años, han sido expresados por múltiples autores. De aquel trabajo extractamos las notas que siguen.

Los antifeministas aducen razones biológicas e histórico-sociales: en favor de su tesis. Huschke afirma que el volumen medio del cerebro del hombre europeo es de 1.446 centímetros cúbicos y el de la mujer 1.226. La diferencia de 220 centímetros expresaría la eterna inferioridad mental de la mujer. A .su vez Bischoff profesor de ana¬tomía en Mónaco, pesó 559 cerebros de hombre y 347 de mujer en¬contrando que el peso máximo del cerebro del hombre era de 1,925 gramos y el de la mujer 1,565; el peso mínimo del cerebro del hom¬bre 1,018 gramos y de la mujer 820. Dentro de la misma línea esta¬dística, Moebius, siguiendo a Rüdinger afirmaba que "en la mujer están menos desarrolladas ciertas posiciones del cerebro que son de grandísima importancia para la vida psíquica, tales como las circun¬voluciones del lóbulo frontal y temporal, y que esta diferencia existe desde el nacimiento". Por último el profesor Forel afirmó que el gran cerebro de la mujer es, por término medio, un poco más pequeño que el del hombre, aún proporcionalmente a su talla (Castán, p. 13).

Los feministas, a la vista de tales conclusiones expusieron argu¬mentos contrarios. "Topinard y _Manouvrier -nos dice Castán- hi¬cieron notar que las diferencias de volumen y peso de los cerebros observados entre uno y otro sexo podían muy bien guardar depen¬dencia con la talla y peso total del cuerpo, que son en la mujer proporcionalmente inferiores (p. 14). " "Por otra parte se planteaban la duda de si las experiencias hechas fueron tan numerosas y repeti¬das como para fundar un juicio definitivo. ¿Por ventura -se pregun¬taban- depende exclusivamente del peso de la masa cerebral la me¬dida de las capacidades intelectuales? ¿No habrá también que tener en cuenta para determinar el grado de inteligencia, la calidad del ele¬mento nervioso contenido en el cerebro? (pp. 14-15).

Nuevos argumentos en favor y en contra de la igualdad fueron aducidos. A la afirmación de los antifeministas en el sentido de que la inferioridad de la mujer resulta comprobada, no ya sólo por lo rudi¬mentario de su organización cerebral, sino por la misma pobreza de su obra intelectual (¿Dónde están sus frutos? ¿A qué rincón de la historia ir a buscar esos ignorados genios femeninos?) (p. 17), los feministas replicaban negando el hecho y buscando -en el supuesto de que fuere cierto- una explicación ajena a la invocada inferiori¬dad. "La historia de las ciencias y de las artes encierra inolvidables e ilustres nombres femeninos. Los anales de las industrias y de las pro¬fesiones están abrillantados por los méritos de muchas mujeres." Po¬sada diría -en cita de Castán- que "Ni una sola de las funciones sociales atribuidas al hombre ha dejado de ser

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