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Neoliberalismo


Enviado por   •  9 de Octubre de 2013  •  3.593 Palabras (15 Páginas)  •  363 Visitas

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De la colonización.

Antes de la invasión de Cristóbal Colon la región que ahora es conocida como Venezuela estaba habitada por numerosas tribus indígenas. Los principales grupos étnicos eran los Caribes, que ocupaban la mayor parte del este y la costa central, así como las islas y los arahuacos, que ocupaban el occidente. Otros grupos importantes los constituían los timotocuicas, en la zona de los Andes. Muchos otros grupos indígenas ocupaban espacios menores a lo largo del territorio que es actualmente Venezuela. Cristóbal Colon invade a las costas de Venezuela en el año de 1498, en el año de 1499, Américo Vespucio y Alonso de Ojeda navegaron desde el golfo de Paria (en el extremo este de Venezuela) hasta el lago de Maracaibo. Allí observaron los palafitos en que habitaban los indígenas de la región y estos les hicieron recordar la ciudad italiana de Venecia. De allí según muchas versiones, les habrían puesto a la región el nombre de Venezuela, Pequeña Venecia. Sin embargo, en otras versiones con algún respaldo documental, se mencionaba que los indígenas del Lago de Maracaibo, denominaban Venezuela a la región donde Vivian, ya que esta palabra significaría en lengua indígena, "Agua Grande". Existe una tercera posibilidad en las que ambas versiones serían verdaderas ya que, con el nombre de Venezuela tomado de los españoles, los indígenas de Maracaibo pudieron identificar lo que ellos conocían como "Agua Grande".

A raíz de la colonización se fundaron muchas de las ciudades más importantes de la región, entre otras Coro, Valencia, Barcelona, Puerto Cabello, Maracaibo y Santiago de León de Caracas. Administrativamente, Caracas era la sede de la Capitanía General, la cual era responsable de controlar la región y dependía del Virreinato de Santa Fé de Bogotá.

Durante el periodo colonial se desarrolló en Venezuela, al igual que en el resto de las colonias españolas, una fuerte división en castas o estamentos, en la que el criterio racial tenía la mayor importancia. El poder político lo mantenían las familias blancas, descendientes de españoles y los criollos (nacidos en la zona), conocidos también como mantuanos (se dice que el nombre proviene de la mantilla utilizada por las mujeres blancas para asistir a la Iglesia). Se movilizó cierta cantidad de esclavos provenientes del África, los cuales se establecieron principalmente en las zonas cálidas de la costa para dedicarse al cultivo de cacao y de azúcar y se explotaron las riquezas naturales como las perlas y el oro, así como los recursos agropecuarios tales como los pieles del ganado, el tabaco, el cacao, la caña de azúcar (cultivo que los mismos españoles introdujeron).

Parte de la información que se conoce del primer período colonial proviene del libro Historia de las Indias de Bartolomé de las Casas.

De los derechos:

l reconocimiento en la Constitución de los pueblos indígenas, implica un profundo cambio de perspectiva política y cultural que reorienta la conducción del Estado venezolano, al reconocer su carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe. Sobre esta base el Capítulo referido a los derechos indígenas reconoce ampliamente la existencia de los pueblos indígenas, sus formas de organización, culturas e idiomas propios, así como sus hábitats y los derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que con indispensables para garantizar su continuidad biológica y sociocultural, las cuales además son asiento de sus referentes sagrados. Todo ello implica un profundo cambio en la perspectiva política y jurídica del país.

Se establece que las tierras indígenas son inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles y que corresponde al Estado conjuntamente con los pueblos indígenas la demarcación de dichas tierras. Una ley especial desarrollará lo específico de tal demarcación a fin de resguardar la propiedad colectiva de las tierras los pueblos y comunidades indígenas que las habitan. Como parte de la valoración del patrimonio cultural indígena, el Estado reconoce las prácticas médicas tradicionales de los pueblos indígenas, las cuales hasta el presente han sido desconocidas y descalificadas. Los pueblos indígenas tienen el derecho de mantener y promover sus prácticas económicas, por lo que no se les podrá imponer planes y proyectos de desarrollo ajenos a sus intereses y necesidades, según la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - N° 5453 Extraordinario, de fecha 24 de marzo del año 2000.

El marco constitucional y legal protege a nuestros aborígenes en los artículos Artículo 9, Artículo 99, Artículo 100, Artículo 119, Artículo 120, Artículo 121, Artículo 122, Artículo 123, Artículo 124, Artículo 125, Artículo 126, Artículo 156, Artículo 166, Artículo 169, Artículo 181, Artículo 186, Artículo 260, Artículo 281. Numeral 8; Artículo 327. de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es por ello que la Comisión Presidencial Misión Guaicaipuro contempla entre sus objetivos: Garantizar la seguridad agroalimentaria. Propiciar el desarrollo armónico y sustentable de los pueblos indígenas, dentro de una visión de etnodesarrollo. Fortalecer la capacidad de gestión comunitaria. Impulsar el proceso de demarcación del hábitat y tierras de los pueblos y comunidades indígenas. Impulsar el desarrollo integral de los pueblos indígenas para garantizar el disfrute efectivo de sus derechos sociales (salud, educación, vivienda, agua y saneamiento), económicos culturales y políticos consagrados en la CRBV

Entre las autoridades responsables de las políticas públicas referentes a los pueblos indígenas podemos mencionar los siguientes:

Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales:

-Comisión Presidencial: Misión Guaicaipuro.

-Comisión de Demarcación de Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

-Oficina de Biodiversidad.

Ministerio de Educación y Deporte:

-Dirección General de Asuntos Indígenas.

-Dirección de Educación Indígena.

Normativa especial de apoyo.

1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (24-03-2000).

2. Declaración Universal sobre Derechos Humanos (1948).

3. Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (1951).

4. Decreto nº 250 que regula expediciones a zonas Indígenas (1951).

5. Resolución Interministerial nº 80/6. MAC-MJ: sobre creación de zona ocupada por indígenas en la Sierra de Perijá (1961).

6. Convenio Internacional sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1969).

7. Ley Orgánica del Ambiente (1976).

8. Convención Americana sobre Derechos Humanos - Pacto de San José

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