ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Impuesto a las Ventas y Servicios


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2013  •  Exámen  •  556 Palabras (3 Páginas)  •  403 Visitas

Página 1 de 3

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN

DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN Y

ASISTENCIA DE CONTRIBUYENTES

AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS

TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS Y BOLETAS

ELECTRÓNICAS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.

SANTIAGO, 20 de agosto de 2013

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

RESOLUCIÓN EXENTA SII N° ____77 __/

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Inciso N° 1, del Código

Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre

Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; y

CONSIDERANDO:

1° Que, mediante Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del

2004, el Director ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del

Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974.

2° Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución

citada en el considerando precedente, el ejercicio de dicha facultad delegada permite autorizar como emisores

de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y órganos del Estado que cumplan en forma

satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se refiere el dispositivo segundo de la

Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.

3° Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo

primero y tercero de la presente resolución han postulado como emisores de documentos tributarios

electrónicos y cumplen con los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003 para

ser autorizados como tal.

4° Que, los contribuyentes que se describen en el

Resolutivo segundo, se encuentran autorizados como emisores electrónicos mediante la Res. Ex. SII N° 74,

del 31 de Julio de 2013, la Res. Ex. SII N° 70, del 17 de Julio de 2013, la Res. Ex. SII N° 69 del 28 de Junio de

2013, la Res. Ex. SII N° 109 del 17 de Octubre del 2012, la Res. Ex. SII N° 130 del 28 de Diciembre de 2012,

la Res. Ex. SII N° 63 del 18 de Junio de 2013 y la Res. Ex. SII N° 31 del 01 de Marzo de 2013 de acuerdo a

los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.

5° Que, los contribuyentes que se describen en el

Resolutivo segundo y tercero han solicitado el otorgamiento de la autorización de que se trata por Internet y

han cumplido satisfactoriamente con el proceso de postulación que los habilita para ser emisores de Boletas

Electrónicas y Boletas no Afectas o Exentas

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com