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La Nueva Estructura Del Estado


Enviado por   •  7 de Mayo de 2013  •  5.273 Palabras (22 Páginas)  •  391 Visitas

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ESTRUCTURA DEL ESTADO

Al hablar de estructura del Estado nos referimos a las ramas del Poder Público Nacional señaladas en nuestra Constitución. En este sentido, el Poder Público se diluye entre el Poder Nacional, el Poder Estadal y el Poder Municipal. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. Se entiende como fines del Estado a todas aquellas acciones orientadas a "la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución" (Art. 3. CRBV).

2.1.- El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral (Art. 136 CRBV).

PODER PUBLICO

Se entiende por poder público el ejercicio de ciertas acciones y actividades que la sociedad deja en manos del estado (delega) por entender que estas serán resueltas mejor de manera colectiva. Esta delegación se hace a través de la Constitución que determina el diseño del Estado y los derechos, deberes y garantías que tienen los ciudadanos, y por el voto mediante el cual se eligen a quienes serán los representantes y servidores públicos.(Representación).

Complementariamente ciertos y determinados espacios de actuación se dejan en manos de la propia sociedad organizada, para que a través de mecanismos expresamente señalados en la Constitución y desarrollados en las leyes participen del poder público. (Participación).

Representación y participación son principios fundamentales en cualquier democracia, pero no hay que verlos como contrarios entre sí, son complementarios, deben estar ambos en perfecto equilibrio. En todas las democracias existen y han existido los dos principios: el de Representación y el de Participación.

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES DEL PODER PÚBLICO

En la constitución de la república bolivariana de Venezuela en su artículo 136 expone que el poder público se distribuye entre el poder municipal, estadal, nacional, y el poder público nacional que se divide en legislativo, ejecutivo, judicial ciudadano y electoral cada una de las ramas del poder público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumben su ejercicio colaboran entre sí en la realización de los fines del estado

Competencia del poder público nacional

El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral; y este mismo se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional.

Es de competencia del Poder Público Nacional: articulo 156 constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la política y la actuación internacional de la República. La defensa de la República, los servicios de identificación, la policía Nacional. La regulación de la banca central y la creación, organización y administración y control de impuesto sobre la renta. La legislación para garantizar la coordinación de las distintas potestades tributarias. El régimen de metrología legal y control de calidad así como los censos y estadísticas nacionales.

Las obras públicas y las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la Republica. También tendrán en su potestad la legislación en materia de sanidad, vivienda, seguridad alimentaría, ambiente, turismo y ordenación del territorio. El régimen general de los servicios públicos domiciliarios. La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales.

COMPETENCIA DEL PODER PÚBLICO NACIONAL (ART. 156 C.R.B.V.).

1. La política y actuación internacional de la República.

2. La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República.

3. La bandera, el escudo de armas, himnos, fiestas, condecoraciones y honores de carácter nacional.

4. Los servicios de identificación.

5. La policía nacional.

6. La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional.

7. Las obras públicas de interés nacional.

8. Los censos y estadísticas nacionales.

9. Toda otra materia que la Constitución atribuya al Poder Público Nacional, o que le corresponda por su índole o naturaleza.

PODER PÚBLICO ESTADAL.

El Poder Público Estadal o los Estados son entidades autónomas, que tienen personalidad jurídica propia y plena. Como los demás Poderes Públicos su administración y gobierno está a cargo de un funcionario público llamado Gobernador o Gobernadora. Para optar a este cargo Público se deben reunir una serie de requisitos establecidos en la Constitución en su artículo 160, a saber:

. Ser venezolano o venezolana.

. Mayor de 25 años.

. De estado seglar.

Al Gobernador o la Gobernadora, que además de ser el Jefe o la Jefa del Ejecutivo de su estado y agente del Ejecutivo Nacional en su jurisdicción (Art. 25 LODDTCPP), le corresponde coordinar los programas de inversión, a fin de integrarlos al Plan Coordinado de Inversiones de la Entidad Federal. Asimismo debe:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela y leyes de la República, y ejecutar y hacer ejecutar las órdenes y resoluciones que reciba del Ejecutivo Nacional.

2. Colaborar con el Poder Público Nacional en la realización de los fines del estado venezolano.

3. Coordinar la acción de las diversas dependencias de la Administración

Pública Nacional, Central o Descentralizada, que actúen en su jurisdicción.

4. Participar en los órganos del sistema nacional de planificación del desarrollo económico y social.

5. Participar en los órganos del sistema nacional de regionalización administrativa y actuar como agente del proceso de regionalización.

6. Cumplir las demás funciones que le atribuyan las leyes y le encomiende el

Ejecutivo Nacional.

PODER PÚBLICO ESTADAL Y SU ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

El poder público estadal, es aquel que está constituido por un Gobernador y un consejo Legislativo.

Su estructura Organizativa:

Gobernador

Consejo Legislativo

Un Gobernador.

Es el encargado de la administración y gobierno del Estado, elegido por sufragio popular, universal, directo, y secreto para mandatos de 4 años pudiendo ser reelegido de manera continua como lo establece la Enmienda uno de la Constitución, el gobernador deberá nombrar un Gabinete de Secretarios o de Directores (entre

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