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Las Cosas Derecho Romano


Enviado por   •  17 de Mayo de 2015  •  801 Palabras (4 Páginas)  •  225 Visitas

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Aquella persona que puede disponer de una cosa a su capricho, enajenarla o hasta destruirla tiene el derecho mas completo que es el derecho de propiedad

Las cosas

Los romanos dividían las cosas en 2

1.- fuera del patrimonio de los particulares

Son las cosas que en su naturaleza misma hacen insusceptibles de aprobación

individual

Ejemplo: lo perteneciente a una nación o a una ciudad.

2.- forma parte del patrimonio de los particulares

Esto es una comprobación de hecho que se sobrepone a la materia.

Divini juris y humani juris

Res divini juris o res nullius:

Las cosas de derecho divino están consagradas y sometidas a la autoridad de los

pontífices ya que ningún ser humano puede apropiárselas,

Comprende la res sacrae, res religiosae, res sanctae y res communes.

Res sacrae: terrenos, edificios y los objetos consagrados a los dioses superiores

Las cosas sagradas solo pierden su carácter después de una ceremonia religiosa

destinada a hacerlas profanas.

Res religiosae:

Los romanos llamaban así a los terrenos y monumentos unidos a la sepultura.

A diferencia con la res sacrae estas estaban dedicadas a los dioses manes, es decir a

los muerto que los antiguos divinizaban. Estos actos solo se podían hacer a las

afueras de la ciudades ya que estaba prohibido por su superstición mas que por

razón de salubridad pública, hacer inhumaciones en el interior de las ciudades.

Para que se reconociera esta cualidad a un terreno eran necesarias dos condiciones.

1.-Que en realidad haya habido inhumación, podían ser para un esclavo o una

persona libre la muerte borra toda distinción.

2.- que la inhumación haya sido hecha por el propietario del terreno o bajo su

consentimiento

Estaban fuera del patrimonio de los particulares y eran inalienables al igual que la

res sacrae .

Res sanctae:

En estas hablamos de las cosas que están protegidas contra los atentados de los

hombres por una sanción penal. Misma que se asimila a la res divini juris

Aunque no están consagradas a los dioses, tales eran los muros y las puertas de las

ciudades su violacion llevaba consigo una pena capital.

TODAS LAS COSAS QUE NO SON DE DERECHO DIVINO TIENEN QUE SER DE

DERECHO HUMANO.

Se subdividen en res communes, res publicae, res universitatis y res privatae.

Res communes:

Se les llama así a todas las cosas cuya propiedad no pertenece a nadie y su uso es

común a todos los hombres. Su naturaleza también es excluyente de toda

apropiación individual

Por ejemplo: la naturaleza, el aire, la gua, la mar de donde surge la libertad de pesca

y a la navegación

Res publicae:

Las cosas públicas son aquellas cuyo uso son también común a a todos, pero que al

contrario

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