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ORIGEN Y DESARROLLO DEL DERECHO ECONÓMICO EN EL SIGLO XX


Enviado por   •  24 de Julio de 2013  •  2.076 Palabras (9 Páginas)  •  658 Visitas

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CONCEPTOS BASICOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

El siguiente trabajo de investigación está basado en conceptos y prácticas del orden jurídico del Derecho Internacional

Esta materia legal Internacional cuya afinidad es de gran importancia en el ámbito político y social, es usada para la práctica de las Relaciones Internacionales en la cual estamos enfocados.

1.1.- CONCEPTO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

El Derecho Internacional público es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de los estados, y otros sujetos de derecho internacional, y que son representados por su servicio diplomático.

Está integrado por acuerdos entre estados, tales como tratados internacionales (denominados tratados, pactos, convenios, cartas), memorándum, intercambio de notas diplomáticas, enmiendas, anexos, protocolos de tratados, por la costumbre internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por los principios generales del derecho.

Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos que se comprometen a aplicar.

1.2 CONCEPTO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.

El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son las normas internas de los estados en materia civil, los tratados internacionales, los convenios y acuerdos entre las naciones, así como el papel que desempeñan los organismos internacionales en materia de regulación del derecho de las personas.

1.3 SOCIEDAD INTERNACIONAL Y COMUNIDAD INTERNACIONAL

Al tratar sobre la comunidad, nos referimos a la asociación de personas o entidades con intereses u objetivos comunes enfocados a un punto de vista político, de allí que se refleje su relación con la sociedad, pues ésta no es más que un conjunto organizado de personas o instituciones que actúan unidas para conseguir un mismo fin.

Básicamente, la sociedad internacional es un conjunto de sujetos de Derecho Internacional Público, unidos por un objetivo común en razón de intereses similares, es decir, es el grupo de comunidades políticas independientes que no forman simplemente un sistema, sino que, además, han establecido, a través del diálogo y del consentimiento, reglas e instituciones comunes para organizar sus relaciones y han reconocido tener intereses comunes para mantener dichos acuerdos.

En este sentido, la comunidad internacional es un conjunto de sujetos de Derecho Internacional Público que se encuentran unidos debido un hecho, compartir un espacio físico, por lo que, ésta se encuentra regulada por las normas y tratados internacionales, es decir, los sujetos pasivos del Derecho internacional, la cual, se establece entre Estados soberanos, independientes y jurídicamente iguales, es decir, aquellos que no están sometidos a un poder político superior.

1.3.1 LOS ESTADOS EN LA SOCIEDAD INTERNACIONAL

El Estado es esencialmente una organización de poder independiente sobre una base territorial. Cabe reconocer como Estado a toda colectividad que como tal se manifieste sociológicamente, cual realidad firme y estable. El reconocimiento ofrece un doble aspecto, jurídico y político, por un lado, decide acerca de la participación de las colectividades humanas en las relaciones internacionales en cuanto personas jurídica, es una institución jurídica. Pero por su alcance en orden al equilibrio de fuerzas existente en un sistema internacional dado, es también un hecho político. Basado en el principio de las nacionalidades, el principio de autodeterminación de los pueblos, ha hecho aumentar el número de los Estados mediante la desmembración de Estados plurinacionales. El principio de la igualdad jurídica de los Estados fue propugnado por los fundadores y clásicos de la doctrina del derecho internacional moderno, hasta entonces había predominado el principio de desigualdad y de jerarquía entre los Estados, el paso de uno a otro fue consecuencia de la desintegración de la Cristiandad medieval, de estructura jerárquica, y de la afirmación teórica y práctica de la soberanía estatal. Consecuencia del principio de igualdad jurídica de los Estados en la actualidad, es la adopción del orden alfabético para la colocación de los delegados en las conferencias internacionales y la firma de los tratados y convenios. Lo es asimismo el que vayan generalizándose al frente de las representaciones diplomáticas, y no sólo de las de las potencias mayores como antes, los embajadores, en lugar de Ministros Plenipotenciarios.

1.3.2 LAS GRANDES POTENCIAS EN LA SOCIEDAD INTERNACIONAL

Aquí se describe el papel predominante que en el mundo político desempeñan las grandes potencias respecto del pequeño Estado, estas han determinado en última instancia el destino de la sociedad internacional. Desde el punto de vista del gobierno de la sociedad internacional, las grandes potencias son aquellas que se ven afectadas por todas las cuestiones que en cualquier sector y aspecto del mundo interestatal se susciten, aunque no participen en ellas directamente. La generalidad de los intereses de las grandes potencias justifica la competencia especial que se atribuyen, es decir poseen la facultad de regular los intereses comunes de la sociedad internacional, que hoy es sociedad mundial.

1.3.3 LA FUERZAS TRANSNACIONALES Y EL INDIVIDUO EN LA SOCIEDAD INTERNACIONAL

Se analiza como elemento democrático de la sociedad internacional, el pueblo internacional en su calidad de grupo de individuos que actúan de hecho y que forman asociaciones de intereses económicos y sociales. Estos grupos son la fuerzas “transnacionales”, y ejercen su acción, bien valiéndose de su posición internacional y del Estado, bien tratando que este no interfiera en sus actividades, la sociología los ha caracterizado como grupos de presión, asociaciones no políticas pero con una actuación política oculta, distinguiendo en el plano que actúan, son nacionales o internacionales, como fenómeno asociativo que son se distinguen los que tienen ánimo de lucro (sociedades mercantiles) y los que no (organizaciones internacionales no-gubernamentales), estos últimos han alcanzado el estatuto de organizaciones consultivas de los grandes organismos intergubernamentales. Seguidamente, se enumeran las fuerzas transnacionales existentes, religiosas y espirituales, ideológicas,

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