TEORIA DEL DELITO
Enviado por jose_1964 • 22 de Abril de 2013 • 3.871 Palabras (16 Páginas) • 432 Visitas
TEORÍA DEL DELITO
M.C. ROSA EDITH SANDOVAL CHACÓN
JOSE MANUEL GUZMAN RIOS
PRESUPUESTOS DEL DELITO
Circunstancias jurídicas o de hecho, cuya existencia debe ser previa a la realización del delito.
Clases:
Generales
Especiales.
SUJETOS DEL DELITO
SUJETO ACTIVO.- Quien lleva a cabo la conducta delictiva.
Sujeto pasivo y ofendido. El pasivo es tutelar del derecho violado y jurídicamente protegido por la norma. (Bien jurídico tutelado).
Víctima: Quien resiente el daño directamente.
Ofendido es la persona que resiente el daño causado por la infracción penal de manera indirecta. (Familiares).
Pasivo del delito y de la conducta.
OBJETOS DEL DELITO
MATERIAL: Lo constituye la persona o cosa sobre la quien recae el daño o peligro. La persona o cosa sobre la que se concreta la acción delictuosa.
OBJETO JURÍDICO: Es el bien jurídico protegido por la ley y que el hecho o la omisión criminal lesionan.
CONCEPTO
Latín: Delinquiere. Abandonar apartarse del buen camino.
Escuela Clásica. Francisco Carrara.
Rafael Garófalo. Escuela positivista. o
NOCIÓN DEL DELITO
El delito, debe ser definido jurídicamente en su doble aspecto: jurídico formal y jurídico sustancial.
El aspecto jurídico formal, se refiere a las entidades típicas que traen aparejada una nación; no es la descripción del delito concreto, sino la enunciación de que un ilícito penal merece una pena. Art. 7° C.P.F.
El aspecto jurídico sustancial, consiste en hacer referencia a los elementos de que consta el delito.
CORRIENTES SUSTANCIALES
Unitaria o totalizadora. El delito no admite divisiones.
Atomizadora o analítica. Se forma de varios elementos que en su totalidad integran al delito.
ELEMENTOS DEL DELITO
Los elementos del delito son las partes que lo integran, son los aspectos positivos, a cada uno de los cuales corresponde uno negativo, que llega a ser la negación de aquél; significa que anula o deja sin existencia al positivo y, por tanto, al delito.
ELEMENTOS POSITIVOS DEL DELITO.
Conducta, tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad, culpabilidad, punibilidad, condiciones objetivas de punibilidad.
ELEMENTOS NEGATIVOS DEL DELITO
Ausencia de conducta, atipicidad, causas de justificación, inimputabilidad, inculpabilidad, excusas absolutorias y ausencia de condiciones objetivas de punibilidad.
CONDUCTA
`La conducta es el comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un propósito.
`Sinónimos: Acto, Acción, Hecho.
`Conducta comprende el aspecto positivo “Acción “ y el Negativo “ Omisión.”
`Sujetos de conducta.
`Sólo la humana tiene relevancia para el derecho penal, pues el único que puede ser sujeto activo, por ser capaz de tener voluntad.
ANTECEDENTES
Fetichismo: Se equiparaba a los animales con las personas. Tanto animales como personas recibían una pena por el delito que hubieren cometido.
Simbolismo. Se sancionaba a los animales para de esta forma dar un ejemplo del castigo a que se podía hacer merecedor una persona si cometía un hecho criminal.
Propiedad. Se sancionaba a los propietarios de los animales por los hechos cometidos por estos si causaban algún daño
RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS MORALES.
Sólo las personas físicas pueden delinquir. Las personas morales no pueden considerarse como sujetos activos, ya que carecen de voluntad propia, independientemente de la de sus miembros, pues faltaría el elemento conducta.
Más si pueden ser sujetos pasivos del delito como las persona físicas, en especial contra el patrimonio y el honor; también el estado lo puede ser, y la sociedad misma.
FORMAS DE CONDUCTA
`ACCION: se integra mediante una actividad (ejecución) voluntaria (concepción y decisión). Se viola una ley prohibitiva.
`OMISION. (Omisión propia o simple). Hay violación de un deber jurídico de obrar. Se viola una ley permisiva.
`COMISION POR OMISION. (Omisión impropia). Se violan dos deberes jurídicos, uno de obrar y otro de abstenerse.
ELEMENTOS DE LA ACCIÓN
`Voluntad.- acto de querer o intención de cometer el delito.
`Actividad.- hacer o actuar, hecho encaminado a producir el ilícito.
`Resultado.- consecuencia de la conducta.
`Nexo de Causalidad.- es lo que une a la causa con el efecto. El resultado debe ser material, ya que si es moral, espiritual, o psicológico, será irrelevante para el derecho penal.
LA OMISIÓN
La omisión es realizar la conducta típica con abstención de actuar, no hacer o dejar de hacer, puede ser simple (propia) o comisión por omisión (impropia).
Simple.- consiste en no hacer lo que se debe hacer, ya sea involuntaria o imprudencial, con lo cual se produce el delito.
Comisión por omisión.- es un no hacer voluntario imprudencial, cuya abstención produce un resultado material, y se infringe una norma preceptiva y otra prohibitiva.
OMISIÓN SIMPLE
Elementos:
1.- Voluntad o no voluntad (delitos de olvido).
2.- Inactividad.
Es un no hacer, voluntario culposo, violando una norma preceptiva, produciendo un resultado típico. No importa el resultado material.
COMISIÓN POR OMISIÓN
Elementos:
a).- Voluntad.- No efectuar la acción ordenada por el derecho. Es un no ejecutar voluntariamente, el movimiento corporal que debiera haberse efectuado.
b).- Inactividad.- El sujeto se abstiene de efectuar el acto a cuya realización está obligado.
c).- Un resultado típico.
d).- Relación de causalidad entre dicho resultado y la abstención, hay resultado material.
DELITOS DE OLVIDO
Olvido: Sólo integra delito si el autor no procuró, por falta de cuidado o diligencia, recordar la acción debida; por eso son culposos, por falta del factor volitivo.
AUSENCIA DE CONDUCTA
La ausencia de conducta, se da cuando falta alguno de los elementos esenciales del delito, este no se integrara, en consecuencia, si la conducta esta ausente, evidentemente no habrá delito a pesar de las apariencias.
Es el aspecto negativo del delito, o impeditivos de la formación de la figura delictiva, si la conducta está ausente no hay delito.
CAUSAS DE AUSENCIA DE CONDUCTA
VIS ABSOLUTA.- Fuerza física exterior irresistible. Deriva del hombre.
VIS MAIOR: (FUERZA MAYOR): Deriva de la naturaleza. Es energía no humana.
MOVIMIENTOS REFLEJOS: Son movimientos corporales involuntarios ( si el sujeto puede controlarlos o por lo menos
...