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Teoria General Del Proceso


Enviado por   •  11 de Junio de 2013  •  3.040 Palabras (13 Páginas)  •  299 Visitas

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TEORIA GENERAL DEL PROCESO

Derecho objetivo: conjunto de normar jurídicas que regulan las normas de las personas con la sociedad

Derecho subjetivo:

DERECHO PROCESAL CIVIL

Conjunto de normas jurídicas dictadas por el estado para el ejercicio de las función jurisdiccional.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PROCESAL: Es autónomo porque el código general del proceso nos dice la norma que debemos aplicar, es instrumental, publico.

Ley 1564 del 2012 código general del proceso.

Tiempo

LEY PROCESAL CIVIL territorio

Relación con las personas

• Tiempo: la ley rige hacia el futuro, se deroga cuando sale una ley nueva o cuando se declara inexequible.

Excepciones: retroactividad--- cuando se aplica hacia atrás.

Ultractividad— cuando una ley rige más allá de su derogación.

(En civil no se habla de retroactividad ni de ultractividad.)

• Territorio: todo el territorio nacional. (art 101 Constitución)

• Relación con las personas: (art 18 código civil). Ley obligatoria a todos los nacionales y extranjeros residentes en Colombia. (los que tiene inmunidad de la ley procesal civil son los diplomáticos)

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO PROCESAL CIVIL

Son absolutos

1. PRINCIPIO DE EVENTUALIDAD O PRINCIPIO DE PRECLUCIÓN.

Es un todo lógico que está constituido por una serie de etapas y así mismo el juez debe cumplir a cabalidad.

Etapas del proceso: demanda- admitir- notificar al demandado - práctica de pruebas - alegatos - sentencia.

2. PRINCIPIO DEL CONOCIMIENTO DEL PROCESO O PUBLICIDAD DEL PROCESO.

Todas las actuaciones que se realicen dentro del proceso deben ser conocidas por las partes. (Demandante, demandado). La mejor forma de que sean públicas es a través de las notificaciones

3. PRINCIPIO DE IGUALDAD PROCESAL.

(Art 13 C.P) Dentro del proceso las partes deben tener las mismas oportunidades, igualdad de condiciones.

4. PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL.

Todas las actuaciones judiciales se tramiten de una forma rápida y económica posible.

5. PRINCIPIO DE BUENA FE O LEALTAD PROCESAL.

En el proceso siempre debemos actuar con honestidad, decir la verdad, se busca en un proceso la verdad real por los medios adecuados.

REGLAS TECNICAS DEL PROCEDIMIENTO.

1. Dispositiva: iniciativa de parte. Es la parte interesada la que inicia el proceso, las pruebas las llevamos al juez. (ART 8 C.G.P)

2. Inquisitiva: la ley faculta al juez para decretar pruebas de oficio.

3. Inmediación: el juez debe tramitar todas las pruebas sin excepción.

4. Oralidad: (art 3 C.G.P) las actuaciones se cumplen en forma oral.

5. Dos instancias: (art 9 C.G.P) todas las sentencias son apelables o consultadas.

JURISDICCIÓN

JURISDICCION ORDINARIA

Conoce los conflictos judiciales entre particulares (temas civiles, comerciales, penales, laborales, familiares y agrarios) JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

Conoce los conflictos judiciales entre las entidades del Estado o entre el Estado y los particulares JURISDICCION ESPECIAL

Imparte justicia sobre un aspecto muy particular y determinado. JURISDICCION CONSTITUCIONAL

Verifica que las leyes y los actos legislativos estén ajustadas a la Constitución y es la máxima autoridad judicial en tutelas.

Corte Suprema de Justicia

-Es el órgano de casación de la jurisdicción ordinaria (la casación es un recurso extraordinario que tiene requisitos especiales de procedibilidad; por eso no todos los asuntos que conocen las instancias inferiores llegan a esta Corte)

-Está compuesta por 3 salas: sala de casación civil y agraria (7), sala de casación laboral (7), y sala de casación Penal (9) y = 23 magistrados y la sala plena, (la componen todos los magistrados)

-Los magistrados son elegidos por la misma corporación, de listas enviadas por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura

• Es cabeza de la jurisdicción ordinaria (regula conflictos entre particulares).

• Juzga al Presidente y a los altos funcionarios.

• Investiga y juzga a los miembros del Congreso.

• Se da su propio reglamento.

• Conoce de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el

Gobierno. Consejo de Estado

¬-Es la última instancia de la jurisdicción contencioso-administrativa (conoce en segunda instancia de los asuntos que deciden en primera los tribunales administrativos

-Está compuesto por dos salas: Sala Plena de lo Contencioso Administrativo (27) y Sala de Consulta y Servicio Civil (4) = 31 magistrados

Sala plena de lo contencioso administrativo: Cada sección ejerce, separadamente las funciones de que conformidad con su especialidad y cantidad de trabajo le asigne la Sala Plena de Consejo de Estado de acuerdo con la ley.

-La Sala de Consulta y Servicio Civil no toma decisiones judiciales. Es un órgano de consulta del Gobierno Nacional

-Los magistrados son elegidos por la misma corporación, de listas enviadas por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

-regula los conflictos entre los particulares y el estado. Jurisdicción indígena

Corte Constitucional

-Está conformada por 9 magistrados

-Los magistrados son elegidos por el Congreso en pleno, de ternas enviadas por el Presidente, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado

-No tiene instancias inferiores; es el único órgano de la jurisdicción constitucional (sin perjuicio de la excepción de inconstitucionalidad que pueden aplicar todos los jueces de la República)

- Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución, cualquiera que sea su origen, sólo por vicios de procedimiento en su formación.

- Decidir, con anterioridad al pronunciamiento popular, sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución, sólo por vicios de procedimiento en su formación.

Tribunales Superiores de Distrito Judicial

-Funcionan en los “distritos judiciales”, que generalmente coinciden con las capitales del país

-Son la segunda instancia de los juzgados de circuito

-También funcionan por salas especializadas (civil, penal, laboral) como la Corte Suprema Tribunales Administrativos

-Funcionan por regla general en las capitales del país

-Son

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