ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTRATO DE COMPRAVENTA


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  2.251 Palabras (10 Páginas)  •  433 Visitas

Página 1 de 10

La definición de contrato de compraventa resulta universal, la mayoría de las normas jurídicas del mundo contiene definiciones legales doctrinales sobre el contrato de compraventa que giran sobre las obligaciones que se derivan para las partes en dicho contrato. Nuestro código civil en su articulo1849 (colombiano) define a la compraventa como: “un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquella se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio”

Partiendo de dicha medida normativa es importante recalcar que la compraventa es el más importante de los contratos de cambio, constituyéndose en la base del movimiento económico mundial. Así para Messineo la compraventa es el principal vehículo de circulación de la riqueza (Messineo, 1979).

Para el código de comercio en su artículo 905 (Legis, 2011) define a la compraventa como: “un contrato en que una de las partes se obliga a transmitir la propiedad de una cosa y la otra a pagarla en dinero. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio”. Para (Estella, 2003) “la compraventa es el contrato mercantil por excelencia, el más ampliamente regulado, el prototipo de los contratos bilaterales. Su importancia jurídica se incrementa porque sus normas se aplican subsidiariamente a los demás contratos bilaterales, cuando estos carecen de regulación específica”.

Podría decirse que los conceptos emitidos por el código de comercio y el código civil son similares, pues realmente la definición del código de comercio acerca del contrato de compraventa es la repetición de la del código civil salvo algunas diferencias que no tienen mayor justificación, en el código de comercio se definen tres: la primera es que en cuanto al concepto y estructura de un contrato de compraventa en ambos códigos la compraventa se limita a crear obligaciones, para ambos códigos se exige que el cumplimiento de las mismas se realice por un proceso diferente; la única diferencia en cuanto al contenido se encuentra en que el código civil autoriza la venta no solo de cosas muebles e inmuebles sino también la de otros derechos como sucede por ejemplo con la herencia; en cambio el código de comercio se refiere únicamente a la venta de la propiedad de una cosa, la segunda es los efectos de la venta en el código civil y en el de comercio son los mismos, el vendedor en una venta civil se obliga esencialmente a transmitir a propiedad o el derecho vendido al comprador; estas mismas son las obligaciones que contrae el vendedor en una compraventa calificada de comercial, y la tercera es que las mismas sanciones se encuentran previstas para el vendedor o comprador que no cumplan sus obligaciones en la compraventa civil y en la comercial . (Hidalgo, 2007). (Georges, 1954)

Desde este punto de vista la legislación comercial resulta anti técnica para (Rengifo, 1979) resulta doble la legislación colombiana en materia civil y comercial pues constituye las normas comerciales como una repetición de las normas del código civil.

Entre los caracteres jurídicos del contrato de compraventa que menciona (M, 2007) tenemos en primer lugar que es un contrato principal, porque no depende de otro contrato, es decir tiene plena autonomía, en segundo lugar constituye un contrato obligacional porque en su contenido surgen obligaciones para cada una de las partes. También es un contrato oneroso pues una de sus principales características es transferir una propiedad del bien a cambio de un precio determinado. Es un contrato conmutativo porque las partes se conducen por hechos conocidos. Es un contrato consensual, porque se perfecciona por el solo acuerdo de las voluntades entre las partes y no está sujeto a formalidad alguna.

En muchas oportunidades confundimos el contrato de compraventa con otros contratos típicos. Con el contrato de permuta, donde se puede apreciar cada bien es bien y precio al mismo tiempo, siendo un precio en abstracto ya que se está transmitiendo la propiedad a cambio de la propiedad del otro bien, y cada una de las partes es comprador y vendedor simultáneamente, comprador del bien cuya propiedad se le transmite y el vendedor del bien cuya propiedad está transmitiendo. Como lo menciona (Ghersi, 1992) podemos decir que estamos frente a lo que se llamaba trueque. La diferencia entre la compraventa y la permuta es que el primero se intercambia el bien por un precio y en el segundo se intercambia bienes, como se observa no hay mayo r confusión en diferenciar estos contratos.

Para que exista el contrato se requiere el consentimiento de las pares que mira a su intención de transferir la propiedad de una cosa, de una parte, y de la otra, de pagar el precio; igualmente se requiere la cosa o bien, el precio, la capacidad y la causa.

El consentimiento ha de ser serio, espontaneo y libre; para (Fernandez, 1991) los contratos negociados, considera el contrato como un acuerdo de voluntades y en consecuencias como una manifestación libre y espontanea de sus autores. El consentimiento se da y perfecciona la compraventa, cuando los actos de voluntad de comprador y vendedor concuerdan con obligarse, el uno a entregar la cosa y el otro a entregar el precio. Normalmente se presenta cuando el comprador en la mayoría de los casos, acepta la propuesta que, con carácter obligatorio, le ha hecho el vendedor el celebrar el contrato, y pues se supone que este ha recibido la aceptación cuando el destinatario de la oferta acepta inmediatamente después de oída si se llegara a tratar de una propuesta verbal entre presentes; si es escrita, cuando el destinatario de la oferta (comprador) pruebe la remisión de la aceptación.

Como lo ha señalado (Perez, 1996),la propuesta puede partir del vendedor que es el caso más frecuente, o bien el comprador correlativamente la aceptación deberá provenir del comprador bien del vendedor, cuando el objeto de la compraventa sea de muy relevante valor, puede ser posible una promesa de compraventa que sirve como su nombre lo indica para prometer cualquier contrato; el objeto principal es asegurar la celebración del contrato futuro y por el cual las partes se obligan mutuamente a celebrar, posteriormente y con todos los requisitos legales, un contrato de compraventa. Se realiza, por ejemplo, cuando el pago se efectúa en cuotas, para determinar las fechas de dichos plazos. Su validez ante la Ley La ley reconoce la trascendencia de este documento imponiendo requisitos de validez en el artículo 89 de la Ley 153/87 (Nulvalue, 1998).

Al decir el artículo 905 del código de comercio (Legis, 2011) “que el vendedor se obliga a transmitir la propiedad de una cosa”, utiliza una expresión amplia que permite incluir dentro de ella no solo a

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (14 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com