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LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS


Enviado por   •  5 de Octubre de 2014  •  696 Palabras (3 Páginas)  •  282 Visitas

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LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

La sociedad cooperativa es la organización concreta del sistema cooperativo, que lleva en si el germen de una transformación social encaminada a abolir el lucro y el régimen de asalariado, para sustituir por la solidaridad y la ayuda mutua de los socios, sin suprimir la libertad individual.

De acuerdo con nuestra legislación las cooperativas son formalmente sociedades mercantiles. Las sociedades cooperativas se regirán por su legislación especial, estos es, la Ley General de Sociedades Cooperativas.

Clase de Sociedades cooperativas.

Son las siguientes:

a) Sociedades Cooperativas de Responsabilidad Limitada.

b) Sociedades Cooperativas de Responsabilidad Suplementada.

c) Sociedades Cooperativas de consumidores de bienes y/o servicios.

d) Sociedades Cooperativas de productores de bienes y/o Servicios.

e) Sociedades Cooperativas de participación estatal.

f) Sociedades Cooperativas de vivienda

Disposiciones Generales

Articulo 1: la Ley tiene por objeto regular la constitución, organización, funcionamiento y extinción de las Sociedades Cooperativas y sus Organismos en que libremente se agrupen, así como los derechos de los Socios.

Articulo 2: La sociedad cooperativa esta integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades.

Artículo 6.- En las sociedades cooperativas debe haber; libertad de asociación, administración democrática, participación, distribución de las tareas, respeto a todos los socios, promover la cultura ecológica

Artículo 7.- Los extranjeros no podrán desempeñar puestos de dirección o administración en las sociedades cooperativas.

Artículo 8.- Las sociedades cooperativas se podrán dedicar libremente a cualesquiera actividades económicas lícitas.

Artículo 10.- Las sociedades que simulen constituirse en sociedades cooperativas o usen indebidamente las denominaciones alusivas a las mismas, serán nulas de pleno derecho y estarán sujetas a las sanciones que establezcan las leyes respectivas.

Artículo 11.- En la constitución de las sociedades cooperativas se observará lo siguiente:

I.- Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones;

II.- Serán de capital variable;

III.- Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de condiciones para las mujeres;

Artículo 12.- La constitución de las sociedades cooperativas deberá realizarse en asamblea general que celebren los interesados, y en la que se levantara un acta.

Artículo 13.- A partir del momento de la firma de su acta constitutiva, las sociedades

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