Acto de comercio
Enviado por • 12 de Octubre de 2012 • Informe • 252 Palabras (2 Páginas) • 477 Visitas
En el Derecho español, un contrato mercantil es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un acto de comercio.
Un «acto de comercio» es todo aquel acto regulado en el Código de Comercio, o cualquier otro análogo. Un negocio jurídico puede ser considerado «acto de comercio» en función de la condición de las partes que intervienen en él (si son comerciantes o no), en función de su objeto (si tiene un objeto que el Código de Comercio reputa mercantil, o no), o en función de los dos criterios tomados conjuntamente.
Por ejemplo, el «contrato de compañías» tiene siempre carácter mercantil,1 en función de su objeto (la puesta en común de bienes en industria con ánimo de lucro), con independencia del carácter de comerciantes o no de las partes que lo suscriban, mientras que el «contrato de préstamo» será mercantil2 si cualquiera de las partes es comerciante y las cosas prestadas se dedican a actos de comercio.
Principales figuras
Contratos "de compañía" (más comúnmente, "de sociedad").
Contrato de cuentas en participación
Contrato de comisión mercantil (y otras formas de mandato mercantil)
Contrato de agencia
Contrato de depósito mercantil (así como los diversos contratos bancarios)
Contrato de préstamo mercantil (incluyendo el préstamo con garantía de valores)
Contrato de compraventa mercantil
Contrato de permuta mercantil
Contrato mercantil de transporte terrestre
Otros contratos de transporte
Contrato de seguro
Contrato de suministro
Contrato estimatorio
Afianzamiento mercantil
Letras, cheques, pagarés
Carta de crédito o crédito documentario.
Contratos especiales del comercio marítimo (contrato de fletamento, contrato a la gruesa y contrato de seguro marítimo)
Contrato de licencia de marca
[editar]Referencias
↑ Art. 116 Código de Comercio
↑ Art. 311 Código de Comercio
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