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Analisis CASO Competencia


Enviado por   •  2 de Febrero de 2021  •  Apuntes  •  348 Palabras (2 Páginas)  •  134 Visitas

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CASO 1:

Luis Castro vive en la ciudad de Quito, es legítimo beneficiario del pagaré a la orden suscrito en la ciudad de Cuenca por el valor de 5000 dólares, el mismo que fue aceptado por el Sr. Pedro Torres demandado, quien vive en la ciudad de Manta. El deudor ha incurrido en mora al no pagar su obligación por lo tanto debe el capital y los intereses de plazo vencido. El pagaré es título ejecutivo de acuerdo al Art. 347 numeral 5 y art. 348 y siguientes del COGEP, y artículo 446, 488 y 489 del Código de Comercio.

MATERIA

(Especialización)

GRADOS

(Jueces de Instancia)

PERSONA

(Fuero Común o Fuero Especial)

TERRITORIO

(Regla General/ Excluyente / Concurrente)

Dicho caso corresponde a Materia Civil, ya que esta se ocupa de regular los derechos y obligaciones de los individuos, dicha respuesta está fundamentada en el art. 240 inciso 2, del Código Orgánico de la Función Judicial y del art. 347.5 y 348 del COGEP.

Según lo establecido, el Juez llevara a cabo el caso  tanto en primera y segunda instancia, de conformidad a lo expuesto en el artículo 240 del Código Orgánico de la Función Judicial.

Todas las personas nos sometemos al fuero común, y según el caso, el demandado (deudor), se someterá a dicho fuero conforme al art. 167 del Código Orgánico de la Función Judicial.

El art. 9.1  del COGEP establece como regla general que, será competente el juez del lugar donde tenga su domicilio la persona demandada. Se establece una competencia concurrente, conforme a lo establecido en el art. 10. 1 del COGEP, “podrá ser elegido por la parte actora, la o el juzgador del lugar donde deba hacerse el pago o cumplirse la obligación respectiva” Entonces, según el caso presentado, el juez competente para seguir dicha controversia sería el Juez de lo Civil con sede en la Provincia Manabí, Cantón Manta, esto conforme a la regla general antes dicha, sin embargo, la parte actora podrá elegir al Juez de lo Civil con sede en el Cantón Quito  que lleve el caso conforme al art. 10 inciso 1 del COGEP.  

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