Delitos Especiales En Materia De Comercio Exterior
Enviado por vaem1001 • 30 de Abril de 2013 • 2.180 Palabras (9 Páginas) • 2.897 Visitas
Delitos Especiales
Concepto
El delito especial es aquel que se encuentra definido sancionado en una ley especial, es decir, se regula fuera del código penal federal.
Son delitos especiales en virtud de que no los contemplan el código penal Federal, si no una ley especial, con fundamento en el articulo 6 del Código Penal Federal que establece.
“Cuando se cometa un delito no previsto en este código, pero si en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicaran estos, tomando en cuenta las disposiciones del libro primero del presente código y, en su caso, las conducentes del libro segundo”
Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá sobre la general.
en caso de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes siempre se procurara el interés superior de la infancia que debe prevalecer en toda aplicación de ley.
Localización legislativa de los delitos especiales
Los delitos especiales podrían, en principio, estar localizados legislativamente de dos maneras distintas: continuar ubicados en un capitulo particular de la ley especial o insertos en el código penal.
Se han manejado dos razones fundamentales para justificar la existencia de delitos en las leyes administrativas: por una parte, que ello permite una detallada regulación de las conductas constitutivas de delitos especiales y de sus presupuestos, y, por otra, que la presencia de los delitos especiales en el código penal pondría al descubierto peculiaridades que no resultan tan chocantes en una ley especial.
Los delitos federales se localizan en el título cuarto de las infracciones y delitos fiscales, capítulo ii de los delitos fiscales del articulo 92 al artículo 115 bis.
EFICACIA DE LOS DELITOS ESPECIALES
Para explicar la falta de aplicación de una gran parte de las normas que tipifican delitos especiales podríamos apuntar dos explicaciones posibles:
Primera. No se han realizado nunca las conductas tipificadas, en cuyo caso, tal tipificación era innecesaria e inútil. Su inclusión, probablemente, derivó de una irreflexiva e imprudente voluntad de agregar un capitulo de delitos, lo que pudo tener su origen, coincidentemente, en la falta de sentido de responsabilidad y en la vanidad del autor del proyecto de la ley administrativa, que quiso agregarle “a su proyecto” el prestigio de la institución delito.
Segunda. Se han cometido esos delitos, pero la secretaria de estado respectiva carece de la capacidad administrativa para detectarlos o de la voluntad política para denunciarlos.
Para que los delitos especiales sean considerados eficaces, se deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Que las conductas tipificadas y sancionadas por la ley especial sean producto de una realidad, es decir, que el legislador no solo pretenda sancionar una conducta que tal vez nunca se realice, sino por el contrario, debes legislar y sancionar de conformidad con la frecuencia que se presenta la conducta delictiva, su gravedad y con el propósito de evitar que se continua o se incremente su condición, describiendo de forma precisa y exacta cual es la conducta que es considerada punible, así como la sanción respectiva, en una ley especial, que en el tema que nos ocupa en el CFF.
b) Que sean realizadas por el agente, ubicándose en forma precisa y exacta a la conducta prevista por la ley especial.
c) Que la autoridad fiscal presente la declaratoria del prejuicio correspondiente.
d) Que el ministerio publico considere que existen elementos suficientes para presumir la comisión de un delito de carácter fiscal.
e) Que el juzgador sancione con las penas aplicables al caso al comprobar, que la gente se ubica en los supuestos previstos por la ley y merece ser sancionada con pena corporal.
Delitos especiales que se deberían de suprimir
A consecuencia de todo lo que antes hemos dicho, se deberían suprimir de las distintas leyes los delitos especiales que duplican innecesariamente los ya existentes en el Código Penal.
Es necesario suprimir también los delitos con los que se castigan simples presunciones y todos los demás casos en que se tipifican conductas que no son lesivas de bienes jurídicos relevantes.
EJEMPLOS DE DELITOS ESPECIALES
DELITOS ESPECIALES EN LA
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
ARTÍCULO 833.- El Gobierno Federal podrá expropiar las cosas que pertenezcan a los particulares y que se consideren como notables y características manifestaciones de nuestra cultura nacional, de acuerdo con la ley especial correspondiente.
(REFORMADO, D.O.F. 9 DE ABRIL DE 2012)
ARTÍCULO 834.- Quienes actualmente sean propietarios de las cosas mencionadas en el artículo anterior, no podrán enajenarlas o gravarlas, ni alterarlas (en forma que pierdan sus características,) sin autorización del C. Presidente de la República, concedida por conducto de la Secretaría de Educación Pública.
ARTÍCULO 835.- La infracción del artículo que precede, se castigará como delito, de acuerdo con lo que disponga el Código de la materia.
LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 9 DE ABRIL DE 2012.
ARTÍCULO 102.- Quienes dañen, perjudiquen o destruyan cualquier bien inmueble o mueble usado en la instalación u operación de una estación de radio o televisión, interrumpiendo sus servicios, serán castigados con tres días a cuatro años de prisión y multa de $1,000.00 a
$50,000.00. Si el daño se causa empleando explosivos o materias incendiarias, la prisión será en ese caso de 5 a 10 años.
Este es el tema no estoy segura si incluirlo o no
Normas de derecho penal general y derecho procesal penal que se deberían suprimir de los capítulos de delitos especiales
Normas de derecho penal general y de derecho procesal penal que se deberían suprimir de los capítulos de delitos especiales.
La legislación sustantiva penal-Código Penal y leyes especiales- debe respetar el principio de sistematización, que implica que el todo del derecho penal no debe de tener huecos, ni debe hacer contradicciones en su composición y estructura; y tampoco debe haber repeticiones o duplicaciones.
Como resultado de su aplicación, deben eliminarse de las distintas leyes las normas del derecho penal general que solamente duplican, de manera innecesaria, las materias que ya están reguladas en el Código Penal.
Por otra parte, en relación con los delitos que lesionan bienes
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